IVA, nuevas reglas de localización

IVA, nuevas reglas de localización

A partir del 1 de enero de 2015 entran en vigor para el IVA las nuevas reglas de localización reguladas en la Directiva 2008/2/CE del Consejo, de 12 de febrero de 2008 para los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión, televisión y electrónicos.

Como consecuencia de la nueva legislación, a partir de dicha fecha el lugar de prestación de los servicios quedará como sigue cuando los presta una empresa de un estado miembro comunitario:

  • Si el destinatario es otra empresa comunitaria, se considera prestado el servicio en el Estado miembro donde se encuentra el cliente. Éste se encargará de declarar e ingresar el IVA mediante inversión del sujeto pasivo.
  • Cuando el destinatario sea un consumidor final en otro Estado miembro, se considera prestado en dicho Estado donde está establecido el cliente. El prestador del servicio se registrará en un único Estado miembro para declarar e ingresar el IVA a través del régimen de Mini Ventanilla Única.
  • En caso de que el destinatario esté establecido fuera de la Unión Europea, ya sea empresa o particular, la operación no está sujeta a IVA. Puede haber una excepción si el servicio se utiliza de forma efectiva en el territorio de aplicación del impuesto.

Para aquellos servicios prestados en territorio de la UE por una empresa no comunitaria:

  • Si el destinatario es un empresario comunitario, se considerará prestado en el Estado miembro donde está establecido éste. El destinatario declarará e ingresará el IVA mediante inversión del sujeto pasivo.
  • Si el servicio se presta a consumidor final residente en la UE, se considerará hecho en el Estado miembro donde esté establecido. El prestador del servicio deberá registrarse en un único Estado miembro para utilizar el régimen de Mini Ventanilla Única.

Este nuevo régimen permitirá a los empresarios y profesionales que presten este tipo de servicios presentar sus declaraciones de IVA desde un único punto situado en la web dedicada a ello en el Estado miembro en el que se registre, evitando así tener que identificarse y darse de alta en cada Estado. Nos va a facilitar y ahorrar costes para cumplir con las obligaciones que van a surgir con respecto al IVA debido a estas nuevas reglas de la localización.

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Socio y asesor fiscal en SanPer Asesores. Licenciado en Economía.

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