Ley General Tributaria, reformas

La intención del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas es la de reformar la Ley General Tributaria para adecuarla a la nueva ley contra el fraude fiscal que se aprobó en 2012.

En primer lugar se ampliará el plazo de 12 meses que tiene el funcionario de Hacienda para concluir una inspección a una empresa o particular. El motivo principal es que en muchas ocasiones, los funcionarios suspenden el plazo debido a que detectan que los inspeccionados retrasan a propósito la entrega de la documentación solicitada y en estos casos sobrepasan el límite de 12 meses. Por lo general los inspeccionados recurren este hecho en los tribunales y éstos muchas veces anulan las actas de liquidación a favor de Hacienda por éste hecho. Como consecuencia, se ampliará el plazo y se clarificarán los supuestos en los que el funcionario puede suspender el plazo.

Se incluirán las reglas para el cobro por vía administrativa de las deudas fiscales que han derivado en delitos. Anteriormente, si Hacienda detectaba que un fraude era constitutivo de delito fiscal, tenía que paralizar la vía administrativa y comenzar la vía penal. Con la modificación de la LGT, se establecerán los procedimientos para que Hacienda pueda cobrar por vía administrativa que ya no se verá paralizada aunque el fraude constituya delito fiscal. Del mismo modo se pretende actuar con los casos de contrabando para que no se paralice la vía administrativa cuando se inicie la vía penal para asegurar el cobro de las deudas tributarias y aduaneras.

Se dará una mayor importancia a la tecnología ya que se introducirán las notificaciones electrónicas también en las reclamaciones que se interpongan. Además se fortalecerá el papel del Tribunal Económico Administrativo Central para la unificación de la doctrina que deben de seguir los Tribunales Económico Administrativos Regionales.

Con esta reforma de la Ley General Tributaria se pretende mejorar y asegurar los procedimientos para que Hacienda pueda cobrar las sanciones, deudas,… en un plazo menor y con una mayor certeza.

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