Según informa el Consejo General de Colegios de Economistas, debido a una consulta para un caso específico de la DGT, la delegación malagueña de la AEAT habría cambiado el criterio por el que se califican las retribuciones recibidas por los socios asalariados de las empresas desde rentas del trabajo a rentas procedentes de actividades económicas.
Como consecuencia han enviado en la provincia de Málaga de forma masiva requerimientos a estos socios con propuestas de liquidaciones de IVA e IRPF. Es decir, según Hacienda cada socio debería de facturar con IVA por el sueldo que percibe de la empresa ya que no lo reconoce más como un rendimiento del trabajo, si no como una actividad económica. Tendría que hacer las correspondientes liquidaciones trimestrales. Además hay que ajustar el IRPF de las rentas a las normas que determinan las actividades económicas.
Se pueden imaginar que nadie estaba cumpliendo con este nuevo criterio de interpretación de la legislación por lo que se reclamarán los cuatro últimos años de IVA, más sanciones por no presentar liquidaciones, más intereses por el tiempo transcurrido, etc.
En definitiva, Hacienda cambia de criterio sin aviso previo cuando esta decisión afecta a un gran número de contribuyentes. Lo hace con efecto retroactivo, reclaman cantidades de años anteriores. No dan ningún tiempo de adaptación a estos contribuyentes para que se adecuen a este cambio. No parece que sea la mejor forma de actuar. Crea inseguridad, desconfianza, y lo que probablemente es peor, anima a defraudar.