
Desde el 10 de abril comenzó la campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al 2011. Como todos los años hay una serie de novedades, vamos a comentar las principales:
1 El rendimiento neto procedente de los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda se reducirá en un 60% en vez de en un 50%. También se reduce a 30 años el límite superior de edad del arrendatario para aplicar la reducción del 100%, salvo para los contratos firmados con anterioridad al 1 de enero de 2011. Para estos se mantienen los 35 años como límite.
2 Vuelve la deducción por inversión en vivienda habitual para todo contribuyente, independientemente de su base imponible. Además se incrementa ligeramente la base de deducción hasta los 9.040 euros para adquisición, rehabilitación y cantidades destinadas a cuenta vivienda y hasta los 12.080 euros para las obras o instalaciones necesarias para adecuar la vivienda en situaciones de discapacidad.
3 Cambia el límite por el que se aplica la deducción por alquiler de la vivienda habitual. Pasa a ser para los contribuyentes cuya base imponible sea menor a 24.107,20 euros. Igualmente la base de deducción aumenta hasta los 9.040 euros.
4 Para las obras de mejora de las viviendas del contribuyente a partir del 7 de mayo de 2011 se establece una nueva deducción siempre que la base imponible sea menor a 71.007,20 euros. Para las obras de mejora realizadas entre el 14 de abril del 2010 y el 6 de mayo de 2011 se mantiene el régimen de deducciones anterior.
5 Se suprime la deducción por nacimiento o adopción a partir del 1 de enero de 2011.
6 Se han aprobado dos tramos adicionales para la escala general a aplicar a la base liquidable, uno a partir de los 120.000 euros con un tipo de 22,50% y otro a partir de 175.000 euros con un tipo de 23,75%.
Estas son las principales novedades para la declaración de la renta de este año que van a afectar a más contribuyentes. A destacar la recuperación general de la deducción por inversión en vivienda habitual tras la polémica surgida por su eliminación. También la supresión ya conocida por todos de la deducción por nacimiento o adopción, no parece muy en consonancia con una población cada vez más vieja.
Recuerden que ya pueden solicitar su borrador para la declaración de la Renta, confirmarlo o modificarlo. Si tienen cualquier pregunta no duden en ponerse en contacto con nosotros a través de cualquiera de los medios indicados en la web.
Fuente: Agencia Tributaria