Bajas laborales: Mutuas

Bajas laborales: Mutuas

Se prevé que este viernes se apruebe en el Consejo de Ministros el anteproyecto de ley que modifica el régimen jurídico de las mutuas y que afecta entre otras cosas a las bajas laborales.

La principal novedad consiste en que las mutuas una vez revisados los informes y pruebas médicas del trabajador, si considera que procede el alta del mismo, podrá enviar una propuesta de la misma a la Inspección Médica de los Servicios Públicos de Salud. Los médicos de familia y especialistas dependen directamente de ésta. En la actualidad, dichos médicos y especialistas son los que contestan a las propuestas para lo que tienen un plazo de 15 días. Si no responden se considera rechazada y el trabajador sigue en situación de incapacidad temporal. Con la nueva legislación, se reduciría el plazo a cinco días hábiles y la Inspección Médica está obligada a  justificar si acepta o rechaza la propuesta de la Mutua.

Cuando la Inspección no acepte la propuesta o no la conteste, la Mutua podrá solicitar el parte de alta a la Seguridad Social y ésta tendrá cuatro días para aceptar o rechazar la solicitud. Además, en caso de que la Inspección llame a un trabajador para revisar la propuesta de alta y éste no se presente sin justificación, la mutua podrá proceder a la suspensión de la baja.

También está previsto que se suavicen los requisitos para que los autónomos accedan a la prestación por cese de actividad. Podéis ver las actuales en la entrada ¿Tenemos derecho a paro los autónomos?. Según las estadísticas se rechazan un 80% de las solicitudes presentadas para cobrar esta prestación. Por ello, el Gobierno pretende rebajar los requisitos para que más autónomos se beneficien de la misma. Será suficiente con tener pérdidas en un año que sean superiores al 10% de los ingresos, aunque no podrá ser en el año de inicio de la actividad. Otra causa que se puede alegar para solicitar la prestación será tener una ejecución judicial o administrativa para el cobro de deudas por un valor superior al 30% de los ingresos del ejercicio anterior.

Éstas serán las principales modificaciones que se introducirán en la legislación referente a las mutuas y las bajas laborales que dependan de las mismas. Esperamos que con la modificación de requisitos de acceso a la prestación por cese de actividad, el porcentaje de solicitudes aprobadas aumente considerablemente.

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Socio y asesor fiscal en SanPer Asesores. Licenciado en Economía.

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