Fin de las bonificaciones para contratos indefinidos

Si tienes una empresa y estás pensando en incorporar a un nuevo trabajador con contrato indefinido, debes hacerlo antes del 31 de agosto.

Todos los contratos indefinidos que se firmen antes de esa fecha, podrán acogerse al mínimo exento de cotización a la Seguridad Social.

La bonificación asciende a 118 € al mes para todos aquellos contratos indefinidos a jornada completa. Para los contratos a tiempo parcial, el incentivo será reducido proporcionalmente a la jornada trabajada, con un máximo de reducción del 50%, es decir, media jornada.

La duración de la bonificación será de 2 años, prorrogable a un año más si la empresa tiene menos de 10 trabajadores.

La bonificación no es solamente para los nuevos contratos indefinidos, sino que también será de aplicación a las conversiones de contratos temporales a indefinidos siempre que se cumplan los requisitos.

A esta bonificación se pueden acoger todas las empresas y autónomos, independientemente de su tamaño y de la edad que tenga el trabajador. Para aplicar esta bonificación, las empresas deberán cumplir una serie de requisitos:

-Contrato indefinido

-Debe suponer un aumento tanto del nivel de empleo indefinido de la empresa como del nivel de empleo total de la misma

-Es imprescindible estar al corriente de los pagos tanto en Hacienda como en Seguridad Social durante todo el período que dure la bonificación

-El nivel de empleo tiene que mantenerse durante un período mínimo de tres años desde la fecha del contrato, para que la bonificación se mantenga

-Las empresas que hayan finalizado contratos de trabajo por causas objetivas o hayan realizado despidos disciplinarios declarados judicialmente como improcedentes en los seis meses inmediatamente anteriores a la firma del contrato, no tendrán derecho a la bonificación.

-La bonificación no será aplicable a las contrataciones a familiares o trabajadores que hayan tenido un contrato indefinido en la misma empresa durante los seis meses anteriores a la fechad del contrato.

Lo que sí parece que en principio se mantendrá, serán las ayudas a la contratación para jóvenes entre 16 y 30 años que estén en desempleo y no estén recibiendo formación, y deberán estar inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Las ayudas serán distintas en función del contrato, la tarifa joven es una bonificación de 300 euros durante 6 meses en las cuotas de la Seguridad Social. Los contratos en prácticas también serán bonificados hasta el 100% de las cuotas, durante 12 meses y prorrogable otros 12. Lo mismo ocurrirá con los contratos de vinculación formativa, en los que las empresas tendrán que proporcionar al trabajador la formación en idiomas o TICs y formación acreditable oficial. Estos contratos se dirigen a jovenes titulados universitarios o formación profesional de grado medio o superior. Los requisitos que tienen que cumplir las empresa para este tipo de contratos jóvenes son incrementar el nivel de empleo indefinido y el nivel de empleo total, así como mantener el contrato al trabajador durante el tiempo que dure la bonificación

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Responsable de Administración en SanPer Asesores, Amplia experiencia atención al cliente y asesoramiento laboral, fiscal y contable. Más de 200 artículos publicados. Amante de la Cultura, la Historia…

One thought on “Fin de las bonificaciones para contratos indefinidos

  • el 13/09/2016 a las 15:56
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    Excelente información la que plantean en el artículo me a ayudado mucho y más cuando también pude contar con la asesoria financiera que me dieron en http://www.asesoriasaorin.com/. Muy recomendados tienen a personal ampliamente capacitado

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