El período de prueba es el tiempo que acuerdan el trabajador y el empresario durante el cual, ambos pueden dar por finalizada la relación laboral sin preaviso, indemnización y sin necesidad de alegar causa alguna para ello. La finalidad de dicho período es por parte del empresario, comprobar que el trabajador está capacitado para desarrollar las tareas que debe realizar en su puesto y para el trabajador, le sirve para conocer las condiciones en las que tiene que desarrollar su trabajo. Está regulado en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores.
Se tiene que acordar por escrito, teniendo en cuenta los límites establecidos en el convenio que le corresponda a la empresa. En caso de que en el convenio colectivo no se especifique la duración máxima de dicho período, será la siguiente:
- Seis meses para los trabajadores técnicos titulados.
- Dos meses para el resto de los trabajadores.
- Si la empresa tiene menos de 25 trabajadores, el período de prueba para los que no sean técnicos titulados puede ser hasta de tres meses.
- Cuando el contrato sea de duración determinada inferior a seis meses, el período de prueba no puede ser mayor a un mes.
En caso de que el trabajador ya haya desarrollado las tareas con anterioridad en la misma empresa y sea contratado de nuevo, no se podrá establecer período de prueba alguno.
Mientras que dure el mismo, el trabajador tendrá los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro de la plantilla a excepción de la resolución del contrato que puede producirse a instancia de cualquiera de las dos partes.
Cuando finaliza y no se ha producido desestimiento por la empresa o el empleado, el contrato producirá plenos efectos y el tiempo durante el que se ha prestado servicio se contabiliza a efectos de la antigüedad.
En caso de que se produzca una situación de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia o paternidad, que afecten al trabajador durante el período de prueba interrumpirán el cómputo del mismo siempre que se acuerde entre ambas partes.
Es importante, por tanto, revisar en primer lugar el convenio que utiliza la empresa para establecer de forma correcta el período de prueba y evitar así posibles problemas con la fijación del mismo. Si no estuviera indicado, se puede utilizar los límites comentados en esta entrada.
