El paro, ¿con qué es compatible?

El paro, ¿con qué es compatible?

Mientras que estamos percibiendo la prestación por desempleo se pueden dar situaciones variadas que nos pueden hacer dudar sobre si podemos seguir cobrándola o no. En esta entrada vamos a enumerar aquellas en las que podremos seguir cobrando el paro puesto que es compatible con las mismas. Son las siguientes:

  • El trabajo a tiempo parcial. Esto supone que mientras que estemos trabajando, percibiremos el paro en proporción a nuestra jornada laboral. Sin embargo, el tiempo que dura la prestación no variará. Lo podéis ver en nuestra entrada Encontrar trabajo, ¿me quedo sin paro?.
  • Pensiones que sean de jubilación parcial, o cualquier otro tipo de Seguridad Social compatibles con el trabajo que las originó.
  • Trabajos de colaboración social o en beneficio de la comunidad por cumplimiento de una pena.
  • Contratos de trabajo que se suscriban dentro del Programa de sustitución de trabajadores en formación.
  • La indemnización legal que proceda de una extinción del contrato de trabajo, ya sea por despido o por finalización del mismo.
  • Becas y ayudas públicas para suplir los gastos necesarios para asistir a acciones de formación incluidas en el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional u otras subvencionadas por el SEPE.
  • Con el ejercicio de cargos públicos o sindicales remunerados a tiempo parcial. Al igual que con el trabajo a tiempo parcial, la prestación se reducirá en proporción a la jornada.
  • La prestación de la Seguridad Social por hijo a cargo.
  • Cuidador no profesional de las personas en situación de dependencia.
  • Reservista voluntario, reservista voluntario activado o reservista de especial disponibilidad.
  • Cuando se esté incorporado a un Colegio Profesional en la modalidad de no ejerciente.
  • Con un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores a tiempo completo. Se percibirá en este caso el 25% de la prestación que tuviera reconocida.
  • Con el inicio de una actividad por cuenta propia si se tienen menos de 30 años y sin trabajadores a cargo. Se podrá compatibilizar como máximo durante 270 días. En la entrada Prestación por desempleo y alta como autónomo compatibles, ya os contamos esta posibilidad.

En todos estos casos podremos compatibilizar dichas actividades o ingresos con la prestación por desempleo que estemos cobrando. En algún caso se verá reducida y a pesar de ello no variará el tiempo durante el que la estemos cobrando.

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Socio y asesor fiscal en SanPer Asesores. Licenciado en Economía.

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