Seguridad Social: Notificaciones electrónicas obligatorias

La Seguridad Social ha introducido también al igual que la Agencia Tributaria la obligatoriedad de las notificaciones electrónicas para determinados colectivos. Esta nueva medida entró en vigor el 1 de abril como consecuencia de la publicación de la Orden Ministerial ESS/485/2013 del 26 de marzo de 2013.

Las notificaciones y comunicaciones que serán informadas en un primer momento a través de este medio son las reclamaciones de deuda, las providencias de apremio y el inicio de procedimiento de deducción. Poco a poco se irán añadiendo nuevos tipos de comunicaciones, por ejemplo a partir del 17 de abril se han incluido los actos del procedimiento de apremio por cuotas y conceptos de recaudación conjunta y otros recursos.

Los colectivos obligados a recibir notificaciones de forma electrónica son:

  • Las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables que estén obligados a incorporarse al Sistema Red.
  • Las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables que se hayan adherido voluntariamente al Sistema Red mientras que se mantengan incorporados a dicho sistema.

Se irán enviando resoluciones por correo postal a los obligados para comunicar su incorporación al nuevo sistema de notificación. La obligatoriedad se considerará efectiva cuando trascurra un mes desde la fecha de recepción de la carta con la resolución.

Cuando una empresa o autónomo cause alta en la Seguridad Social y esté obligada a incluirse en el Sistema Red, quedarán obligados automáticamente a recibir notificaciones electrónicas sin que sea comunicado por parte de la Administración.

Las notificaciones se realizarán a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social y serán comunicadas tanto al obligado como a su autorizado que tenga asignada la gestión del código de cuenta de cotización principal o el número de Seguridad Social de autónomos en su caso.

Para identificarse, los obligados tendrán que hacerlo mediante certificado digital. En cambio, los autorizados podrán hacerlo mediante su certificado SILCON. Cuando pasen diez días desde que se ha puesto a disposición en la sede electrónica la comunicación, y no se haya atendido, se entenderá rechazada y se continuará con el procedimiento al que se refiera la misma.

Se enviarán comunicaciones a las empresas y autorizados de que se ha recibido una notificación en la sede electrónica. Podremos elegir donde queremos que nos manden dichas comunicaciones en el apartado habilitado para cumplimentar los datos de contacto en la sede electrónica.

Con esta medida de la Seguridad Social, introduciendo la obligatoriedad de las notificaciones electrónicas, se facilitará y agilizará las comunicaciones con los interesados y se eliminarán problemas en el envío de las mismas.

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0 thoughts on “Seguridad Social: Notificaciones electrónicas obligatorias

  • el 07/05/2013 a las 12:26
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    Buenos días,

    La verdad es que la tendencia de nuestras Administraciones es el de digitalizarse gracias a las Notificaciones Electrónicas;

    Seguridad Social – NOTESS
    Notificaciones 060
    Notificaciones Hacienda
    Notificaciones Justicia – LEXNET

    Esto supone un ahorro de costes y de operatividad las administraciones y quizás, un problema para el ciudadano y la empresa.

    Existe un Gestor de Notificaciones Electrónicas que de una forma sencilla, centraliza y gestiona todas las notificaciones electrónicas en un sólo dispositivo.

    Os invito a conocer PortalNEOS a través del siguiente vídeo ilustrativo – http://www.portalneos.com

    Está teniendo una muy buena aceptación entre las asesorías y despachos profesionales de nuestro país

    Gracias!

    Respuesta
  • el 26/06/2013 a las 16:56
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    Soy un asesor y la verdad es que el tema de las notificaciones nos da una responsabilidad a los asesores que anteriormente no teníamos. Los clientes nos piden el servicio y es muy complicado poder cobrarselo.
    En nuestra asesoria hemos estado viendo varias aplicaciones, incluyento portalneos, y DEH que presta el servicio de vigilancia, pero nos parece un poco caro.
    Ahora estamos probando un programa de una empresa que tiene aplicaciones para asesorias, y por ahora nos parece muy completo, gestiona muy bien la notificaciones y los permisos, en nuestra empresa no queremos que todo el mundo vea las notificaciones que llegan.
    La aplicación es MsNotifica. http://www.microdata.es/msnotifica Espero que mi experiencia os sea de ayuda

    Respuesta
    • el 30/06/2014 a las 12:35
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      ¿Conocéis DEH Online?, es un servicio (no hay que comprar software) que asume la responsabilidad y se la quita a los asesores.

      Todas las aplicaciones de software las pagas y, si lees las condiciones de uso, ninguna garantiza su funcionamiento, pero ¡¡¡el responsable es el asesor!!!

      Saludos

      Respuesta

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