Hasta ahora la legislación sobre la deducción de los gastos del hogar de los autónomos que trabajan desde casa era un poco ambigua. Según Hacienda, un autónomo que realiza su actividad desde el hogar tendría que tener dos contadores de luz, dos contratos distintos de Internet, un contrato de alquiler solamente para la habitación desde la que trabaja y otro para el resto de la vivienda, es decir, todos los gastos divididos, con facturas dobles, unas para la vivienda y otras para la actividad.
Por supuesto, la inmensa mayoría de los autónomos que trabajan en casa (por no decir todos) no tienen contadores dobles ni dos contratos de Internet ni dos de alquiler, entonces, ¿cuál era la solución? Muchos directamente no se deducían los gastos por miedo a una revisión de Hacienda y consecuente sanción, y otros se deducían un porcentaje de la factura ajustado a los metros cuadrados de la misma, arriesgándose a que Hacienda anulara las declaraciones y los multara por ello. Esto último siempre quedaba sujeto al criterio individual de cada inspector, sin una legislación concreta a la que aferrarse.
Recientemente, una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), contradice el criterio que hasta ahora venía aplicando Hacienda (haciendo revisiones y paralelas a todo aquel que se atrevía a deducirse los suministros de la vivienda), y dando por sentado que los autónomos que trabajan desde casa pueden deducirse perfectamente dichos suministros siempre que puedan demostrar que una parte se utiliza para realizar su actividad. Antes de este momento, ya había algunas sentencias que daban la razón al autónomo, pero solamente tenían efecto en el caso juzgado en ese momento y no trascendían a la norma general.
Ahora es distinto, esta nueva resolución es vinculante para la Administración y de obligado cumplimiento para el personal de Hacienda. Los problemas siempre han venido de los suministros, con el argumento de la Agencia Tributaria de que la luz o el gas no podían determinarse de ninguna manera exacta ni fiable, es decir, era inviable determinar qué parte se destinaba a uso particular y qué parte se utilizaba para la actividad económica. Sin embargo, Hacienda no ha puesto en general ningún problema con gastos como el IBI, la tasa de basuras o la de la comunidad, siempre que se hayan deducido una parte en proporción a los metros cuadrados de la vivienda que se destinan a trabajo. Este criterio ya ha sido cuestionado por diversas sentencias y resoluciones de tribunales económicos como el de la Comunidad Valenciana, o el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, alegando que los suministros podían perfectamente seguir la misma línea de prorrateo que el resto de los gastos.
La última resolución del TEAC adopta y unifica para todos los autónomos que trabajan desde casa, una postura intermedia, determinando que si un autónomo tiene gastos en suministros relacionados con su actividad profesional, tiene derecho a deducírselos, contradiciendo la norma general de Hacienda. Pero por otro lado, admite que es muy difícil determinar qué parte corresponde a uso particular y qué parte es un gasto de la actividad económica. ¿Qué propone el TEAC? Establecer un porcentaje combinando los metros cuadrados totales de la vivienda, los de la habitación que se utiliza como despacho y los días y las horas laborables. Aún así, algunos expertos opinan que la solución aportada por el TEAC es beneficiosa para los autónomos porque les da más seguridad a la hora de deducir todos los gastos (con porcentajes), pero también es bastante complicada para ellos y para Hacienda, con lo cual, lo mejor hubiera sido determinar el porcentaje con los metros de la casa y de la habitación sin complicar más la norma. ¿Cómo demuestra un autónomo que un mes trabajó diez horas en lugar de 8 o que durante unos meses estuvo trabajando también los fines de semana? Son criterios prácticamente imposibles de probar.
Será cuestión de Hacienda ponerse manos a la obra y tomando la última resolución del TEAC, determinar un criterio fijo que pueda servir para regir todos los suminitros de todos los autónomos, para que no elaboren una contabilidad con miedo, sino segura y fiable, ajustada a una norma general.