¿Se puede ser autónomo y empleado a la vez?

La respuesta es sí, se puede ser autónomo y empleado a la vez.

Es posible trabajar para una empresa en nómina y a la vez darse de alta como autónomo para emprender un nuevo proyecto empresarial. Está contemplado por la Seguridad Social y esta situación recibe el nombre de pluriactividad. La situación de trabajador por cuenta ajena nos obliga a estar en alta en el Régimen General de la Seguridad Social, e iniciar un nuevo proyecto empresarial nos lleva al Régimen de Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Los autónomos en situación de pluriactividad tienen derecho a una serie de bonificaciones cuando se dan de alta, gracias a una serie de reformas incluidas en la Ley de Emprendedores, pudiendo reducir su base de cotización. Para poder acceder a esta bonificación, el autónomo tiene que darse de alta por primera vez y además especificar que tiene una situación de pluriactividad.

-Los primeros dieciocho meses, hasta el 50% de la base mínima, que uniéndose a la característica de que los autónomos en situación de pluriactividad no están obligados a cotizar por Incapacidad Temporal, dejaría la cuota en unos 113 €. En los dieciocho meses siguientes, la cuota pasaría a 170 euros, o lo que es lo mismo, hasta el 75% de la base mínima. Si la pluriactividad es a tiempo parcial, las bonificaciones serían del 75% y el 85%.

Es muy importante aclarar que estas bonificaciones son incompatibles con la tarifa plana de 50 euros para todas las nuevas altas de autónomos.

El autónomo también puede optar por elegir su base de cotización hasta llegar a la base máxima.

Como hemos puntualizado anteriormente, el autónomo que a su vez es empleado, puede prescindir de la cotización por Incapacidad Temporal, siempre que esté cotizando por ella como empleado en el Régimen General o en cualquier otro régimen de la Seguridad Social que cubra esta cotización. La cobertura por accidentes en el Régimen de autónomos sin embargo, tiene carácter voluntario. Excepto si estamos dados de alta como TRADE: autónomo económicamente dependiente o si nuestra profesión tiene un índice alto de siniestralidad y por este motivo estamos obligados a ello.

Es importante saber que todos los autónomos en situación de pluriactividad que ingresen en la Seguridad Social (contando tanto las aportaciones de la empresa en Régimen General como la aportación del trabajador en nómina, más las cuotas de autónomos)  la cantidad de 11.049,45 euros o más, tendrán derecho a solicitar una devolución del 50% del exceso en que las cuotas ingresadas superen esta cuantía.

Si cotizo por varios regímenes de Seguridad Social al mismo tiempo, ¿cómo será mi jubilación?

Es una pregunta que se les plantea a todos los que han trabajado en situación de pluriactividad. Cuando ambas cotizaciones han sido simultáneas, y una de ellas no causa derecho a la jubilación, ésta no se pierde, sino que se acumula a la que ya causa el derecho a la jubilación. Dicha acumulación servirá para calcular la base reguladora, sin que el importe que se obtenga pueda superar la base máxima.

Si ambas cotizaciones completan el derecho a la jubilación por ambos regímenes, entonces el jubilado cobrará dos pensiones, una la que generó su cotización en el Régimen General y otra la que generaron sus cotizaciones en el RETA. En el momento de la jubilación, el nuevo pensionista tiene que estar en situación de alta en ambos regímenes, o en caso contrario, demostrar que ha acumulado al menos quince años en alta en los dos.

Existe muchas más información sobre si se puede ser empleado y autónomo a la vez, profundizando en tema de cotizaciones, pensiones, etc., según la situación de cada persona y su situación, pero, en términos generales, éstos son los aspectos más importantes a destacar.

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3 thoughts on “¿Se puede ser autónomo y empleado a la vez?

  • el 26/10/2015 a las 22:42
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    Hola,
    Quiero aconsejarme de como darme de alta de autónomos o capitalizar el paro, ahora estoy en regimen general por ett.
    Agradeceré mucho una respuesta.
    Un saludo.

    Respuesta
  • el 22/03/2016 a las 02:01
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    Se puede estar empleado en una empresa como gerente y realizar para esa misma empresa actividades medicas facturando por ellas a la citada empresa como autónomo?

    Respuesta
  • el 12/05/2016 a las 23:10
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    Hola,
    quisiera saber si tengo el derecho a alguna reduccion o devolucion posterior en caso de que ya estuve de alta alguna vez (por tanto no tengo derecho a bonificación). Trabajo por temporadas, por lo cual me di de baja al no ingresar nada todo el invierno. Este verano trabajare tanto de autonoma como de empleada..muchas gracias por su respueta.

    Respuesta

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