Subsidio por desempleo para mayores de 52 años

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Quiero darles especialmente las gracias a nuestros colaboradores Lorena y Francisco, quienes, durante todo este tiempo, han contestado abnegada y desinteresadamente, vuestras consultas. Muchas gracias, compañeros.

Gracias a todos.

El subsidio por desempleo para mayores de 52 años es una ayuda que se concede a personas que superan esta edad y, que cumplen determinados requisitos. Este subsidio por desempleo para mayores de 52 años, surge por la necesidad de proteger a las personas que se quedan sin empleo, con una edad en la que la dificultad para encontrar un nuevo trabajo es elevada.

Los requisitos para tener derecho al subsidio por desempleo para mayores de 52 años, son los siguientes:

 

    • Estar desempleado.
    • Tener 52 años cuando se solicita.
    • Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes y no rechazar oferta de empleo, cursos de formación, acciones de promoción o reconversión profesional.
    • Suscribir el compromiso de actividad.
    • Carecer de cualquier tipo de rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
    • Haber cotizado por desempleo como mínimo 6 años.
    • Cumplir con los requisitos para percibir la pensión de jubilación a excepción de la edad.
    • Estar en una de estas situaciones:
        • Tener derecho, percibir o agotar un subsidio.
        • Haber agotado o extinguido prestación por desempleo y no percibido subsidio por carecer del requisito de rentas o el de responsabilidades familiares.
        • Ser emigrante retornado o liberado de prisión sin derecho a prestación por desempleo.
        • Haber sido declarado plenamente capaz o inválido parcial como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría.
        • No tener derecho a prestación por desempleo por no haber cubierto el período mínimo de cotización ( 12 meses ) siempre que se tengan por lo menos 3.

El subsidio por desempleo para mayores de 52 años, dura hasta que se cumpla la edad ordinaria de jubilación siempre que no haya ninguna variación en los requisitos que provoque su suspensión o extinción.

Mientras que se esté percibiendo el subsidio, se estará cotizando también por jubilación. La cotización será del 125% del mínimo legal establecido.

Para quien le parezca poco, mientras que se está cobrando, puede firmar un Convenio Especial con la Seguridad Social para aumentar la cotización de cara a la jubilación.

La cuantía que se cobra del subsidio por desempleo para mayores de 52 años, es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, por lo que en este año 2011 es de 426 euros al mes.

El plazo para realizar la solicitud es de 15 días hábiles, desde que se cumple el mes de espera como inscrito demandante de empleo. Si se accede por estar en situación de desempleo y no cumplir el período mínimo de cotización y tener más de tres meses cotizados, entonces el plazo es de 15 días desde que se está en situación legal de desempleo.

La documentación que hay que presentar para solicitar el subsidio es:

    • El modelo de solicitud.
    • Documento de identificación del solicitante.
    • Justificante de rentas si se lo solicita la entidad gestora.

Para mantener el subsidio por desempleo para mayores de 52 años, habrá que presentar anualmente una declaración con las rentas percibidas durante el año 15 días después de que se cumpla un año desde que se percibe o se renueva la prestación.

 

Esta, es la información general, sobre el subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Es una ayuda que aunque no es muy cuantiosa puede ser muy útil a muchas personas y favorece a aquellos desempleados que tienen derecho a él a que no disminuya tanto su pensión de jubilación futura por no tener trabajo.

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Socio y asesor fiscal en SanPer Asesores. Licenciado en Economía.

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