Subsidio por desempleo para mayores de 45 años

Hace poco hablamos del subsidio por desempleo para mayores de 52 años, siguiendo con la misma temática, hoy hablaremos del subsidio por desempleo para mayores de 45 años.

Subsidio especial para trabajadores mayores de 45 años que hayan agotado prestación por desempleo de 24 meses

Requisitos:

Estar desempleado

Tener 45 años o más en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva de 24 meses.

Carecer de rentas que superen el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extras.

Suscribir el compromiso de actividad (obligación de buscar activamente empleo, aceptar una colocación adecuada y participar en acciones específicas de motivación, información, orientación, formación, reconversión o inserción profesional)

Para trabajadores fijos discontinuos: reunir los requisitos anteriores y además tener cotizaciones por trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas con un mínimo de nueve años. Haber agotado la prestación contributiva, que podrá ser de cualquier duración.

Duración:

6 meses.

Una vez agotado el subsidio por desempleo para mayores de 45 años, los trabajadores que cumplan los anteriores requisitos podrán solicitar otros subsidios por agotamiento.

Cuantía:

La cuantía varía en función de las cargas familiares

Con un familiar o ninguno a cargo, se cobrará el 80 % delIPREM, actualmente 426 €

Con dos familiares a cargo, 107 % delIPREM, actualmente 569,78 €

Con tres o más familiares a cargo, 133 % delIPREM, actualmente 708,24 €

Tramitación

El plazo es de 15 días hábiles, los siguientes a la fecha de agotamiento de la prestación contributiva de 720 días de duración. Para los fijos discontinuos, el plazo de 15 días computa desde la fecha de agotamiento de la prestación por desempleo, desde la fecha de situación legal de desempleo o desde que cumpla 45 años.

Para obtener la solicitud por Internet, pincha aquí, una vez rellena, existen dos opciones

– se puede presentar a través de la sede electrónica delSEPE, si disponemos de certificado digital, dni electrónico o usuario y contraseña.

-imprimirla y presentarla en nuestra oficina de empleo acompañada de:

Documento de identificación, Certificado de Rentas y Libro de familia (estos dos últimos en caso de que la entidad gestora lo solicite)

los trabajadores fijos discontinuos tienen que aportar además certificado de empresa.

Si no nos correspondiera el subsidio por tener rentas superiores al 75% del SMI, y a posteriori dejamos de percibirlas, tendremos un año de plazo desde el agotamiento de la prestación por desempleo para solicitarlo.

En caso de agotar este subsidio, también se puede solicitar el:

Subsidio por desempleo para mayores de 45 años que hayan agotado la prestación contributiva por desempleo y no tienen responsabilidades familiares

Requisitos:

Estar desempleado y haber cumplido 45 años.

Haber agotado un derecho a prestación contributiva o subsidio especial para mayores de 45.

Figurar como demandante de empleo como mínimo un mes desde el agotamiento de la prestación contributiva o del subsidio para mayores de 45.

Carecer de rentas que superen el 75 % del SMI.

Suscribir el compromiso de actividad

Duración:

6 meses improrrogables

Para fijos discontinuos, la duración será equivalente al número de meses cotizados por desempleo el año anterior.

Cuantía: 80 % del IPREM, actualmente 426 €

Tramitación:

En el plazo de 15 días hábiles siguientes al cumplimiento del mes de espera tras el agotamiento de la prestación contributiva o del subsidio especial para mayores de 45.

Para obtener la solicitud por Internet, pincha aquí, una vez rellena, existen dos opciones:

-se puede presentar a través de la sede electrónica delSEPE, si disponemos de certificado digital, dni electrónico o usuario y contraseña.

-imprimirla y presentarla en nuestra oficina de desempleo acompañada de:

Documento de Identificación, Certificado de Rentas, compromiso de actividad, y domiciliación bancaria.

Confiamos que este post, sobre subsidio por desempleo para mayores de 45 años, os resulte útil

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136 thoughts on “Subsidio por desempleo para mayores de 45 años

  • el 14/12/2011 a las 15:54
    Permalink

    me gustaría poder imprimir la información sin tener que imprimir los bordes de la página web, como cuando quieres imprimir un mail que le das a imprimir y te sale una ventana sólo con la información del correo.
    un saludo

    Respuesta
    • el 14/12/2011 a las 16:07
      Permalink

      Hola Jorge, la manera más fácil y rápida que se me ocurre es la siguiente:

      -Seleccione el texto que quiera imprimir
      -Una vez seleccionado, clic en el botón derecho “copiar”.
      -Crear un archivo nuevo de word en blanco. Clic en el boton derecho, “pegar”.
      -Una vez pegado el texto en word, clic en “archivo, imprimir”

      De esta forma solamente imprimirá el texto con la información que necesita sobre el subsidio por desempleo para mayores de 45 años.

      Gracias por leer y participar en nuestro blog, esperamos que le sea de utilidad.

      Saludos

      Respuesta
  • el 14/06/2012 a las 01:41
    Permalink

    Buenas noches
    Me gustaría saber: ¿si tengo derecho al subsidio por desempleo para mayores de 45 años?
    En julio 2012, termina mi prestación contributiva de 24 meses de duración.
    Tengo 50 años, un hijo, y estoy casada en régimen de separación de bienes, con el salario de mi marido supera el 75% del SMI.

    Respuesta
    • el 15/06/2012 a las 13:49
      Permalink

      Hola Marisa:
      No tengo muchos datos acerca de su caso, si usted termina una prestación por desempleo, podrá solicitar el subsidio por desempleo para mayores de 45 años si reúne todos los requisitos: agotar una prestación por desempleo de 24 meses, tener 45 años de edad o más, carecer de rentas que superen el 75% del SMI y suscribir el compromiso de actividad. Para que le concedan este subsidio no cuentan las rentas del cónyuge, y el tener responsabilidades familiares sólo influye a la hora de la cantidad a percibir, en su caso, si me dice que su cónyuge obtiene rentas y tiene sólo un hijo, la cuantía a percibir es la mínima: 426 €.
      Espero haberla ayudado.
      Saludos.

      Respuesta
  • el 19/06/2012 a las 12:01
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    Hola, terminé la prestación por desempleo hace un año y desde entonces no estoy cobrando nada. Dentro de una semana cumplo 45 años. Mi pregunta es si tengo derecho a la ayuda para mayores de 45 años.

    Respuesta
    • el 20/06/2012 a las 10:22
      Permalink

      Hola Antonio:
      Usted puede solicitar el Subsidio por desempleo para mayores de 45 años siempre que cumpla con los requisitos:
      -Tener 45 años o más.
      -Haber agotado una prestación contributiva de 24 meses.
      -No superar los ingresos del 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
      -Suscribir el compromiso de actividad.
      Espero haberle ayudado.
      Saludos.

      Respuesta
    • el 07/08/2014 a las 12:01
      Permalink

      hola buenos díasb yo cobro la ayuda de los 45 años y me c saber si es tan amable si hay que renovar alos 6 meses ahora hago 6 meses que la estoy cobrando si tengo que renovar un saludo isabel alema lopez

      Respuesta
      • el 07/08/2014 a las 12:17
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        hola buenos días me gustaría saber si cada 6 meses hay que renovar es la ayuda de los 45 años es pregunta si hay que renovar a los 6 meses que lo voy a cumplí un saludos gracias

        Respuesta
        • el 08/08/2014 a las 14:23
          Permalink

          hola buenos díasb yo cobro la ayuda de los 45 años y me c saber si es tan amable si hay que renovar alos 6 meses ahora hago 6 meses que la estoy cobrando si tengo que renovar un saludo isabel alema lopez

          Respuesta
          • el 02/09/2014 a las 16:57
            Permalink

            Hola Isabel:

            Lo mejor es que se acerque a la oficina de empleo más cercana y se informe.

            Saludos.

  • el 19/06/2012 a las 16:39
    Permalink

    hola, necesito una informacion sobre el subsidio, acabo de hacer la prorroga de 6 meses de subsido,voy a cumplir a finales de agosto 45 años, tengo a cargo 4 hijos y estoy divorciada.mi pregunta es: tengo que volver a solicitar el subsidio por mayor de 45 años con hijos a cargo dentro de dos meses? o tengo que esperar a agotar el subsidio recien solicitado que acabaria en diciembre 2012?

    Respuesta
    • el 20/06/2012 a las 14:41
      Permalink

      Hola Teresa:
      Para acceder al subsidio por desempleo para mayores de 45 años, tiene que haber agotado una prestación contributiva de 24 meses de duración. Si usted está cobrando otro subsidio ya, lo más seguro es que no se lo concedan, por tanto, lo mejor es que agote el que está recibiendo actualmente, y luego puede probar a solicitarlo, por si acaso, siempre que reúna los requisitos. Le dejo un teléfono de información del Servicio Público de Empleo estatal por si tiene más dudas 901 11 99 99.
      Espero haberla ayudado.
      Saludos.

      Respuesta
  • el 21/06/2012 a las 10:11
    Permalink

    hola lorena, gracias por su repuesta, pero una vez agoto este subsidio de 426 euros que me dan como derecho y que he cumplido mi 45 años con mis 4 hijos a cargo, de cuanto es la cuantia que dan?y cuales son los requisitos?gracias

    Respuesta
    • el 25/06/2012 a las 11:28
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      Hola de nuevo Teresa:
      En caso de que le concedieran el subsidio, si sus hijos tienen menos de 26 años y no obtienen ingresos suficientes (no más de 426 €), le correspondería la cuantía máxima: 708,24 €/mes. Los requisitos para poder acceder a este subsidio por desempleo para mayores de 45 años son los siguientes:
      -Estar desempleado
      -Tener 45 años o más en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva de 24 meses: según tengo entendido, usted cumple los 45 años este verano, así que este requisito no lo cumple, porque hay que tenerlos en la fecha que se le acaba la prestación contributiva, que tiene que haber sido de 24 meses. Es decir, para solicitarlo, usted ha tenido que estar cobrando el paro durante dos años y cumplir los 45 como muy tarde en la fecha en que se le acabó.
      -Carecer de rentas que superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (aprox. 426 €)
      -Suscribir el compromiso de actividad.
      Espero haberla ayudado.
      Saludos.

      Respuesta
  • el 05/11/2012 a las 20:00
    Permalink

    Me ha sido denegada la RAI para mayores de 45 años(tengo 46) por superar ingresos(mi marido cobra 1450 brutos),nos estamos separando judicialmente(no divorciando)y viviremos separados.Si vuelvo a solicitarla ,me pagarán?Que documento tendría que llevar?Hay que estar divorciado?Separados si,pero ante la ley seguimos casados.

    Respuesta
    • el 19/12/2012 a las 11:36
      Permalink

      Buenos días María:

      Tiene que presentar la admisión de la demanda de separación para que excluyan a su cónyuge y sus rentas de su unidad familiar.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 08/11/2012 a las 12:04
    Permalink

    Consulte en el paro si tendría derecho al subsidio de desempleo una vez acabada mi presación 26 de Noviembre. Soy mayor de 45 años con dos hijos menores, Fui con la nómina y me dijeron que si. Pregunté como lo calculaban y me dijeron total devengado multiplicado por 14 pagas y luego dividir entre 12. A mi me sale que no me corresponde, los datos son total devengado 1692,45, liquido 1402,62. Si devengado *14 y divido entre 12 y a la vez entre 4 personas, el importe es superior a 481€. ¿porque me dijeron que me correspondia?, lo hago mal?. Gracias

    Respuesta
    • el 20/12/2012 a las 09:44
      Permalink

      Buenos días Marichu:

      Quizás en su nómina están incluidas las pagas extras prorrateadas, en cuyo caso no hay que multiplicar por 14 la cantidad. Simplemente habría que dividir los 1692,45 euros entre las 4 personas que componen su unidad familiar.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 20/11/2012 a las 11:31
    Permalink

    Hola. Tengo 49 años, casado, dos hijos menores. Agoté la prestación por desempleo a principios de año (24 meses). Solicité el subsidio de desempleo y me lo concedieron por 6 meses (426 euros). ¿Me concederán la renovación por otros 6? Mi mujer tiene un sueldo neto de 2018 euros. Un saludo.

    Respuesta
    • el 20/12/2012 a las 11:25
      Permalink

      Buenos días Juan Carlos:

      Si el sueldo de su mujer que nos indica es mensual, no se cumpliría el requisito de carencia de rentas de la unidad familiar, así que en principio no deberían concederle la prórroga del subsidio.

      Un saludo

      Respuesta
  • el 27/11/2012 a las 11:20
    Permalink

    Hola! Mi esposo cumple 45 años en diciembre i tiendre derecho a RAI. Antes algunos dias he dado documentos en Ayuntamiento para encluirnos (somos familia de 4 personas, los dos son estudiantes) en Programa “Renta garantizada de syudadania”. Mi pregunta es: ¿Si nos encluen (todos somos decempleados) en esta programa puede mi marido cobrar por programa Rai? ¿I si el cobra, nosotros despues puedem cobrar (claro 3 personas) Renta garantizada de cyudadania?
    Perdana me de mi español malo..

    Respuesta
    • el 20/12/2012 a las 12:05
      Permalink

      Buenos días Tanya:

      Su marido podrá cobrar la RAI si sumando todos los ingresos de la familia y dividiéndolos por el número de miembros de la misma no supera 481,05 euros mensuales. Además del resto de requisitos como llevar más de doce meses inscrito como demandante de empleo. En cuanto a la renta garantizada de ciudadanía dependerá de los requisitos establecidos en la misma por su ayuntamiento, no son los mismos en todos.

      Un saludo.

      Respuesta
      • el 23/12/2012 a las 10:25
        Permalink

        MUCHAS GRACIAS! Somos vivimos en comunidad Valencia i he intendido que no puedem cobrar juntos i los dos subcidios (renta garantizada y RAI). Saludos!

        Respuesta
      • el 27/07/2014 a las 18:04
        Permalink

        Hola!me llamo magda,tengo 45años,estoy en paroy me gustaria saver si tengo derecho a los 426euros,en nobiembre hace un año k estoy sin trabajo,aunque trabaje este año,seis dias,gracias

        Respuesta
        • el 30/07/2014 a las 10:58
          Permalink

          Hola Magda, para tener acceso al subsidio por desempleo para mayores de 45 años es necesario haber agotado una prestación contributiva por desempleo. Si no es su caso, no tiene derecho a este subsidio.

          Saludos.

          Respuesta
  • el 04/12/2012 a las 02:27
    Permalink

    Hola, y gracias por las respuestas.
    Español, 58, inscrito en el paro desde hace 3 años y con solo 120 días de cotización por haber vivido y trabajado fuera de España toda la vida, en un país sin convenio, etc. Sin cargas familiares, pero sin oportunidad de encontrar trabajo, ¿hay algún subsidio o ayuda a la que me pueda acoger?

    Respuesta
    • el 20/12/2012 a las 12:08
      Permalink

      Buenos días Rafael:

      Puede comprobar si cumple los requisitos para acceder al Programa Prepara o informarse en su comunidad o ayuntamiento sobre si conceden algún tipo de renta social básica.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 02/02/2013 a las 14:48
    Permalink

    Buenos dias,

    El día 30 de enero de 2013 se me ha terminado la prestación por desempleo contributiva.
    En Cantabria me habían dicho que tendría derecho a solicitar la RAI por ser mayor de 45 años. Tengo 47 y sin cargas familiares ni ningún tipo de ingresos.
    Ahora en el Sepe de Madrid me dicen que la RAI me la denegarían porque antes he de solicitar el subsidio por desempleo.
    Mis preguntas son las siguientes:
    1ª – Aclarar cual de las dos ayudas va antes en mi caso particular.
    2ª- Tengo entendido que el subsidio por desempleo tiene una duración limitada de 6 meses, mientras que la RAI se percibe durante 11 meses. ¿Se puede solicitar la RAI después de que se acabe el subsidio por desempleo?
    3ª ¿Cómo es posible que la información proporcionada sea tan poco consistente y varíe de una Comunida autónoma a otra?

    Muchas gracias anticipadas y saludos cordiales

    Respuesta
    • el 12/02/2013 a las 13:24
      Permalink

      Buenos días Mama:
      Efectivamente, usted debe solicitar antes el subsidio por desempleo para mayores de 45 años, siempre que cumpla los requisitos, antes que la RAI. Si reúne los requisitos para cobrar el subsidio, una vez que se le agote a los seis meses ya puede solicitar la RAI, que también se la concederán en caso de que reúna todos los requisitos. Con respecto a su tercera pregunta, lo siento pero no sé por qué varía la información dependiendo si es una Comunidad Autónoma u otra.

      Espero haberla ayudado, y gracias a usted por participar en el blog.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 18/02/2013 a las 23:48
    Permalink

    Buenas noches
    Me gustaría saber: ¿si tengo derecho al subsidio por desempleo para mayores de 45 años?
    En febrero del 2013, termina mi prestación contributiva de 24 meses de duración.
    Tengo 53 años, sin hijos a mi cargo, y estoy casada en régimen de separación de bienes, el salario de mi marido supera el 75% del SMI.

    Respuesta
    • el 21/02/2013 a las 17:45
      Permalink

      Hola Mari Jose:
      En principio reúne usted todos los requisitos a excepción del sueldo de su marido, porque que estén casados en separación de bienes no influye para nada. Como no sé la cantidad exacta, le explico cómo se calcula para que lo haga usted misma. Si el sueldo de su marido (excluidas las pagas extras), dividido entre los miembros de la unidad familiar, en este caso dos (su marido y usted), supera el 75% del SMI (483,97 €), no le corresponde el subsidio por desempleo para mayores de 45 años.

      Espero haberla ayudado.
      Saludos.

      Respuesta
  • el 21/02/2013 a las 17:57
    Permalink

    Gracias Lorena por tu rapida contestacion, si no me corresponde el subsidio por desempleo, puedo pedir el RAI, ¿que requisitos necesito?
    Un saludo
    M Jose

    Respuesta
    • el 25/02/2013 a las 17:50
      Permalink

      Hola de nuevo Mari Jose:
      Los requisitos para solicitar la RAI (Renta Activa de Inserción) son:
      -Haber agotado una prestación por desempleo o un subsidio por desempleo
      -Tener 45 años o más y menos de 65 y no tener derecho al subsidio por desempleo para mayores de 52 años ni al subsidio por desempleo para mayores de 45 años, ni a ningún otro subsidio.
      -Estar inscrito como demandante de empleo como mínimo doce meses ininterrumpidamente. Se considera interrumpido si a lo largo de un año se ha acumulado un período de 90 o más días trabajados.
      -Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Es decir, no superar la cantidad de ingresos brutos mensual de 483,97 €, para 2013. Si el solicitante convive con su cónyuge o hijos menores de 26 años, los ingresos de la unidad familiar no podrán superar el 75% del SMI sumando todas las rentas y dividiendo la cantidad resultante por el número de miembros. Computarán como ingresos todo tipo de ayudas sociales o subsidios.
      -No haber recibido la Renta Activa de Inserción en los 365 días naturales anteriores a la fecha de solicitud. Salvo en casos de ser discapacitado en un 33% o víctima de violencia de género.
      -No haber sido beneficiario de tres derechos al programa de Renta Activa de Inserción aunque no se hubieran disfrutado por el periodo de duración máxima de la renta.

      Si el sueldo de su marido, dividido entre los miembros de la unidad familiar supera el 75% del SMI (483,97 €), pasaría igual que con el subsidio por desempleo para mayores de 45 años: no le correspondería, porque es el mismo requisito para ambos subsidios.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 24/03/2013 a las 16:50
    Permalink

    Hola me acaban de conceder la ayuda y me gustaría saber que dia lo suelen ingresar en el banco

    Respuesta
    • el 24/07/2013 a las 14:07
      Permalink

      Hola Jose:

      Suelen ingresarla entre los días 10 y 15 de cada mes.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 28/03/2013 a las 01:05
    Permalink

    Buenas noches:

    Me gustaría saber si tengo derecho a alguna prestación teniendo en cuenta mis circunstancias que son las siguientes:

    1- Soy parado de larga duración
    2- Tengo 52 años
    3- Tengo una discapacidad reconocida del 37%
    4- Padezco enfermedad crónica, concretamente tuve un infarto de miocardio, el médico me dice que eso no se cura en la vida
    5- Se ha agotado mi prestación del paro, así como la ayuda de 426 euros, por lo cual no cobro desde junio del 2012, sólo cobro, en teoría una prestación de aproximadamente 170 euros, la cual cobra en la práctica mi madre, por lo cual no puedo concretar lo que cobro, pero como he escrito antes son aproximadamente 170 euros
    6- Vivo con mi anciana madre que tiene 89 años, y cobra de viudedad y tiene pensión por haber trabajado, en total si sumamos viudedad, seguridad social y mi prestación de minusválido, ella cobra sobre unos 900 euros al mes
    Me gustaría saber si tengo derecho a alguna prestación o el gobierno se interesa más por el dinero y los bancos que por las personas.

    Gracias por su información

    MIQUEL

    Respuesta
    • el 24/07/2013 a las 12:50
      Permalink

      Hola Miquel:

      En principio a su madre no se la consideraría miembro de la unidad familiar, ya que éstos son el cónyuge e hijos menores de 26 años que convivan. Aún así con lo que cobra su madre, dividido entre los dos, estarían dentro de los límites de ingresos para cobrar el subsidio.

      Pruebe a solicitar en este caso:

      Subsidio por desempleo, Renta Activa de Inserción, tiene que estar inscrito como demandante de empleo, eso sí, al menos un año ininterrumpido.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 05/04/2013 a las 19:16
    Permalink

    Buenas tardes
    Me gustaría saber: ¿si tengo derecho al subsidio por desempleo para mayores de 45 años?
    -Este mes cumplo 45 años
    -En mayo termino mi prestación por desempleo, que ha durado 12 meses
    -Estoy casado; y tengo una hija de 22 años (ninguna tiene ingresos)
    -Mi madre jubilada y censada en mi domicilio cobra una pensión de 700 euros
    En caso de tener derecho al subsidio cuantas personas estarían a mí cargo. Eso cambia la
    Cantidad a cobrar en el subsidio

    Respuesta
    • el 24/07/2013 a las 12:19
      Permalink

      Hola Francisco:
      Para solicitar el subsidio por desempleo para mayores de 45 años, tiene que haber agotado una prestación contributiva de 24 meses, y la suya es tan sólo de 12, además el subsidio especial para mayores de 45 fue suprimido como tal.

      El que puede solicitar y según leo en su comentario, reúne todos los requisitos, sería el subsidio por desempleo para personas con cargas familiares.

      Los miembros de la unidad familiar serían su cónyuge y su hija.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 09/05/2013 a las 16:13
    Permalink

    Buenas tardes:
    Me gustaría saber si tengo derecho al subsidio de desempleo para mayores de 45 años.
    – El 24 de junio cumplo los 45 años.
    – Estoy casado y tengo un hijo de nueve años.
    Hace más de un año que se me agotó el subsidio. Y ya no cobro ninguna prestación por desempleo, ni paro, ni subsidio.
    ¿ En dónde puedo suscribir el compromiso de actividad y donde debo solicitar el certificado de rentas ?
    Espero su pronta respuesta a esta consulta, de antemano quiero agradecerle por su amable atención…Muchas gracias.

    Respuesta
    • el 24/07/2013 a las 12:01
      Permalink

      Hola Juan:

      Si entre los miembros de la unidad familiar (entiendo de usted, su esposa y su hijo), sumadas todas las rentas y divididas entre los tres, no superan el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, y además usted está inscrito como demandante de empleo, y reúne además todos los requisitos, podrá solicitar:

      -Subsidio por desempleo para personas con cargas familiares
      Subsidio por desempleo, Renta Activa de Inserción

      Para suscribir el compromiso de actividad, puede hacerlo en la oficina más cercana del Servicio Público de Empleo Estatal y para justificar sus Rentas, la Declaración de la Renta.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 09/05/2013 a las 18:35
    Permalink

    soy padre de familia,actualmente me encuentro desempleado y hasta la fecha no encuentro empleo.fuí despedido arbitrariamente;solo pido por favor me brinden una ayuda,si fuera posible me dieran un trabajo

    Respuesta
    • el 24/07/2013 a las 11:24
      Permalink

      Hola Marco:

      Espero que su situación a día de hoy haya mejorado. Si tienes más de 45 años, con cargas familiares y no tiene ingresos, visite nuestro blog:, ponga en el buscador subsidio por desempleo y busque el que pueda corresponderle según su situación.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 13/05/2013 a las 05:17
    Permalink

    hola ,mi plan prepara termine el 8 de noviembre de 2013 me pregunta e si puedo solicitar la ayuda a los mayores de 45 anos ya que los cumplo el 31 de agosto.e por favor que significa estar un anos parado ininterimpido inscrito como demandante de empleo ,si a trabajado menos de 3 mese en un anos significa que a interumpido?

    Respuesta
    • el 24/07/2013 a las 11:18
      Permalink

      Hola Jacuba:

      Efectivamente, eso es interrumpir la inscripción como demandante de empleo, y comienza a contar desde que se inscribe otra vez como demandante después de este trabajo. Si usted lo que agota es el plan prepara, podría solicitar la Renta Activa de Inserción, porque para el subsidio por desempleo para mayores de 45 años tiene usted que haber terminado una prestación por desempleo o el subsidio para mayores de 45.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 16/06/2013 a las 17:16
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    Hola,he estado cobrando la prrorroga de subsidios con cargas familiares por tener a cargo a mi esposa.Cobro la segunda prorroga,ahora estoy divorciado y he de renovar.Quiero saber si me corresponde cobrar algo al vivir con mi madre siendo nuestra unica renta 700 euros de su pension.Gracias.

    Respuesta
    • el 24/07/2013 a las 11:02
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      Hola Francisco:

      Su madre no es miembro de la unidad familiar según las normas generales de los subsidios (por lo que son la esposa e hijos menores de 26 años que convivan), además sus rentas superan el 75% del SMI.. Así que solamente cuentan sus ingresos. Si no tiene ingresos y ya va a agotar un subsidio por desempleo, solicite los que no le exigen haber agotado prestación contributiva, como:

      Subsidio por desempleo, Renta activa de inserción (si tiene 45 años o más)

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 25/06/2013 a las 22:48
    Permalink

    Hola, soy emigrante retornado y ya cobré la primera ves la Renta Activa de Inserción, ahora sigo en paro y ya llevo inscrito en el INEM mas de 12 meses desde la ultima vez que terminé de cobrar la primera. Tengo cargas familiares y quiero saber si tendría derecho a una segunda vez, ya que el programa de RAI dice que se puede cobrar hasta tres veces en años alternos pero no aclara si esto también es valido para los emigrantes retornados. Un saludo y gracias.

    Respuesta
    • el 24/07/2013 a las 10:28
      Permalink

      Hola Wilfredo:

      Efectivamente, tal y como dice la ley, podrías solicitar de nuevo la Renta Activa de Inserción según tu situación, pero no olvides que tienes que reunir nuevamente todos los requisitos.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 06/09/2013 a las 09:59
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    hola, Lorena. Mira, en 2 meses cumpliré 45 años, tengo 2 hijos, mi mujer trabaja a media jornada y lo compagina con el 50% del subsidio por desempleo. Yo llevo en paro mas de 4 años, lo ultimo que percibi fue el subsidio (18 meses) y se agotó en 2011 creo. Aunque intente luego acogerme a los distintos programas de ayuda, como no cumplia el requisito de haberlos solicitado 15 dias despues de agotar la prestacion, no pude beneficiarme. Leo aqui que uno de los requisitos para mayores de 45 es el mismo, que transcurridos no mas de 15 dias… ¿me lo volveran a denegar? como han habido muchos cambios desde entonces, ¿como esta ahora la cosa? gracias

    Respuesta
    • el 13/09/2013 a las 11:20
      Permalink

      Hola Antonio:

      Efectivamente, uno de los requisitos para solicitar cualquier subsidio, es hacerlo en los primeros quince días del agotamiento de la prestación por desempleo o de otro subsidio, de todas formas, intente solicitarlo aunque ya se haya pasado el plazo, por intentarlo no pierde nada. Teniendo 45 años, dos hijos a cargo y su mujer con un trabajo solamente a media jornada, reúne en principio todos los requisitos. Pruebe a insertarse en el programa de la Renta Activa de Inserción, pinche en el enlace para informarse de los requisitos.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 23/09/2013 a las 11:25
    Permalink

    Buenos dias, tengo 46 años, una hija de 13 con una pension alimenticia 600 euros, me aprobaran el subsidio de desempleo. gracias

    Respuesta
    • el 25/09/2013 a las 10:50
      Permalink

      Hola Antonia:

      Eso no podemos respondérselo nosotros, además tenemos muy pocos datos para darle una respuesta fiable. En principio si usted tiene más de 45 años, una hija a su cargo y 600 euros como única renta, esta cantidad dividida entre las dos no supera el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, y éstos son requisitos que hay que cumplir para el subsidio por desempleo para mayores de 45 años, pero también hay algunos más que no sabemos si los cumple, por eso no podemos asegurarlo.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 17/10/2013 a las 11:10
    Permalink

    Buenos dias, tendré 49 años cuando termine de cobrar los 24 meses de prestación por desempleo, dos hijos menores de edad y mi marido que tiene una nómina de 2012 euros líquidos mensuales sin prorateo de las 2 pagas extraordinarias. Me gustaría saber si al finalizar la prestasción por desempleo me correspondería subsido , cuantía y por cuanto tiempo.
    un saludo,
    gracias.

    Respuesta
    • el 23/10/2013 a las 14:27
      Permalink

      Hola Carmen:

      Según la información que usted nos da, tendría derecho a cobrar el subsidio por desempleo para mayores de 45 años durante 6 meses, la cantidad de 426 euros.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 23/10/2013 a las 21:08
    Permalink

    Hola, voy un poco lio, yo cobre el paro 24 meses, luego subsidio para menores de 45 años, y luego el plan prepara 6 meses, hace como 2 años que no cobro nada, pues no me pertenece nada…. esta semana cumplire 45años, tengo derecho alguna ayuda
    vivo en cataluña, mi mujer no cobra nada, 2 hijos menores 26años, sin ingresos

    puedo cobrar el subsidio mayores 45 años? cuantia y duracion?
    23 años cotizados para esto, 🙁

    GRACIAS

    Respuesta
  • el 26/10/2013 a las 13:02
    Permalink

    ME llamo Mª Victoria y quiero saber que puedo hacer:
    LLevo en el paro 3 años, y el 20 de octubre agotaba el subsidio con hijos a cargo. El día 9 de octubre me salió un trabajo y el día 22 me dijeron que no había superado el periodo de prueba. Voy al INEM Y me dicen que como he interrumpido los dos años que tenía que estar en el paro, que he perdido la ayuda de mayores de 45. Cosa que no me puedo creer, es cierto????

    Respuesta
    • el 04/11/2013 a las 11:35
      Permalink

      Hola Marivi:
      No entiendo muy bien su consulta, no sé si lo que se le terminaba el día 20 de octubre, era el subsidio o la prestación por desempleo. Es cierto que para solicitar el subsidio por desempleo para mayores de 45 años, uno de los requisitos es que se agote la prestación por desempleo de 24 meses de duración, tengo muy pocos datos para resolver su consulta, pero en cualquier caso, lo que debe hacer es que si le deniegan un subsidio, debe enterarse de otro o de otros para los que también reúna los requisitos y solicitarlos. Pregunte usted por la Renta Activa de Inserción o por el Subsidio por desempleo para personas con cargas familiares.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 05/11/2013 a las 15:04
    Permalink

    Tengo 60 años. He cobrado 24 meses de subsidio contributivo y desde el mes de Agosto del 2013 cobro el subsidio de mayores de 45 años sin cargas familiares, hasta Febrero 2014. Tengo una minusvalia de un 43%. Mi esposo está jubilado. Tengo derecho a algun tipo de subsidio hasta que a los 61 me pueda jubilar, dado que tengo 44 años cotizados.
    Un saludo

    Respuesta
    • el 08/11/2013 a las 14:55
      Permalink

      Hola Isabel:

      No le puedo contestar con certeza puesto que no tengo los datos suficientes, pero el único subsidio que dura hasta la jubilación, es el de mayores de 55 años. Si usted tiene 44 años cotizados, en principio reúne este requisito para la jubilación, y por tanto, podría tener derecho al subsidio para mayores de 55. Pero el Gobierno impuso este año una condición para poder tener derecho a él: las rentas del cónyuge e hijos que convivan. Si entre su marido y usted e hijos menores de 26 años que convivan con ustedes (si es el caso), no superan con sus ingresos, divididos entre todos los miembros, el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (483,98 € para 2013), puede tener opciones. En cualquier caso, al no tener todos los datos, no se lo puedo asegurar.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 06/11/2013 a las 15:14
    Permalink

    Buenos días. Tengo 60 años, estuve cotizando más de 20 años a una Mutua de Previsión sustitutiva y obligatoria (PSN) pero la liquidaron en el año 2000 sin reconocer ningún derecho. Por eso tengo ahora sólo 13 años cotizados a la S.S. y no he podido acogerme al subsidio para mayores de 55 años. Quedé en paro hace dos años y medio, agoté la prestación y ahora estoy cobrando 426 euros al mes, por subsidio mayores 45 años. No tengo cargas familiares ni ingresos que superen el 75% SMI. Este subsidio de seis meses termina en diciembre de 2013. Mi pregunta es si tengo derecho a solicitar prórroga o algún otro subsidio cuando termine. Gracias.

    Respuesta
    • el 08/11/2013 a las 14:40
      Permalink

      Hola Fernando:

      Me temo que el subsidio para mayores de 45 años es improrrogable, solamente dura 6 meses. Según su situación, podría tener derecho a la Renta Activa de Inserción, así que solicítela cuando se le termine este subsidio.
      Espero haberle ayudado.
      Saludos.

      Respuesta
  • el 07/11/2013 a las 14:39
    Permalink

    HOLA, SOY UN PARADO DE 48 AÑOS Y QUE HA HECHO UN AÑO DE ESTAR SIN TRABAJO; SOY DISCAPACITADO POR UNA IPT POR UN ACCIDENTE LABORAL Y RECIBO UNA PENSION DE 746 EUROS; TENGO MUJER DESEMPLEADA Y UN HIJO DE 23 AÑOS PARADO..SI SOLICITO LA RAI, ¿ME LA CONCEDERAN? ¿TENGO DERECHO A RECIBIRLA?

    Respuesta
    • el 12/11/2013 a las 16:59
      Permalink

      Hola Manolo:
      Según su situación, usted no tendría derecho a percibir la Renta Activa de Inserción, porque uno de los requisitos que es obligatorio cumplir es que el solicitante no puede tener ingresos propios superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (483,98 €).
      Espero haberle ayudado.
      Saludos.

      Respuesta
  • el 21/11/2013 a las 00:58
    Permalink

    Hola, mi pregunta es la siguiente: una vez agotado el subsidio mayores de 45, de seis meses. Y haber solicitado el subsidio RAI de 11 meses, antes de acabar este periodo de 11 meses. cumpliré los 55 años. ¿ me podre acoger al subsidio de mayores de 55 siendo este mas beneficioso al tener cotizaciones para la jubilación y sin haber finalizado el anterior. Gracias de antemano

    Respuesta
  • el 02/12/2013 a las 16:20
    Permalink

    Buenas tardes:
    Mi cuñada no tiene claro si tendría derecho a la prestación para mayores de 45 años.
    Ella actualmente está cobrando el subsidio por desempleo (le concedieron un máximo de 21 meses), lo acaba en marzo de 2014. En noviembre de 2013 le han hecho un contrato para trabajar en un comedor escolar 1 hora diaria. Ella ha solicitado compatibilizarlo con el subsidio. La duración del contrato no la sabe (se lo hacen por meses y si hay niños se lo van prorrogando como máximo hasta el mes de junio). En su casa no hay más ingresos y es familia numerosa. Una vez acabe el subsidio en marzo , ¿puede solicitar la ayuda de mayores de 45 años?
    Quedo a la espera de su respuesta
    Muchas gracias por la información

    Respuesta
    • el 05/12/2013 a las 15:26
      Permalink

      Hola Mª Luisa:

      Su cuñada, según los datos que puedo extraer de su comentario, solamente tendría derecho a cobrar la Renta Activa de Inserción, ya que con su edad, no hay ningún otro subsidio que se pueda cobrar tras el agotamiento de otro subsidio. Eso sí, siempre que reúna también los demás requisitos.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 28/12/2013 a las 16:17
    Permalink

    hola soy imigrante preguanto cuales son los requistos que deberia aporta par solicitar el subsidio de 45 anyos sabiendo que ahcer un anyos que mi acabar el subsidio de 6mes y tengo tres hijos a cargoooo gracies infiniment

    Respuesta
    • el 10/01/2014 a las 11:01
      Permalink

      Hola Bassou:
      Tenemos muy pocos datos para poder ayudarle, pero si está usted inscrito como demandante de empleo desde que se le agotó el último subsidio en un periodo de 12 meses ininterrumpidamente, puede probar a solicitar la Renta Activa de Inserción.
      Saludos.

      Respuesta
  • el 28/12/2013 a las 20:59
    Permalink

    Hola , tengo 46 años estoy casado y tengo tres hijos menores uno de elllos con discapacidad (33%) , el paro se me agota en marzo del 2014 . ¿Tengo derecho a cobrar el subsidio? ¿ Y que dinero me corresponderia ?
    Gracias

    Respuesta
    • el 10/01/2014 a las 10:55
      Permalink

      Hola Miguel:
      No sabemos si le corresponde el subsidio, ya que depende de los ingresos que haya en su familia. Cuando se le agote la prestación, divida los ingresos (en caso de que los haya) entre todas las personas que componen la unidad familiar, que serían cinco, y si el resultado no supera el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, es decir: 483,98 €, este es uno de los requisitos principales. En caso de que se lo concedieran, la cantidad a cobrar sería el 80% del IPREM: 426 €.
      Espero haberle ayudado.
      Saludos.

      Respuesta
  • el 12/01/2014 a las 14:40
    Permalink

    hola buenos dias , mi pregunta es la siguiente: tengo 46 años en marzo hace un año sellando targeta del paro tengo33% de minusvalia y hace mas de 11años que no cobro nada.Me dieron de alta 5 meses 7 horas a la semana en una casa limpiando pero sin derecho a ninguna ayuda.Tengo 2 hijos una 19 años y otro de 12.años. Mi marido cobra unos 1300 euros mensuales . Yo tendria derecho a solicitar alguna clase de ayuda?

    Respuesta
    • el 15/01/2014 a las 16:56
      Permalink

      Hola María José:

      En principio no tendría derecho, aunque reúne la mayoría de los requisitos, hay uno principal: haber agotado una prestación contributiva o un subsidio por desempleo antes de solicitar la RAI.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 13/01/2014 a las 14:34
    Permalink

    Hola buenas tardes, tengo una pregunta tengo 52 años, el 30 de enero de 2014 se me termina el subsidio de desempleo con cargas familiares de 24 meses, puedo pedir la RAI, inmediatamente o tengo que esperar un tiempo.

    Un saludo

    Respuesta
    • el 15/01/2014 a las 16:33
      Permalink

      Hola Lorena:

      Puede solicitar la Renta Activa de Inserción cuando se le acabe el subsidio, siempre que esté inscrita como demandante de empleo.

      Saludos.

      Respuesta
      • el 16/01/2014 a las 13:51
        Permalink

        Muchas gracias Lorena, si que estoy inscrita como demandante de empleo de forma ininterrumpida por más de 3 años.

        Un saludo,

        Respuesta
  • el 15/01/2014 a las 19:56
    Permalink

    si una vez que me han concedido la ayuda de parados de mas de 45 años se puede parar para trabajar 3 meses y despues volver a activarla? gracias

    Respuesta
  • el 17/01/2014 a las 18:53
    Permalink

    HOLA. SOY RAFA Y TENGO 46 AÑOS Y LLEVO COTIZADOS 26 AÑOS. LA MITAD ASALARIADO Y LA OTRA MITAD COMO AUTÓNOMO (LA ULTIMA ETAPA). NO HE COBRADO NUNCA EL PARO. ME HAN COMENTADO QUE, AL SER MAYOR DE 45 AÑOS, TENER UN HIJO MENOR, LLEVAR MAS DE UN AÑO EN EL PARO Y TENER SEPARACIÓN DE BIENES, VIUDO, O DIVORCIADO, SE TIENE DERECHO A UNA PAGA DE 450 € APROXIMADAMENTE. QUERÍA SABER, SI ES VERDAD, SI TENGO DERECHO A COBRAR ESA AYUDA, PARO O COMO SE LE QUIERA LLAMAR.
    GRACIAS ANTICIPADAS Y UN SALUDO.

    Respuesta
  • el 23/02/2014 a las 22:48
    Permalink

    hola he acabado de cobrar el subsidio por menor de 45 años desde 1 de enero 2012 hasta 12 de febrero 2014 ,tengo 46 años me he presentado para poder prologar la prestación me dieron los documentos para el programa prepara mi pregunta es no puedo prologar hasta 30 meses de subsidio ? agradezco su respuesta por adelanto saludos

    Respuesta
    • el 24/02/2014 a las 17:05
      Permalink

      Hola Sonia:
      Carezco de la información suficiente para comprobar si tiene derecho a prórroga del subsidio por desempleo para mayores de 45. Si está usted cobrando dicho subsidio y tiene cargas familiares, quizás si le corresponda una prórroga, pero no tenemos suficientes datos para asegurarlo.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 06/03/2014 a las 19:48
    Permalink

    me han concedido la renta activa de insercion .el dia 10 de marzo de terminan los 11 meses.tengo derecho a otra ayuda o no ,gracias

    Respuesta
  • el 10/03/2014 a las 10:35
    Permalink

    He terminado de recibir el subsidio de mayores de 45 años sin cargas familiares. Yo actualmete no tengo ningun tipo de ingreso, pero desde el mes de Agosto estoy pagando el Convenio Especial. ¿Tengo derecho algun tipo de subsidio?, solamente seria necesario 6 meses, pues creo que en octubre ya me puedo jubilar. Mi esposo está jubilado y ingresa mas de 966,- € mes. ¿Se puede descontar de los ingresos de mi esposo el importe que pago del Convenio Especial?.

    muchas gracias

    Respuesta
    • el 14/03/2014 a las 14:15
      Permalink

      Hola Isabel:

      No le corresponde ningún tipo de subsidio, debido a los ingresos de su marido, ya que divididos entre los dos, superan el 75% del SMI. Por otro lado, no puede descontar de los ingresos de su esposo el importe que paga del Convenio Especial, a no ser que en el momento del despido llegara a un acuerdo con la empresa y que ésta fuera la que le ingresó este dinero para pagar dicho convenio. Si éste no es su caso, no se puede descontar.

      Espero haberla ayudado.
      Saludos.

      Respuesta
  • el 14/03/2014 a las 15:57
    Permalink

    SE ME ACABA LA RENTA ACTIVA DE INSERCION.TENGO 49 AÑOS ESTOY COMO DEMANDANTE DE EMPLEO TENGO DERECHO A OTRA AYUDA?

    Respuesta
    • el 21/03/2014 a las 14:00
      Permalink

      Buenas tardes Roberto:

      Con tan pocos datos nos es imposible darle una respuesta. Puede ir usted a cualquier oficina del Servicio Público de Empleo y allí le informarán, depende de las Rentas que tenga, de si tiene o no cargas familiares, si tiene minusvalía, etc.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 27/03/2014 a las 13:25
    Permalink

    Buenos días soy madre soltera y tengo un hijo de 10 años, estoy cobrando el SUBSIDIO DE DESEMPLEO PARA MENORES 45 CON PRESTACION MAYOR DE 6 MESES Y CARGAS FAMILIARES, éste se me termina el 6 de Mayo y tendré 44 años, pero el 24 de Junio hago 45 años, ¿tengo derecho a solicitar nuevamente el subsidio para mayores de 45 años 12 meses más? ¿que pasos debo seguir?, en el caso de que no me corresponda, ¿Hay alguna otra ayuda que pueda coger?

    Respuesta
  • el 03/04/2014 a las 19:06
    Permalink

    Hola Buens tardes,estoy agotando la prestacion,tengo mas de 55 años,mi duda es que para pedir el subsidio para mayores de 55 he de tener cotizados 15 años,mi computo me sale de 14 años en regimen general y dos de autonomo totl dieciseis,puedo aceder a el? o conforme estan las cosas que puedo hacer?

    Respuesta
    • el 24/04/2014 a las 10:08
      Permalink

      Hola Paqui:

      Sí tiene derecho porque los años como autónomo también cuentan, mientras que no haya terminado como tal. Si usted está cobrando prestación es porque terminó en Régimen General, y entonces sí tendría derecho a cobrar el subsidio por desempleo, siempre que reúna los demás requisitos que le requieren.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 18/04/2014 a las 21:01
    Permalink

    Hola
    Quisiera saber si tengo derecho
    Alguna paga
    Tengo 44 años el 15 de octubre
    De este año cumplo 45
    Soy soltera
    Sin hijos
    No cobro nada
    Vivo solo.
    Si tengo derecho alguna paga
    Y por cuanto tiempo.y cuando
    Tendria que arreglarla? Gracias

    Respuesta
    • el 24/04/2014 a las 09:58
      Permalink

      Hola Elvi:

      Para tener derecho a algún subsidio es requisito fundamental haber agotado una prestación contributiva o un subsidio por desempleo, en su comentario no nos proporciona esta información. Si no ha agotado nada de esto, lo mejor es que se informe en la oficina de empleo más cercana por si le correspondiera algo de carácter no contributivo.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 21/05/2014 a las 01:44
    Permalink

    Hola Lorena desearia saber si tengo derecho alguna paga a favor de familia,
    estoy separada y durante 15 años cuido a mi padre ya con 90 años,yo cobro una compensatoria de 300 euros y estos años e vivido de la ayuda de mi padre en caso de fallecer que puedo hacer,muchas gracias por la ayuda que nos prestas,

    Respuesta
    • el 22/05/2014 a las 15:14
      Permalink

      Hola Joanna:

      Tenemos pocos datos para darte una respuesta adecuada. Lo cierto es que para cobrar cualquier subsidio por desempleo es necesario haber agotado una prestación contributiva u otro subsidio. Si hay alguien más que forme parte de la unidad familiar (hijos menores de 26 años que estén desempleados), quizás puedas optar a cualquier tipo de ayuda. Lo mejor es que acudas a la oficina de Servicio Público de Empleo Estatal más cercana, y con los datos que te pidan, te dirán si optas a alguna prestación.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 23/05/2014 a las 00:45
    Permalink

    Hola Lorena,
    creo que no entendistes mi pregunta o yo no me exprese bien,
    yo vivo ahora con la paga de mi padre de 90 años llevo cuidandolo 15 años cuando mi padre falte tengo derecho a una paga ,ya que estoy separada y me dan 300 euros de la compensatoria de mi exmarido hay algo que se llama (a favor de la familia) o algo asi yo podria pedir esto o no hay que tener nada de nada para pedirla.
    muchas gracias ,
    Saludos ,Joanna,

    Respuesta
    • el 30/05/2014 a las 09:37
      Permalink

      Hola Joana, creo que usted se refiere a la pensión de S.Social en favor de familiares de pensionistas fallecidos. Los principales requisitos son los siguientes:
      -Será necesario acreditar un período de cotización, que variará según la situación laboral del fallecido y de la causa que determina la muerte:
      -Estar en alta o situación asimilada al alta, 500 días dentro de un período ininterrumpido de 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento o 15 años a lo largo de toda la vida laboral.
      -En no alta: 15 años a lo largo de toda la vida laboral.
      -Pensionistas: No se exige período de cotización.
      No se exige período previo de cotización, cuando la muerte se produce como consecuencia de accidente o enfermedad profesional.
      Además de esto, hay requisito de rentas, pero con los pocos ingresos que percibe, seguramente lo cumple.
      Si está en cualquiera de las situaciones descritas, lo mejor es que se acerque al instituto de la S.Social más cercano y pregunte por la tramitación.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 23/05/2014 a las 14:00
    Permalink

    Hola, tengo 59 años, he trabajado y cotizado a la s.s. durante 21 años 8 meses y 8 dias, del año 1968 al 1981 por cuenta ajena y del año 1978 al 2010 de autonomo en este periodo con altas y bajas, actualmente me encuentro incrito en el inem, me gustaria saber si me corresponde algun tipo de ayuda ya que no cobro nada.

    Agradecido, un saludo.

    Respuesta
  • el 25/05/2014 a las 00:15
    Permalink

    Hola, me gustaría que me ayudaseís en una duda que tengo: mi marido ha agotado el paro, tiene 46 años, yo trabajo de autonoma y no tengo un sueldo fijo, unos meses cobro más y otros menos, y no tengo pagas extras, no tenemos hijos,ni otra carga familiar, tendría derecho a alguna ayuda? muchas gracias y un saludo.

    Respuesta
  • el 20/06/2014 a las 01:10
    Permalink

    hola tengo 44 años y a finales de julio cumplo los 45 años estoi casado tengo un hijo con mi mujer y mi mujer tiene otro hijo y no tiene la patria potestad ,resumiendo somos 4 personas mi mujer i los dos niños,me quedado parado hace unos días y tengo acumulados 6 meses i pico .que clase de prestación o subsidio puedo cobrar sin perder esos 6 meses acumulados ? gracias i saludos

    Respuesta
  • el 01/07/2014 a las 01:52
    Permalink

    Estimada Lorena, mi caso es el siguiente. Mi padre es extranjero trabajo durante 2 años en una empresa. Lo echaron y cobro íntegramente su prestación. Encontro un nuevo trabajo con 69 años y le dio un infarto. Le adjudicaron una prestación porque medicamente no podía trabajar. Tenia que asistir a una consulta que estaba unida a la Mutua. El caso es que mi padre recien infartado olvido asistir a una de las visitas y automáticamente le quitaron la ayuda, sin dejarse explicar que habia olvidado la cita del día anterior. El ha ido por activa a INEM a pedir ayuda y siempre la respuesta es que tiene la edad de percibir la pensión. Pero el no ha cotizado en España lo suficiente como para poder recibirla. Han pasado 4 años y el ya tiene casi 73 y sigue firmando el paro cada 3 meses. ¿crees que el tenga derecho a percibir una ayuda?. ¿de que manera podria reclamarse una incapcidad?. Te agradezco mucho tu ayuda!!!!!

    Respuesta
    • el 30/07/2014 a las 12:21
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      Hola Adriana:
      Si cobró la prestación contributiva por desempleo, puede que tenga derecho a algún subsidio, si reúne todos los requisitos. Para reclamar una incapacidad, tiene que estar de baja médica más de 545 días, sería sólo entonces cuando se podría valorar su conversión en de temporalidad en incapacidad permanente.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 02/07/2014 a las 00:52
    Permalink

    Buenas noches, Adriana me gustaría saber si cobrando una pensión compensatoria de 500 euros, tengo derecho a cobrar la RAI.
    Gracias y buenas noches.

    Respuesta
    • el 30/07/2014 a las 12:25
      Permalink

      Hola Marta:

      No es posible porque supera el mínimo de Rentas para acceder a cualquier subsidio por desempleo, el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, es decir, actualmente 483,98€.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 11/07/2014 a las 17:24
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    Hola tengo 45 años recien cumplidos ya agote todo tipo de ayudas,prepara ayuda por hijo,ahora mismo estoy trabajando 5 horas al dia total semanalmente 25,el contrato se me vence el 27 de octubre del presente año por un periodo de 6 meses,mi pregunta es la siguiente tengo derecho a solicitar la R.A.I. una vez finalizado dicho concreto muchas gracias.Tengo 1 hijo y mi mujer no recibe ningun tipo de ayuda

    Respuesta
    • el 30/07/2014 a las 11:39
      Permalink

      Hola Mario:

      El requisito principal para cobrar cualquier tipo de subsidio por desempleo es haber agotado una prestación contributiva. Si le queda derecho a desempleo con este trabajo, usted puede volver a solicitar el subsidio correspondiente, y si no, lo le le queda es pedir información en el Servicio Público de Empleo sobre otras ayudas no contributivas.
      Saludos.

      Respuesta
  • el 24/07/2014 a las 15:00
    Permalink

    Actualmente estoy cobrando el desempleo y me quedaría otro año más, tengo cotizados 32 años y voy a cumplir 55 años, Una vez finalizado el año que me queda por cobrar el desempleo ¿Podría solicitar la ayuda por mayor de 55 años? las experanzas de encontrar trabajo son pesimas, mi situación familiar es separado (sin papeles) y sin hijos

    Respuesta
    • el 30/07/2014 a las 11:28
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      Hola Saura:

      En principio reúne los requisitos para solicitarlo, solamente faltaría el requisito de rentas. Si no supera en ingresos el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, le correspondería dicho subsidio hasta la jubilación. Solamente tiene que contar con los ingresos de su esposa, ya que si no están separados legalmente, cuenta como unidad familiar y si los ingresos de ella superan el 75% del SMI, ya no se lo concederían.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 30/07/2014 a las 13:55
    Permalink

    tengo 50 años y en agosto termino la prestación de ayuda a mayores de 45 es la primera vez que la pido, quisiera saber si me corresponde alguna otra ayuda más o una prórroga ya que hecho solicitudes de trabajo y ofertas y siempre me dicen lo mismo que buscan gente joven y me inscrivo a ofertas del ser ver y me responden lo mismo, no tengo ningún ingreso

    Respuesta
    • el 31/07/2014 a las 16:51
      Permalink

      Hola Encarna:

      Tendría que acudir a un Servicio Público de Empleo para ver si le corresponde prorrogarla, o solicitar otro subsidio como la Renta Activa de Inserción.
      Suerte.
      Saludos.

      Respuesta
  • el 30/07/2014 a las 14:13
    Permalink

    Tendría la posibilidad de la ayuda de RAI Gracias de antemano

    Respuesta
    • el 31/07/2014 a las 16:50
      Permalink

      Hola Encarna:

      Si reúne los requisitos sobre la Renta Activa de Inserción, sí. Puede consultarlos en nuestro propio Blog o en la web del Servicio Público de Empleo.
      Saludos.

      Respuesta
  • el 30/07/2014 a las 14:20
    Permalink

    Hola en noviembre termino de cobrar el primer año de la ayuda de los 45 años y me han dicho que hasta el próximo año no puedo solicitarla de nuevo, pero estamos en paro mi esposo y yo con dos hijos pequeño de 6 y 8 años, mi esposo termina la ayuda familiar en enero de 2015 , podría yo o mi esposo solicitar alguna ayuda mas ya que no quedamos sin nada

    Respuesta
    • el 31/07/2014 a las 16:49
      Permalink

      Hola Toñi:

      Tengo muy pocos datos para responder a su petición. Lo que sí puede hacer es comprobar si reúne los requisitos para solicitar otro tipo de subsidio, como por ejemplo, la Renta Activa de Inserción.
      Espero haberle ayudado.
      Saludos.

      Respuesta
  • el 11/08/2014 a las 11:54
    Permalink

    buenos días Lorena quisiera que me ayudarás el día 10 de agosto se me termino la ayuda a mayores de 45 años me dieron 6 meses , tengo 50, quisiera saber si me corresponde alguna ayuda pues tengo 50 años y no tengo ningún ingreso y el tiempo o plazo que necesito para poder pedir ayuda si son 15 días un mes no se me gustaría que me ayudarás y si puedo pedir RAI un saludo

    Respuesta
    • el 02/09/2014 a las 16:42
      Permalink

      Hola Encarnación:

      Puede solicitar la RAI, ya que uno de los requisitos principales es no percibir rentas superiores al 75% del SMI, estar en situación de desempleo y haber agotado una prestación contributiva o un subsidio.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 12/08/2014 a las 18:31
    Permalink

    Hola mi nombre es Ignacio acabo de cumplir 49 años ,este mes e acabado la ayuda ,me gustaria que me informase sobre la prorroga de 6 meses tengo tres hijos a mi cargo ,uno trabaja cobra 7oo euros ,los otros dos son mas pequeños ..que tendria que aportar en el SAE .Gracias.

    Respuesta
    • el 02/09/2014 a las 16:40
      Permalink

      Hola Ignacio:
      Si tiene derecho a prorrogarlo, se lo concederán. En principio si nada más que entran en casa los ingresos de su hijo, sí tendría derecho a la prórroga, ya que divididos entre los miembros de la unidad familiar, no superan el 75% del SMI. La documentación a aportar se la dirán en su oficina de empleo, suelen ser el justificante de rentas de la unidad familiar y los formularios disponibles para solicitar dicha prórroga.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 13/08/2014 a las 15:36
    Permalink

    Hola me llamo yolanda y tengo 46 años mi pregunta es que en enero termino de cobrar la rai por discapacidad tengo derecho despues a cobrar el subsidio por desempleo para mayores de 45 años.

    Respuesta
    • el 02/09/2014 a las 16:37
      Permalink

      Hola Yolanda:

      Si reúne todos los requisitos, puede solicitarlo.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 14/08/2014 a las 14:32
    Permalink

    Hola soy Tony.tengo 46a y acabo de pedir la ayuda de los 45a,debó recibos ala s.s de autónomos.mi pregunta es… Puedo cobrar el rai? Porque el paro me lo quitaron todo.un saludo de antemano.

    Respuesta
    • el 02/09/2014 a las 16:30
      Permalink

      Hola Tony:

      La cantidad que se percibe a través de la RAI no es embargable, ya que no llega al mínimo embargable correspondiente al Salario Mínimo Interprofesional (645,30 €). Saludos.

      Respuesta
  • el 17/08/2014 a las 16:35
    Permalink

    Tengo una pregunta Lorena,te agradecería si me respondieras..:
    Mi madre tiene 52 años recién cumplídos,y hace 1 año se le agotó la R.A.I.
    Ella es divorciada,en casa no entra ninguna ayuda,esta inscríta en el paro,tiene una minusvalía del 46%,una hija de 20 años estudiante que no percíbe nada.
    Tendría derecho a alguna ayuda??
    GRACIAS!!!!

    Respuesta
    • el 02/09/2014 a las 16:16
      Permalink

      Hola Fam87:
      Es posible que pueda volver a cobrar la RAI, ya que uno de los requisitos es haber agotado una prestación contributiva o algún subsidio. De todas formas, lo mejor es acercarse a su oficina de empleo más cercana y exponer su caso para que le aseguren si le corresponde alguna ayuda.
      Saludos.

      Respuesta
  • el 25/08/2014 a las 22:12
    Permalink

    Hola quisiera saber, si tengo derecho a alguna ayuda, cobre el paro y luego la ayuda por seis meses, tengo 49 años y sin cargas familiares termine de cobrar la en noviembre del 2012 y me dijeron que no te ja derecho amas ayuda porque compaginaba dos horas que tengo de trabajo solo quisiera saber si puedo cobrar otra ayuda

    Respuesta
  • el 26/08/2014 a las 11:36
    Permalink

    HOLA BUENOS DIAD MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE ESTUVE COBRANDO EL PARO Y LA AYUDA POR SEIS MESES SE ME TERMINO EN NOVIEMBRE DEL 2012. TENGO 49 AÑOS Y NO TENGO CARGAS FAMILIARES COMPAGINABA CON LA YUDA Y EL PARO DOS HORAS DE TRABAJO ,ACTUALMENTE TENGO SOLO ESAS DOS HORAS Y QUISIERA SABER SI TENGO DERECHO A ALGUNA AYUDA , GRACIAS

    Respuesta
    • el 02/09/2014 a las 15:49
      Permalink

      Hola Gloria:

      Tengo muy pocos datos para darle una respuesta fiable. Lo mejor es que vaya usted a su oficina más cercana y pregunte si le corresponde algún subsidio con lo que tiene cotizado desde que se le terminó la anterior ayuda.

      Saludos.

      Respuesta
  • el 14/01/2015 a las 15:04
    Permalink

    Hola, tengo 45 años, estuve 7 años de autonmo, y este verano trabajeen regimen general 3 meses, no tengo hijos, tengo derecho alguna ayuda

    Respuesta
    • el 05/03/2015 a las 18:11
      Permalink

      Hola Alejandro:

      No tenemos suficientes datos para saber si le corresponde una ayuda, debería solicitar su vida laboral y acudir al Servicio Público de Empleo Estatal para que le informen.
      Saludos.

      Respuesta
  • el 01/03/2015 a las 21:44
    Permalink

    mi pregunta es.tengo 45 años es verdad que tengo que estar un mes de espera despues de cobrar 4 meses de desempleo para hechar el sudsidio

    Respuesta
    • el 05/03/2015 a las 17:47
      Permalink

      Hola Manuel:

      Efectivamente, la Seguridad Social establece un mes de espera obligatorio por el Servicio Público de Empleo entre la terminación de la prestación por desempleo y la solicitud del subsidio.
      Reciba un cordial saludo.

      Respuesta
  • el 10/04/2015 a las 13:31
    Permalink

    Por medio de la presente me dirijo a vosotros para saber si tengo derecho alguna prestación, llevo muchos años desempleada, y estoy enferma tengo 53 años y nunca he persivo ayuda del gobierno trabaje un año y no pude cobrar el paro. En espera de su atención queda de usted atentamente, y en espera de su atención Belkis garcia

    Respuesta
    • el 30/04/2015 a las 10:46
      Permalink

      Estimada Belkis:

      No podemos determinar si le corresponde algún subsidio con tan poca información. Le recomendamos que pida su vida laboral en la Seguridad Social y acuda a su delegación del Servicio Público de Empleo con la misma y exponiendo sus condiciones para determinar si tuviera derecho a algún subsidio por desempleo.
      Reciba un cordial saludo.

      Respuesta
  • el 04/02/2016 a las 17:08
    Permalink

    hola escribo por mi madre, tiene 60 años, y se le agota la RAI en marzo-16. tiene una minusvalía de más de 76%, pero la rechazaron hace un año la pensión no contributiva porque yo vivía con ella.Me he casado y vive sola sin cargas familiares.me pregunto ahora que se le acaba la RAI que ha cobrado durante 1 año si podrá solicitar algú otro tipo de ayuda. tiene pocos años cotizados, muchas gracias por la ayuda.

    Respuesta
  • el 02/03/2016 a las 09:31
    Permalink

    Tengo 48 años, me quedo parada este mes, estoy casada y mi marido cobra 1900 euros, no tengo hijos. Es cierto que puedo pedir subsidio por agotamiento para mayor de 45 años sin responsabilidad familiar, aunque mi marido tenga ese sueldo. Creo que dan 6 meses de ayuda. Gracias

    Respuesta
  • el 29/11/2016 a las 21:03
    Permalink

    Tengo 53 años y soy discontinua. He cotizado 8 meses. Al pedir el subsidio para mayores de 45 años, pierdo estos 8 meses cotizados ? O se acumularan a los meses del año que viene y el invierno que viene podré cobrar el paro? Gracias

    Respuesta
    • el 15/12/2016 a las 10:35
      Permalink

      Buenos días, al cobrar el subsidio perderá lo cotizado, y no contará para una futura prestación por desempleo. Un saludo

      Respuesta
  • el 15/12/2016 a las 18:36
    Permalink

    Buenas tardes Lorena:
    Le explico el motivo de mi correo. El día 3 de Noviembre de 2016 fue el último día que cobre la prestación por desempleo. Fui a la oficina del Sepe a preguntar sobre la ayuda de 6 meses para mayores de 45 años, me informaron que había que pasar un mes de espera y poder pedirla a partir del 3 de Diciembre y a partir de este día había 15 días para solicitarlo. La pedí el 7 de Diciembre y estoy a la espera de que me confirme o no si me la conceden
    El 13 de Junio de este año falleció mi padre y el 13 de Noviembre firmamos la aceptación de la herencia mi madre pasa a ser usufructuaria de la vivienda donde residía con mi padre y mi hermana como tenemos la parte nuda de la misma, aparte de una pequeña cantidad de dinero que nos corresponde. Firmamos la aceptación dentro del llamado mes de espera, hay que comunicarlo al sepe? Aparte de que la escritura sigue en tramitación y yo todavía no dispongo del dinero que me corresponde en mi cuenta, y la gestoría aún no nos ha entregado toda la documentación definitiva y el sepe como le decía antes no ha confirmado aún si me conceden la prestación.
    Muchas gracias de antemano por su colaboración

    Respuesta

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