El paro, ¿con qué es compatible?
Mientras que estamos percibiendo la prestación por desempleo se pueden dar situaciones variadas que nos pueden hacer dudar sobre si podemos seguir cobrándola o no. En esta entrada vamos a enumerar aquellas en las que podremos seguir cobrando el paro puesto que es compatible con las mismas. Son las siguientes:
- El trabajo a tiempo parcial. Esto supone que mientras que estemos trabajando, percibiremos el paro en proporción a nuestra jornada laboral. Sin embargo, el tiempo que dura la prestación no variará. Lo podéis ver en nuestra entrada Encontrar trabajo, ¿me quedo sin paro?.
- Pensiones que sean de jubilación parcial, o cualquier otro tipo de Seguridad Social compatibles con el trabajo que las originó.
- Trabajos de colaboración social o en beneficio de la comunidad por cumplimiento de una pena.
- Contratos de trabajo que se suscriban dentro del Programa de sustitución de trabajadores en formación.
- La indemnización legal que proceda de una extinción del contrato de trabajo, ya sea por despido o por finalización del mismo.
- Becas y ayudas públicas para suplir los gastos necesarios para asistir a acciones de formación incluidas en el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional u otras subvencionadas por el SEPE.
- Con el ejercicio de cargos públicos o sindicales remunerados a tiempo parcial. Al igual que con el trabajo a tiempo parcial, la prestación se reducirá en proporción a la jornada.
- La prestación de la Seguridad Social por hijo a cargo.
- Cuidador no profesional de las personas en situación de dependencia.
- Reservista voluntario, reservista voluntario activado o reservista de especial disponibilidad.
- Cuando se esté incorporado a un Colegio Profesional en la modalidad de no ejerciente.
- Con un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores a tiempo completo. Se percibirá en este caso el 25% de la prestación que tuviera reconocida.
- Con el inicio de una actividad por cuenta propia si se tienen menos de 30 años y sin trabajadores a cargo. Se podrá compatibilizar como máximo durante 270 días. En la entrada Prestación por desempleo y alta como autónomo compatibles, ya os contamos esta posibilidad.
En todos estos casos podremos compatibilizar dichas actividades o ingresos con la prestación por desempleo que estemos cobrando. En algún caso se verá reducida y a pesar de ello no variará el tiempo durante el que la estemos cobrando.