En determinadas situaciones, los socios de una empresa pueden decidir realizar una ampliación de capital. Esto supone incrementar (ya sea mediante aportaciones dinerarias, no dinerarias, compensación de créditos, conversión de obligaciones o cargo a reservas) el capital social de la empresa. Se hace mediante la creación de nuevas participaciones o acciones, o aumentando el valor nominal de las actuales.
La ampliación deberá de ser aprobada por la junta general. Cuando se haga a través del aumento del valor nominal, será necesario el acuerdo de todos los socios salvo que sea a cargo de beneficios o reservas.
En caso de ampliación del capital realizando una aportación dineraria o no dineraria, los asientos a realizar serán los mismos que aquellos comentados en nuestra entrada asientos contables tras la constitución de una sociedad.
Cuando decidamos hacerlo mediante la compensación de créditos, los asientos a realizar serán los siguientes:
Supongamos que nuestra empresa realiza una ampliación de capital compensando un crédito pendiente con un socio de 1.000.
1.000 Participaciones emitidas (190) a (194) Capital emitido pendiente de inscripción 1.000
1.000 Deudas a l/p con socio (1635) a (190) Participaciones emitidas 1.000
1.000 Capital emitido pendiente de inscripción (194) a (100) Capital social 1.000
Si nuestra empresa es sociedad limitada, todos los créditos compensados deben de ser líquidos y exigibles, Los administradores deberán de emitir un informe con las características y la naturaleza de la deuda, la identidad de los aportantes, el número de participaciones emitida y su valor. En caso de ser sociedad anónima, por lo menos el 25% de los mismos tendrán que cumplir dichas características y será un auditor el que emita el informe con los datos del préstamo.
Si nos encontramos en el caso de ampliación con cargo a reservas, los asientos serán:
Vamos a suponer una ampliación mediante cargo a las reservas voluntarias por valor de 1.500.
1.500 Participaciones emitidas (190) a (194) Capital emitido pendiente de inscripción 1.500
1.500 Reservas voluntarias (113) a (190) Participaciones emitidas 1.500
1.500 Capital emitido pendiente de inscripción (194) a (100) Capital social 1.500
Podremos utilizar las reservas disponibles, las de prima de asunción y la legal. Esta última en su totalidad en el caso de sociedades limitadas y hasta que quede el 10% del capital social en el caso de ser sociedad anónima.
Las empresas pueden decidir ampliar el capital social para adquirir otras empresas, realizar inversiones, por no haber conseguido financiación de una entidad de crédito, por motivos legales,… Independientemente del motivo, los asientos necesarios para reflejarlo contablemente son los comentados a lo largo de la entrada.