Programa Prepara, prorrogado

El sábado se publicó en el BOE el Real-Decreto Ley 23/2012 por el que se prorroga el plan Prepara. Tiene efectos retroactivos desde el 16 de agosto. Se han modificado algunas de las condiciones para acceder a él. Estos son los requisitos:

  • Ser persona desempleada como consecuencia de la extinción de la relación laboral, inscrita como demandante de empleo y que dentro del período comprendido entre el 16 de agosto de 2012 y el 15 de febrero de 2013 haya agotado prestación por desempleo o subsidio y que no tenga derecho a otro.
  • Que lleve inscrito como demandante de empleo al menos 12 meses dentro de los últimos 18 y que tenga responsabilidades familiares.
  • Que carezca de rentas superiores en cómputo mensual al 75% del Salario Mínimo Interprofesional excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Si convive con padres y/o cónyuge, hijos menores de 26 años, o mayores con una discapacidad de al menos el 33%, o menores acogidos, se tendrá en cuenta la renta de todos los componentes de la unidad familiar dividido por el número de miembros. Dicha cantidad no puede superar en cómputo mensual el 75% del SMI excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  • No podrán acogerse al programa Prepara aquellos que hubieran percibido la prestación extraordinaria del programa temporal de protección por desempleo e inserción, el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su prestación por desempleo, la Renta Activa de Inserción, la renta agraria o el subsidio por desempleo para trabajadores agrarios.

El programa incluye una ayuda económica del 75% del IPREM, actualmente son unos 400 euros. Si en el momento de hacer la solicitud se tienen a cargo al menos tres familiares, la ayuda se incrementara hasta el 85% del IPREM, poco más de 450 euros. Para esto habrá que presentar un certificado de la comunidad autónoma o el ayuntamiento donde se indique si se reciben o no otro tipo de ayudas ya que entre ambas no podrán superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional.

El plazo para solicitar la inclusión en el programa Prepara es de dos meses desde que se agota la prestación por desempleo o el subsidio. Dentro de estos dos meses se exige que el solicitante haya buscado activamente empleo durante al menos 30 días y lo acredite. El hecho de haber realizado un trabajo durante algunos de esos días se considerará acción de búsqueda activa de empleo.

La duración del programa es de seis meses y no se puede renovar o solicitar de nuevo.

Después de varios días de incertidumbre, finalmente se ha producido la prórroga del programa Prepara que permitirá a las personas que han agotado la prestación por desempleo o subsidios seguir recibiendo una ayuda económica. Los nuevos requisitos hacen más difícil el acceso a la ayuda, aunque se ha incrementado la cantidad a percibir para algunos de los beneficiarios.

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0 thoughts on “Programa Prepara, prorrogado

  • el 30/08/2012 a las 15:41
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    29 de agosto ha terminado mi subsidio por programa RAI. ¿Tengo derecho para cobrar subsidio por Programa Preparo? Perdoname para esa pregunta, pero no intiendo muy bien español. Muchas gracias!

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    • el 03/09/2012 a las 11:29
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      Buenos días Tanya:

      Las personas que han agotado la RAI no tienen derecho a cobrar el Programa Prepara.

      Un saludo

      Respuesta
  • el 08/01/2013 a las 17:16
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    hola. se me a agotado toda ayuda, soy trabajador fijo descontinuo.y quise presentar .y cobrar el programa( prepara).y me dijeron al presentar que yo no tenia derecho a esa ayuda , estoy en el paro, mi mujer igual y tengo 2 hijos a cargos , estudiando los 2 . estoy por cumplir 45 años este marzo de 2013 , mi pregunta es tengo alguna ayuda o que debo hacer… por favor orientarme que debo hacer . gracias……….

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  • el 08/04/2013 a las 17:10
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    Hola buenas tengo 33 años estoy en paro estoy cobrando el subsidio familiar 426 euros se me agota el proximo mes de mayo me gustaria saber si puedo cobrar el plan prepara vivo en casa de mi madre que cobra una viudedad de 630 euros en casa solo estamos empadronados mi madre y yo ademas tengo una hija de 6 año que vive con su madre , ¿tengo derecho a solicitarla la ayuda? O otra ayuda gracias

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  • el 04/09/2014 a las 21:36
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    Buenas noches, he solicitado el plan prepara y me lo han denegado por las rentas. En mi casa somos 4 miembros en la unidad familiar, mi madre, su marido, mi hermana y yo. En la oficina del Inem me han dicho que no puedo contar a mi hermana como miembro a la hora de dividir las rentas, y me gustaría saber si el marido de mi madre si cuenta como miembro de la unidad familiar ya que están casados legalmente y empadronado en el mismo domicilio que nosotras.
    Mi otra duda es que en algunos sitios si y en algunos no, he visto que mencionan que a la hora de sumar todas las rentas no se tienen en cuenta las dos pagas extras anuales, eso es cierto? Por que esta mañana en la oficina del Inem me han dicho lo contrario.
    Agradecería recibir cuanto antes una respuesta, gracias

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    • el 05/09/2014 a las 11:47
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      Buenos días Tamara:

      En la Ley no se especifica que tengan que ser padres biológicos. Entiendo que estando casada con su madre y conviviendo con ustedes forma parte de la unidad familiar y por tanto se incluye a la hora de calcular el requisito de carencia de rentas.
      Con respecto a las rentas, se tiene en cuenta el salario bruto mensual con las pagas extras prorrateadas.

      Un saludo.

      Respuesta

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