Subsidio para mayores de 55 años

Subsidio para mayores de 55 años

El subsidio para mayores de 55 años es una prestación que se concede a las personas que cumplen con los requisitos para percibir la jubilación y que se encuentran en desempleo. Esto compensa en cierta forma la gran dificultad para los trabajadores de esa edad de encontrar trabajo. Los requisitos para poder percibir el subsidio son los siguientes:

  • Estar en desempleo. Estar inscrito como demandante de empleo durante un período mínimo de un mes y no rechazar oferta de empleo adecuada, ni negarse a participar en acciones de formación, promoción o reconversión profesional. Es obligatorio permanecer inscrito como demandante de empleo durante toda la duración del subsidio.
  • Tener cumplidos 55 o más años.
  • Suscribir el compromiso de actividad.
  • Carecer de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluidas las pagas extras. Para 2013, supone no ingresar más de 483,98 euros al mes. Si el solicitante carece de rentas, pero convive con su cónyuge y/o con hijos menores de 26 o mayores discapacitados o menores acogidos, se tendrán en cuenta la renta de estos para determinar si se cumple el requisito o no. Se sumarán las rentas de todos los miembros de la familia y se dividirán entre el número total de ellos. La cantidad resultante no puede ser mayor a 483,98 euros al mes. Por ejemplo, si el solicitante no obtiene rentas, pero su cónyuge ingresa cada mes 1.000 euros, no cumple el requisito de carencia de rentas ya que al dividir la cantidad por dos, que es el número de miembros de la unidad familiar, da 500 que superan los 483,98 euros.
  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años. No se tienen en cuenta para este requisito por ejemplo, la cotización en el Régimen General de Autónomos, ya que no cotiza por desempleo.
  • Cumplir todos los requisitos, a excepción de la edad, para percibir una pensión por jubilación de la Seguridad Social.

Además, es necesario estar incluido en alguno de los supuestos siguientes:

  • Estar percibiendo o tener derecho a percibir un subsidio.
  • Haber agotado prestación contributiva o subsidio por desempleo.
  • Ser emigrante retornado sin derecho a prestación contributiva, habiendo trabajado por lo menos 12 meses en el extranjero en la última salida del país.
  • Ser liberado de prisión, sin derecho a prestación y habiendo permanecido más de 6 meses en la cárcel.
  • Haber sido declarado plenamente capaz o inválido parcial como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez absoluta o total para la profesión habitual.
  • Estar en situación legal de desempleo, no tener derecho a prestación por no haber cubierto el período mínimo de 12 meses, siempre que se hayan cotizado al menos 3 meses.

Una vez concedido, el subsidio dura hasta que el trabajador cumple la edad para acceder a la primera pensión de jubilación de la que cumpla los requisitos. La cantidad mensual del subsidio es igual al 80% del IPREM. Para 2013, son 426 euros. Si el empleo que se perdió antes de obtener el subsidio era a tiempo parcial, se cobrará proporcionalmente a dicha jornada laboral.

El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles, después de que haya transcurrido un mes de espera, salvo que se haya cesado en un trabajo y no se tenga derecho a prestación contributiva, en cuyo caso serán 15 días hábiles tras el cese o a la finalización del período de vacaciones retribuidas y no disfrutadas.

Para mantener el subsidio, hay que presentar anualmente una declaración de rentas percibidas en el año. Si no se cumple con este trámite, se interrumpirá el pago del subsidio y la cotización a la Seguridad Social.

Para cualquier duda referente al subsidio o si necesitas ayuda con su tramitación, puedes ponerte en contacto con nosotros en el e-mail:  info@sanperasesores.es o por cualquiera de los otros métodos de contacto ofrecidos en nuestro blog.

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Socio y asesor fiscal en SanPer Asesores. Licenciado en Economía.

390 thoughts on “Subsidio para mayores de 55 años

  • el 28/11/2013 a las 14:50
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    Ma acaban de denegar el subsidio para mayores de 55 años, porque han incluido en sus calculos de renta de la unidad familiar mi base de cotizacion del mes anterior, en el que estaba trabajando, cosa que yo estimo no hay que incluir pues en el mismo impreso de solicitud habla de incluir en las rentas “se incluyen las rentas obtenidas el mes anterior a la solicitud siempre que se mantengan en el actual”. Al haber accedido tras cesar en el trabajo he tenido que presentar la solicitud sin dejar pasar el mes de espera.
    Ruego me confirmen es así; a mi me parece evidente que no se deben incluir.Gracias.
    Voy a recurrir , pero si me lo vuelven a denegar aunque tenga razon al juzgado y a esperar 8 meses o más y confiar juzguen lo correcto.
    Vaya estado de derecho………….

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    • el 04/12/2013 a las 10:02
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      Buenos días Ignacio:

      Como usted dice, sólo hay que declarar las rentas del mes anterior que se van a mantener en el mes actual. Por tanto no entrarían las rentas del trabajo que ha dejado de percibir.

      Gracias por participar en el blog.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 27/12/2013 a las 22:38
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    Me acaban de denegar la ayuda a mayores de 55 años, y de momento no se el motivo aparente, me llamaron por tl, diciéndome que tendría que volver a trabajar y después solitar la ayuda, ya que ahora estoy cobrando la otra ayuda que no cotiza,alegar que reuno todos los reqisitos mi hija empezó a trabajar y cobra en bruto, 564 euros, y convivimos los dos solos, rogaría que me ayudaran en esto gracias. un saludo.

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    • el 09/01/2014 a las 11:46
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      Buenos días Manuel:

      Si cumple con todos los requisitos para cobrar el subsidio para mayores de 55 años y en estos momentos está cobrando otro subsidio, tienen que concederle el de mayores de 55 años ya que es más beneficioso para usted. Si le piden que primero trabaje para solicitar el subsidio es porque según ellos no está incluido en ninguno de los supuestos necesarios, enumerados en la entrada, para que se la concedan.

      Reciba un cordial saludo.

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      • el 15/08/2014 a las 00:16
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        Buenas noches:
        Actualmente tengo 57 años y percibo el el subsidio para mayores de 55 años desde Mayo 2013 (según escrito de la SS lo tengo reconocido hasta el 09.03.2018). Así mismo, suscribí, en Mayo de 2013, un Convenio especial con la SS para complementar mi futura pensión. Ayer leí que ha habido una modificación en la Ley y mi pregunta es si me podré jubilar a los 61 años con 33 años de cotización o si habré de esperar a los 63 como parece ser que la sorprendente nueva “interpretación de la Ley” especifica.
        Gracias por anticipado.

        Respuesta
  • el 28/12/2013 a las 19:59
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    Agradezco muchisimo su consejo en el siguiente tema. Estoy a punto de cumplir 52 años. He trabajado en Australia 5 años , en el Inglaterra 10 y en España un año y medio. Durante este tiempo he recibido una prestacion de desempleo y un subsidio al emigrants retornado y ademas tengo una discapacidad reconozida superior al 45% .

    Mis preguntas son dos en relacion ha tender suficiente cotizacion:

    Me Dorian indicar si tengo derecho a recibir el subsidio de los 52 años? Y
    Tengo la posibilidad de solicitar la Jubilacion anticipada por discapacidad cuando cumpla los 56 años?

    Le anticipo un saludo y una vez muchas gracias por su ayuda, Eva

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    • el 09/01/2014 a las 12:10
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      Buenos días Eva:

      En la actualidad no se puede solicitar el subsidio para mayores de 52 años, si no el de mayores de 55 años. Además de tener que cumplir todos los requisitos indicados en la entrada cuando tenga los 55 años, deberá ir a la Seguridad Social para solicitar el reconocimiento de los años cotizados fuera de España.
      Con respecto a la jubilación dependerá del convenio bilateral entre España y Australia, además de que de los años que ha cotizado, como mínimo deben ser 15 con la discapacidad.

      Reciba un cordial saludo.

      Respuesta
  • el 15/01/2014 a las 12:07
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    mi esposa termino de cobrar el paro el 5/10/2013 ,, solicitamos la ayuda a mayores de 55 años y me dicen que no ,,pues yo cobro una pension de 867.32 euros..con dos pagas julio y diciembre.la media que se saca de 12 paga o de las 14. ella tiene cotizado 16 años y 11 meses..hay alguna manera de poder cobrar dicha ayuda,,pues la hipoteca nos esta asfixiando

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    • el 16/01/2014 a las 15:59
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      Buenas tardes Juan Luis:

      El cálculo se hace prorrateando por meses el salario bruto de las 14 pagas. Si no cumple este requisito no hay forma de percibir el subsidio.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 15/01/2014 a las 16:23
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    buenas tardes estoy cobrando la paga por ser mayos de 52 años ahora podria ser que me ofrezcan un contrato por tres meses de trabajo cuando acabe podre pedir otra vez esta paga o ya la pierdo muchas gracias

    Respuesta
    • el 16/01/2014 a las 16:05
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      Buenas tardes Ramón:

      Al acabar el contrato puede solicitar de nuevo la reanudación del subsidio, salvo que reúna los días cotizados suficientes como para solicitar la prestación por desempleo, en cuyo caso deberá hacer esto último.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 17/01/2014 a las 17:10
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    Las dudas que tengo, son que acabo el desempleo de 8 meses que me concedieron en Junio, el dia 12 de Febrero y cumplo 55 años el 24 de abril. ¿¿Tengo que pedir el subsidio de agotacion de prestaciones a partir del dia 13 de marzo y por el contrario, no puedo acceder directamente al subsidio de 55 esperando a solicitarlo el mismo dia 24 de abril ??…Y dado que son subsidios distintos con importes iguales, ¿¿ alguno de los dos subsidios cotiza a la seguridad social ???
    Gracias por la info.

    Respuesta
    • el 22/01/2014 a las 12:11
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      Buenos días Julián:

      Como usted dice, debe esperar un mes desde que finaliza la prestación por desempleo para solicitar un subsidio y no podrá pedir el subsidio para mayores de 55 años hasta que cumpla dicha edad. El subsidio para mayores de 55 años cotiza para la jubilación. Con respecto al subsidio para personas que han agotado prestación contributiva, sólo cotiza para la jubilación en el caso de trabajadores discontinuos mayores de 55 años.

      Reciba un cordial saludo.

      Respuesta
  • el 22/01/2014 a las 18:11
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    Buenas tardes,

    Me gustaría que me diera alguna orientación sobre el siguiente caso.

    En mi familia hay una persona con 58 años, con 28-29 cotizados, unos en el régimen general y la mayoría en autónomos. En el año 99 sufre un ictus y en 2011 se opera de un cáncer y recibe tratamiento con quimioterapia. Nunca cobró paro ni quiso solicitar la baja. Nunca cobró ningún tipo de prestación porque no quería solicitar una paga de “inútil”.Desde su enfermedad no cotizó en espera de su recuperación y poder empezar a trabajar.En la actualidad está inscrito como demandante de empleo desde 2012. ¿Podría solicitar ahora algún tipo de prestación? En su defecto ¿qué puede hacer?

    Respuesta
    • el 26/02/2014 a las 14:00
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      Buenos días Carmen:

      Si lo último que hizo fue darse de baja como autónomo, no está en situación legal de desempleo, por lo que no le corresponde cobrar ninguna prestación o subsidio. Si lo último fue que se le acabó un contrato en régimen general o lo despidieron, habría que saber si ha cotizado más de 6 años en régimen general, si en los últimos 15 años ha cotizado más de 2 años en general, y si la última cotización es del 1999 o del 2011. Además hay otra serie de requisitos que dependen del subsidio o prestación a la que se opte. En el blog puede encontrar todos los subsidios que hay actualmente y los requisitos de cada uno de ellos.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 23/01/2014 a las 02:43
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    Al solicitar el subsidio para mayores de 55 años, para el cómputo de las rentas de todos los miembros de la familia, ¿se tienen en cuenta los ingresos brutos o los netos?.
    Otra pregunta: ¿se descuenta de los ingresos la cantidad que se aporta a un convenio especial con la seguridad social?.

    Respuesta
    • el 26/02/2014 a las 14:02
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      Buenos días José Luis:

      Para el cómputo de rentas del subsidio para mayores de 55 años se tienen en cuenta los ingresos brutos. La cantidad que se aporta al convenio especial con la Seguridad Social sólo se pueden descontar si se pactó con la empresa antes del despido una cantidad destinada a pagar dicha cuota.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 23/01/2014 a las 02:45
    Permalink

    Al solicitar el subsidio para mayores de 55 años, para el cómputo de las rentas de todos los miembros de la familia, ¿se tienen en cuenta los ingresos brutos o los netos?.
    Otra pregunta: ¿se descuenta de los ingresos la cantidad que se aporta a un convenio especial con la seguridad social?.

    Gracias y un saludo

    Respuesta
  • el 23/01/2014 a las 15:15
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    Buenos días,
    Se me acabo el subsidio por desempleo de 6 meses el 16/10/2013, tras cobrar 2 años de prestación por desempleo, los 55 años los cumplí el 11/11/2013. Solicite el subsidio de mayores de 55 años el 12/11/2013 (una vez cumplidos los 55 años), pues me lo denegaron por no tener cumplidos los 55 años cuando cumplía todos los requisitos.
    He cotizado por desempleo y seguridad social 28 años y cumplo todos los requisitos, puse una reclamación previa y me la volvieron a denegar. No lo entiendo. Al preguntarles que tenía que hacer me dijeron que tenia que trabajar 3 meses.
    Les agradeceria que me dijeran algo al respecto, un saludo y gracias anticipadas.

    Respuesta
    • el 04/02/2014 a las 16:37
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      Buenas tardes Montse:

      Para poder cobrar el subsidio es necesario estar en unos determinados supuestos como por ejemplo, estar cobrando un subsidio por desempleo o ser emigrante retornado sin derecho a prestación. Le piden trabajar tres meses porque según su criterio usted no estaría dentro de ninguno de los supuestos que dan derecho al subsidio y que se explican en la entrada. Tras terminar los tres meses de trabajo, entraría dentro de uno de los supuestos que es el de tener derecho a un subsidio. Sin embargo, por los datos que usted da, podría estar incluida en otro de los supuestos establecidos que es el de haber agotado subsidio por desempleo. Por tanto, en principio y si cumple el resto de requisitos debería tener derecho a cobrar el subsidio.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 29/01/2014 a las 19:05
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    estaba cobrando una primi de 11 meses semeacbo fuy apedir el succidio de los 55 años y medigeron que no me pertenecia que tenia que estar asegurado tres meses para que melo dieran yo vivo con mi madre los dos solos yo hace medio año que no cobro nada que puedo hacer en cima estoi en fermo del corazon me tomo 9 medicamentos diarios y como los pago gracias ami madre que cobra muy poco 600€ de pension y tiene que pagar luz agua gas y comer antes con los 426€yo lepodia ayudar ahora nada de nada haber simepueden dar una solucion gracias

    Respuesta
    • el 04/02/2014 a las 16:44
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      Buenas tardes Antonio:

      Si le piden que trabaje tres meses es porque según ellos no está dentro de ninguna de las situaciones que dan derecho al subsidio y que están enumeradas en la entrada. Si no es así y si se encuentra dentro de alguno de los supuestos como por ejemplo haber dejado de cobrar un subsidio o tener derecho a prestación por desempleo, debería reclamar la resolución en la que le deniegan el subsidio para mayores de 55 años.

      Reciba un cordial saludo.

      Respuesta
  • el 06/02/2014 a las 11:28
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    Tengo 55 años y me dicen que no me corresponde porque tenia que pedirlo una vez que se me acabase el paro,cuando se me acabo el paro tenia 52 años,os cuento mi situación actual,a los 52 años se me acabo el paro, tengo 55 años estoy apuntado al paro,en mi casa no entra ningún sueldo,en mi casa viven mi hijo menor y mi mujer que se quedo igualmente en paro y sigue apuntada al paro,yo cotice 32 años,que puedo hacer para cobrar la ayuda para mayores de 55 años,me podéis asesorar.

    Un saludo:Carlos

    Respuesta
    • el 11/02/2014 a las 16:22
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      Buenas tardes Carlos:

      El hecho de no pedir el subsidio para mayores de 55 años dentro de plazo no implica perder el derecho a percibirlo. Sí que perderá las cantidades que le correspondieran anteriores al día que presente la solicitud. Si cumple con los requisitos puede presentar la solicitud.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 10/02/2014 a las 13:05
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    Hola Buenos Días: A ver si pueden ayudarme, tengo dudas:
    Me quede en el paro en Dic 2008
    Cobre paro desde 01-01-09 al 30-12-10
    Tengo cotizados 21 años y 13 días.
    Sobreviví como pude el resto del tiempo hasta que el año pasado, con 55 años cumplidos solicite “alguna” ayuda, me fue concedida la renta Activa de Inserción del 02-03-13 al 01-02-14. Ahora he ido a ver que subsidios me podían dar y me dicen que ninguno, dado que hace mucho se me termino el desempleo y estoy fuera de plazo ?¿?¿?
    Que puedo hacer?
    Muchísimas gracias!!!
    un saludo,

    Respuesta
    • el 11/02/2014 a las 16:13
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      Buenas tardes María:

      No presentar la solicitud dentro de plazo no significa perder el derecho al subsidio, aunque sí que perdería las cantidades que le corresponderían desde la fecha que se agotó el plazo para presentar la solicitud hasta el día que lo hace. Por tanto, si cumple los requisitos para percibir el subsidio para mayores de 55 años, puede presentar la solicitud.

      Un saludo

      Respuesta
  • el 12/02/2014 a las 16:26
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    Hola Buenos días,

    Mi madre cobra hasta el próximo 31/03/2014 el subsidio por desempleo. Cumple los 55 años el dia 7/04/2014, tiene rentas inferiores al 75 % de SMI y 40 años cotizados.
    ¿Tendria derecho al subsidio para mayores de 55 años, o por cumplir los 55 años 7 dias después del agotamiento del subsidio ya no tendria derecho?

    Gracias

    Respuesta
    • el 13/02/2014 a las 12:32
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      Buenos días Antonio:

      Si cumple con el resto de requisitos, tendrá derecho a percibir el subsidio una vez que cumpla los 55 años aunque sea 7 días después de agotar el que esté cobrando.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 16/02/2014 a las 23:44
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    Cobro una pension por invalidez adsoluta desde el mes de junio del 2013, y a hora me he dado cuenta, que 19 mese de los 96 correspondientes a los ultimos 8 años estan al 50%, y no al 100% como el resto. En la fecha del heho causante cobraba el subsidio para mayores de 52 años, tengo 62 años y 28 años cotizados.
    Mi pregunta es ¿Considera la ss lagunas de cotizacion el estar cobrando y cotizando este tipo de subsidio ? Las bases de cotizacion de esos 19 meses estaban sobre 738 euros segun costan en la base de datos de la ss. GRACIAS

    Respuesta
    • el 18/02/2014 a las 16:38
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      Buenas tardes L. Ortiz:

      Durante el tiempo que se está cobrando el subsidio para mayores de 52 años, se cotiza por el 125% de la cantidad mínima legal, salvo que se firme un convenio especial con la Seguridad Social para aumentar la cotización. Por tanto, si ha estado cobrando ininterrumpidamente el subsidio, habrá estado cotizando durante todo ese período.

      Gracias por participar en el blog.

      Respuesta
  • el 25/02/2014 a las 20:27
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    Gracias anticipadas . Si una persona que ha cotizado 30 años , ( mi marido tiene 56 años ) y se le está terminando el subsidio del desempleo , ante las dificultades para acceder a un trabajo , está pensando si nos he posible, acceder al Convenio Especial Voluntario, ¿Se podría descontar de la renta familiar las cuotas que pagase a la Seguridad Social? , para poder acceder a la ayuda es decir al subsidio a mayores de 55 años .
    Gracias. Nekane.

    Respuesta
    • el 26/02/2014 a las 13:44
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      Buenos días Nekane:

      Las cuotas destinadas al Convenio Especial con la Seguridad Social no se podrán descontar de las rentas familiares salvo que se pague con cantidades percibidas por un pacto con la empresa con la que se terminó la relación laboral y que estuvieran dedicadas en exclusiva a ese fin.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 28/02/2014 a las 10:56
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    Buenos días

    Tengo 59 años y el proximo mes de Abril finaliza la prestación de desempleo que recibo.Mi intención es solicitar el subsidio para mayores de 55 años y la duda que tengo es si para calcular la renta maxima del nucleo familiar se tienen en cuenta las pagas extras asi como los intereses generados por la cantidad percibida por el despido.

    Gracias

    Respuesta
    • el 04/03/2014 a las 12:12
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      Buenos días Manuel:

      Sí se tienen en cuenta las cantidades prorrateadas por meses de las pagas extras y los intereses generados por la cantidad percibida por el despido.

      Gracias por participar en el blog.

      Respuesta
  • el 02/03/2014 a las 11:32
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    Termino ahora el subsidio de 6 meses tengo 59 años,he cotizado 10 años trabajo cuando me llaman por bolsa,osea unos meses al año no se si me volveran allamar.Soy viuda con paga de 336 euros. ¿Tengo derecho al subsidio de mayor de 55 años ? o
    sino a ¿renovar el subsidio que estaba cobrando? Muy agradecida por su contestacion.
    Un saludo.

    Respuesta
    • el 04/03/2014 a las 12:18
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      Buenos días:

      No le corresponde el subsidio para mayores de 55 años ya que no tiene cotizados al menos 15 años. Podrá renovar el subsidio si está cobrando el de mayores de 45 años con responsabilidades familiares, hasta llegar a los 18 meses. Su duración podrá ser mayor en función de la duración de la prestación por desempleo que agotó antes de percibir el subsidio.

      Reciba un cordial saludo.

      Respuesta
  • el 04/03/2014 a las 14:56
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    Buenos días,

    Me han denegado el subsidio para mayores de 55 años que solicité hace 15 días por superar el 75% del SMI. Para el calculo de las rentas me pidieron mi declaración de rentas del 2012 mia y de mi hijo. Nuestros rendimientos son el trabajo de mi hijo y prestación por desempleo ahora agotada.
    La pregunta es si es correcto que se basen en las rentas del 2012 para reconocer un subsidio en el 2014 y sobre todo si se deben tener en cuenta mis ingresos de la prestación por desempleo para el calculo de las rentas.

    Un saludo y muchísimas gracias por la ayuda

    Respuesta
    • el 05/03/2014 a las 18:11
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      Buenas tardes José Manuel:

      Se tienen en cuenta las rentas del mes anterior al de la solicitud y que se mantengan en el mes en el que se presenta la misma.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 06/03/2014 a las 15:06
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    Me siento discriminada por el simple hecho de estar casada, si estuviese divorciada o sola tendría esa ayuda, me da que pensar si hacerlo

    Respuesta
  • el 08/03/2014 a las 23:26
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    una duda,yo tengo 58 años y cese mi actividad en el sector agrario,pagaba la agraria hasta el 1 de marzo.¿Tengo derecho al subsidio para mayores de 55? tengo 6 años cotizados por cuenta ajena y 34 en la Agraria.¿Tendria derecho a una jubilación?
    Gracias por la respuesta

    Respuesta
    • el 11/03/2014 a las 17:22
      Permalink

      Buenas tardes Miguel Ángel:

      Uno de los requisitos para poder percibir el subsidio para mayores de 55 años es no ser trabajador fijo discontinuo ni haber agotado prestación contributiva para eventuales agrarios. Si no está dentro de estos grupos y cumple el resto de requisitos, puede tener derecho al subsidio. Con respecto a la jubilación, sí que tendrá derecho a ella una vez que cumpla la edad adecuada.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 09/03/2014 a las 15:40
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    Hola me gustaria pregunta una duda:

    Mi madre tiene 55 años y trabaja fija por horas, solo a media jornada, en el mismo hogar viven mi padre con 52 que está cobrando el subsidio de desempleo y mi hermano pequeño de 16 años que está estudiando. Mi pregunta es ¿como mi madre tiene ya 55 años podria cobrar el subsidio para mayores de 55? Serian 3 en la unidad familiar. Muchas gracias de antemano.

    Respuesta
    • el 11/03/2014 a las 16:41
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      Buenas tardes Miriam:

      Habría que saber qué cantidad gana su madre mensual con las pagas extras prorrateadas para ver si cumplen el requisito de carencia de rentas. Además hay una serie de requisitos que se explican en la entrada como estar en situación legal de desempleo, tener como mínimo 15 años cotizados, entre ellos por lo menos 6 en un régimen en el que se cotice por desempleo, etc.

      Reciba un cordial saludo.

      Respuesta
  • el 10/03/2014 a las 12:48
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    Buenos día,
    Expongo mi caso, en mayo cumpliré 57 años, he estado sin poder trabajar desde el 2008 por un accidente de moto, en noviembre fue la última operación, hoy aún me recupero.
    El caso es que he consultado la posibilidad de entrar en el subsidio para mayores de 55 años y al mirar mi vida laboral me dicen que en los últimos 10 años debería haber tenido dos años de cotización, y los tengo, pero como autónomo, y me han dicho que no vale, que tenía que tenerlos por cuenta ajena, así que no entro en la posibilidad del subsidio.
    Me podrían confirmar si esto es correcto.
    Les quedo agradecido anticipadamente.

    Respuesta
    • el 11/03/2014 a las 16:25
      Permalink

      Buenas tardes Manuel:

      La información que le han dado no es del todo correcta. Tiene que haber cotizado dos años en los últimos 15 años, este requisito es el mismo que para la jubilación. Estos dos años cotizados no tienen por qué ser en Régimen General. El problema es que aparte de estos dos años cotizados, debe de estar incluido en alguno de los supuestos que puede ver en la entrada como estar percibiendo un subsidio, haberlo agotado o la prestación por desempleo, ser emigrante retornado, liberado de prisión, etc. Si esos dos años los hubiera hecho en Régimen General estaría incluido seguro en alguno de esos supuestos.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 14/03/2014 a las 21:22
    Permalink

    Buenas tardes,
    estoy cobrando el subsidio por ser mayor de 55 años. En breve me daré de alta como autónomo. Es un riesgo y ¿Si me va mal como autónomo cobraría otra vez el subsidio? ¿A partir de que mes dejaría de tener derecho a subsidio?

    Respuesta
    • el 24/03/2014 a las 13:07
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      Buenos días Mario:

      Podrá solicitar la reanudación del subsidio si no pasan más de 24 meses desde que se dio de alta como autónomo.

      Reciba un cordial saludo.

      Respuesta
  • el 20/03/2014 a las 20:54
    Permalink

    Buenas tardes,

    Actualmente estoy cobrando la prestación por desempleo que finalizará en el próximo mes de Mayo. He cumplido 55 años y tengo la intención de solicitar el subsidio para mayores de 55 años. Tengo un depósito bancario y una pequeña cantidad en un fondo de inversión. En ambos yo aparezco como titular y mi esposa como autorizado. Nuestro matrimonio es en régimen de bienes gananciales. Mi pregunta es si los intereses de dichos productos se computan como rentas al 50% (mitad para mi y mitad para mi esposa). Gracias.

    Respuesta
    • el 24/03/2014 a las 13:50
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      Buenos días Juanma:

      Se imputan al 50% los rendimientos generados por los bienes en el régimen de gananciales.

      Un saludo.

      Respuesta
      • el 24/03/2014 a las 21:17
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        Buenas tardes, ante todo agradecerle su rápida respuesta. Me he puesto en contacto con el SEPE y me dicen que en el supuesto de Rentas que provienen de un bien inmueble los rendimientos se computan al 50%, pero los rendimientos de los bienes mobiliarios se imputan al titular del bien, independientemente del régimen matrimonial. Sinceramente, no comprendo la razón (según el SEPE) por la cual se utilizan distintos criterios para calcular las rentas de bienes inmuebles/muebles.
        Otra pregunta que deseo realizar es sobre la NUDA PROPIEDAD de una vivienda. ¿ Hay que declarar los presuntos rendimientos de una vivienda (el usufructo lo tiene mi madre) de la que soy NUDO PROPIETARIO ?. Gracias.

        Respuesta
  • el 20/03/2014 a las 21:02
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    Buenas tardes, El próximo día 1 de abril tramitaré mi solicitud de cobro de subsidio para mayores de 55 años.
    Tengo 4 dudas,
    Mi ex-empresa paga por su cuenta un convenio con la Seguridad Social . Es esto compatible? Me incrementa entonces la cotización a la seguridad Social este subsidio?.
    Por el hecho de tener el ingreso del Subs. M 55 años, Puedo recuperar mi plan de pensiones?. Y en caso afirmativo las rentas mensuales debo tenerlos en cuenta como computo de rentas, para calcular el derecho a percibir el Subs.M. 55 años?

    Respuesta
    • el 24/03/2014 a las 15:08
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      Buenas tardes Yolanda:

      El subsidio es perfectamente compatible con el convenio con la Seguridad Social. Supondrá para usted un incremento en la base de cotización. Usted podrá recuperar su plan de pensiones y mantener el subsidio siempre que cumpla con el requisito de carencia de rentas, no puede superar los 483,98 euros mensuales de ingresos. Éstos cuentan a la hora de calcular el requisito de rentas.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 23/03/2014 a las 21:29
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    Hola,
    Tengo 58 años y voy a comenzar a percibir el subsidio para mayores de 55 años.Me dicen que a los 61 años me retiran el subsidio y me obligan a jubilarme anticipadamente. Para entonces tendré 26 años cotizados y no los 33 que marca la ley para acceder a la jubilación anticipada ¿Pueden obligarme a jubilarme a los 61 a pesar de no cumplir el requisito de los 33 años cotizados?
    Muchas gracias

    Respuesta
    • el 24/03/2014 a las 15:13
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      Buenas tardes Isabel:

      El subsidio dura hasta que se cumple la edad en la que se tiene derecho a percibir la jubilación. Como al llegar los 61 años no cumple los requisitos para percibirla, seguirá cobrando el subsidio hasta que tenga derecho a alguno de los tipos de jubilación.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 25/03/2014 a las 18:24
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    Hola tengo una pregunta, mi padre tiene 62 años en esto tiene 36 años cotizados ,de estos los últimos 9 era autónomo, con cese de empresa por la crisis, en estos últimos 3 años le han concedido un subsidio de 11 meses por mayor de 55 años el que ha cobrado 426€ pero solo 11 meses, me han comentado que tiene que esperar otros 11 meses y volver a solicitarlo, pero preferimos buscar una solución. me han dicho que cotizando en régimen general podemos pedir el subsidio indefinido hasta la jubilación. sabes cuanto tiempo tendría que estar dado de alta para poder pedir dicho subsidio? gracias.

    Respuesta
    • el 26/03/2014 a las 16:45
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      Buenas tardes Vanesa:

      Tendría que estar como mínimo tres meses. Pero habría que comprobar primero si tiene derecho a jubilación anticipada porque en ese caso no le concederán el subsidio, ya que este solo dura hasta que se cumple la edad en la que se tiene derecho a cualquier tipo de jubilación.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 25/03/2014 a las 19:57
    Permalink

    He sido despedida por un Ere de extinción de una empresa Pública Autonómica. He estado trabajando 22 años en esta empresa y antes 3 años en otra empresa.En total tengo 25 años cotizados. Me corresponden 24 meses de paro. Tengo 53 años y cuatro meses. Cuando tenga 55 años estaré cobrando el paro todavía. La seguridad social o la administración autonómica(propietaria de esta empresa) ¿tiene obligación de seguir pagando mi base cotización hasta la edad mínima de jubilación?
    Gracias anticipadas.

    Respuesta
    • el 26/03/2014 a las 17:41
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      Buenas tardes María:

      Mientras que esté percibiendo el paro, el SEPE ingresará sus cotizaciones a Seguridad Social. Si posteriormente empezara a cobrar el subsidio para mayores de 55 años, también seguiría el SEPE pagando su base de cotización. En caso de que en algún momento no tuviera derecho al subsidio dejaría de cotizar. Podría hacerlo de forma voluntaria firmando un Convenio Especial con la Seguridad Social y abonando usted la cuota.

      Reciba un cordial saludo.

      Respuesta
  • el 28/03/2014 a las 12:16
    Permalink

    estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años llevo 3 años, mi marido tiene sus ingresos pero como me lo concedieron antes de la reforma no afecta. queremos pedir un préstamo para la boda de nuestra hija y mientras se necesite el dinero lo ingresaremos en una cuenta que esta solo a mi nombre. mi pregunta es si eso afectara en la próxima revisión de mi subsidio o tiene que estar la cuenta a nombre de los dos
    graciaas

    Respuesta
  • el 30/03/2014 a las 16:55
    Permalink

    saludos, me faltan dos años y medio para los 55, con vistas a solicitar el subsidio para mallores de esa edad, tengo unas dudas. tengo 22 años cotizados, los ultimos 15 meses con un convenio espcial con la s, social , que no da derecho a prestaciones por desempleo, la ultimacotizacion con un contrato de 6 meses acabo en agosto del 2010, a partir de ahi solo cobre la ayuda familiar y luego me di de alta los 15 meses en el convenio especial con la S,social.
    Pra poder cobrar a partir de los 55 años me valdria cotizar como autonomo por tres meses, si cumplo el resto de requisitos,? gracias de antemano por su tiempo.

    Respuesta
    • el 01/04/2014 a las 11:37
      Permalink

      Buenos días José Luis:

      Si cotizara tres meses como autónomo no le valdría ya que el darse de baja como autónomo no se considera situación legal de desempleo.

      Un saludo.

      Respuesta
      • el 16/01/2017 a las 17:28
        Permalink

        Hola estoy cobrando la ayuda del subsidio de los 55 años, pero ahora me han paralizado la ayuda porque tengo una hija de 26 años que ha empezado a trabajar hace unos meses, y dicen que eso también cuenta la unidad familiar y me paso yo tenía entendido que eran los menores de 26 años los que entraban en la unidad familiar económica y ahora tengo un lío hecho porque ahora me reclaman un dinero, ella empezó a trabajar cuando tenía 26 años y 4 meses en ningún momento nos avisaron de nada simplemente al pasar los 6 meses.
        Muchas gracias

        Respuesta
        • el 06/02/2017 a las 11:27
          Permalink

          Buenos días Trinidad:

          Si empezó a trabajar cuando tenía más de 26 años, su renta no se deben de tener en cuenta a la hora de calcular el requisito de carencia de rentas para su subsidio. Puede alegarlo en la respuesta que mande a la notificación que ha recibido.

          Un saludo.

          Respuesta
  • el 01/04/2014 a las 14:12
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    saludos y muchas gracias por contestarme, abusando de su amabilidad y con los datos que le indique en el mensaje anterior que se los repito. 22 años de cotizacion el ultimo contraro finalizado en agosto de 2010 , y que fue de seies meses, , y despues solicite la ayuda familiar,
    ¿ de que duraciion deberia de ser el contrato que me hicieran para tener a los 55 el derecho al subsidio para mayores de 55 años.

    gracias y espero no molestar con esta repegunta.

    Respuesta
    • el 03/04/2014 a las 15:06
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      Buenas tardes José Luis:

      Tendría que estar contratado por lo menos tres meses para generar derecho al subsidio.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 01/04/2014 a las 14:41
    Permalink

    ¡Buenos días!
    Les cuento, mi hermano acaba de empezar a cobrar “mayores de 55 años” y le han dado hasta que cumpla los 61 (año 2020), mis preguntas son:
    1º – ¿Cuanto ha de tener cotizado para poder jubilarse a esa edad?
    2º – Si no tiene el perido exigido ¿puede seguir cobrando “mayores de 55”?
    ¡Muchas gracias!
    Un cordial saludo

    Respuesta
    • el 03/04/2014 a las 15:05
      Permalink

      Buenas tardes Mara:

      Debería tener cotizados 33 años. Si no cumple con el período exigido, seguirá cobrando el subsidio hasta que alcance la edad en la que cumpla los requisitos para jubilarse.

      Un saludo

      Respuesta
  • el 03/04/2014 a las 12:25
    Permalink

    Buenos días:
    Mi situación es la siguiente, me quedan 3 años para cumplir los 55 años y llevo 20 años cotizados, agoté una prestación por desempleo de 4 meses, el 3 de Marzo pasado y hoy he solicitado el subsidio de desempleo mayores de 45 años sin cargas familiares, y me lo han concedido, la pregunta es si¿ tengo derecho al subsidio mayor de 55 o no? ¿ puedo hacer un convenio con la seguridad social cobrando el subsidio de desempleo hasta los 55 años?
    Un saludo y disculpe por las molestias

    Respuesta
    • el 09/04/2014 a las 08:58
      Permalink

      Buenos días Ismael:

      Debe de tener al menos 6 años cotizados por desempleo. Si cumple éste y el resto de requisitos señalados en la entrada tendrá derecho al subsidio. Puede suscribir el convenio al haber agotado la prestación por desempleo.

      Un saludo.

      Respuesta
      • el 22/04/2014 a las 23:15
        Permalink

        Llevaré unos 4 años cotizados por desempleo y mi pregunta es: si suscribo el convenio con la seguridad social ¿ cuenta como cotización por desempleo?porque no llego para tener ese derecho a ese subsidio mayor de 55 años.
        Saludos y perdone de nuevo

        Respuesta
        • el 23/04/2014 a las 16:34
          Permalink

          Buenas tardes Ismael:

          La cotización del convenio especial con la Seguridad Social no incluye la cotización por desempleo.

          Un saludo.

          Respuesta
          • el 23/04/2014 a las 18:42
            Permalink

            Muchas gracias por todo y saludos

  • el 03/04/2014 a las 17:09
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    muchas gracias por su tiempo, saludos y buena suerte.

    Respuesta
  • el 08/04/2014 a las 00:34
    Permalink

    Buenas noches:
    1º Tengo 56 años, solo he cotizado 15 años, incluidos dentro de estos años un convenio especial que pague durante 2 años, después he estado 4 años sin trabajar, ahora tengo un contrato de 6 meses que me acaba el mes que viene y no me lo van a renovar ¿tengo derecho al subsidio de mayores de 55 años?.
    2º Otra pregunta la media anual de no superar los 484 euros del 75% del SMI, se saca de la última Declaración de la Renta o de los últimos 12 meses anteriores a la solicitud, o se tienen en cuenta ambas cosas.
    3º Tengo una duda en relación al salario bruto, en mi nómina me pone A. total Devengado 1046 euros, donde en esa cantidad no se incluye ni lo que yo aporto ni lo que aporta mí empresa por mi a la seguridad social ¿ese es el salario bruto?.
    4º Si no me conceden el subsidio por pasarme de los 484 euros como media mensual, pasado el tiempo ¿puedo volver a solicitarlo cuando mis rentas sean inferiores a esa cantidad sin necesidad de tener un nuevo trabajo.?
    5º Otra pregunta en las rentas que unos tenga ¿Tienen en cuenta los ahorros que tengas o solo los intereses que te aportan?

    Un saludo

    Respuesta
    • el 08/04/2014 a las 17:01
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      Buenas tardes Isabel:

      1 Si ha cotizado por lo menos 6 años por desempleo y cumple con el resto de requisitos que puede ver en la entrada, en principio si le correspondería el subsidio.
      2 Se tienen en cuenta las rentas del mes anterior a la solicitud y que se mantienen en el mismo mes de la solicitud.
      3 Sí, ese es el salario bruto.
      4 Efectivamente, puede solicitarlo cuando cumpla el requisito de carencia de rentas.
      5 Los intereses que generan.

      Un saludo.

      Respuesta
      • el 26/10/2016 a las 11:32
        Permalink

        Una pregunta, si se ha cotizado 6 años por desempleo pero en régimen de autónomo, esto sería equivalente y se daría por cumplido este requisito? y lo del requisito “que los últimos 15 años ha cotizado más de 2 años” te refieres a cotizado por desempleo también? y el régimen da igual o debe ser cuenta ajena? Es que no me queda claro, pero básicamente la situación de mi madre es que ha trabajado como autónoma toda su vida en una empresa, y desde 2011 que es cuando se puede cotizar por desempleo en régimen de autónomos lo ha hecho. Entonces no me queda claro si puede beneficiarse de este subsidio en cuanto a este requisito (el de 6 años cotizados por desempleo, bueno le faltarían pocos meses) y no queda clara la normativa. Agradecería una respuesta si la conoces, ya que no encuentro nadie que me sepa orientar. Muchas gracias. Un saludo.

        Respuesta
        • el 07/11/2016 a las 14:53
          Permalink

          Buenas tardes Olga:

          Las cotizaciones de los autónomos para la prestación de cese por actividad no se tienen en cuenta a la hora del cumplimiento del requisito de los 6 años cotizados por desempleo para el subsidio para mayores de 55 años. Debido a esto, no cumpliría dicho requisito y no le correspondería el subsidio.

          Un saludo.

          Respuesta
  • el 08/04/2014 a las 21:38
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    Buenas noches de nuevo:

    Disculpe mi insistencia, a la respuesta a la pregunta 2º según lo que usted dice, si solo se tienen en cuenta las rentas del mes anterior, ¿da lo mismo lo que hayas ganado en los últimos 12 meses anteriores a la solicitud? ¿no hacen una media entre lo que has ganado en esos últimos 12 meses para ver si superas o no los 484 euros o el 75% del SMI?

    En la respuesta a la pregunta 4º usted dice que puedo volver a solicitarlo cuando cumpla el requisito de carencia de rentas, esto es así, aunque no hayas encontrado un trabajo posteriormente y que este lo hayas perdido involuntariamente. Y si es como usted dice tengo algún plazo.

    Saludos, muchas gracias y disculpe mi ignorancia.

    Respuesta
    • el 09/04/2014 a las 16:10
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      Buenas tardes Isabel:

      Da igual lo que haya ganado en los 12 meses anteriores, sólo se tienen en cuenta las rentas del mes anterior siempre que se mantengan en el mes de la solicitud. Si en algún momento no cumple el requisito de carencia de rentas puede volver a solicitar el subsidio si cumple dicho requisito antes de que pase un año.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 10/04/2014 a las 20:30
    Permalink

    Estimados señores:

    Necesitaría que me aclararan una duda. En el requisito del subsidio para mayores de 55 se exige haber cotizado dos años en los últimos quince años. La pregunta es si de esos dos años uno lo he hecho como autónomo y otro como contratado, ¿computarían los dos años independientemente de si es contrato o autónomo o si este último no computa. Muchas gracias

    Respuesta
    • el 22/04/2014 a las 10:37
      Permalink

      Buenos días Tomás:

      Los años cotizados como autónomo también computan.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 11/04/2014 a las 13:38
    Permalink

    tengo 63 años 16 años cotizado ahra tengo un contrato por 3 meses estuve de baja 1 mes ,quiero saber si ese mes de baja no me perjudica , para los tres meses que me piden estar dada de alta por cuenta ajena

    Respuesta
    • el 22/04/2014 a las 10:54
      Permalink

      Buenos días Mari:

      Ese mes de baja no le perjudicará ya que durante el mismo seguirá cotizando a la Seguridad Social.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 15/04/2014 a las 19:29
    Permalink

    Hola, tengo 56 años y 13 años cotizados (7 a jornada completa y 6 a tiempo parcial), solicité el subsidio de 55 años y me lo denegaron porque no cumplo los el mínimo de 15 años de cotización. Pero mi pregunta es, si ha cambiado la normativa con la ley 1/2014 de 28 de febrero donde modifica el acceso a las pensiones de jubilación sin necesidad de cumplir los 15 años para los trabajadores a tiempo parcial, yo si que cumpliría ese requisito, no?

    Gracias

    Respuesta
    • el 22/04/2014 a las 11:21
      Permalink

      Buenos días Lily:

      Habría que comprobar primero si con lo que ha cotizado llega al periodo mínimo de cotización exigido con esa nueva legislación.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 16/04/2014 a las 00:23
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    Hola, buenas noches,
    Estoy sin trabajo, tengo 55 años, 17 años cotizados a la Seguridad Social y dos años cotizados en los últimos cinco años. Con toda la información recopilada en este y otros sitios así como en el propio INEM tengo claro lo siguiente: Cumplo todos los requisitos para percibir el subsidio para mayores de 55 años excepto que no estoy en situación legal de desempleo y para estarlo necesito trabajar al menos 3 meses. Mi duda (no he conseguido aclararla por más que lo he intentado y ni siquiera en el INEM han sido concretos en esto) es la siguiente: ¿El contrato de tres meses por cuenta ajena debe ser a jornada completa? ¿Me sirve un contrato de 3 meses a tiempo parcial? ¿Existe un mínimo de horas o días trabajados en esos tres meses? Y lo más importante ¿el subsidio será siempre del mismo importe? Es decir, de 426 Euros. O si trabajo a tiempo parcial tres meses ¿Percibiré solo la parte proporcional del subsidio?. Es un dato muy importante porque el subsidio de 55 años es hasta la jubilación y la diferencia de percibir 426 Euros al mes a percibir 213 Euros durante siete años es muy importante. Un saludo, Víctor
    Muchísimas gracias por su amable atención

    Respuesta
    • el 22/04/2014 a las 11:24
      Permalink

      Buenos días Víctor Manuel:

      Puede ser a tiempo parcial, pero entonces percibirá el subsidio en la misma proporción. Para poder cobrar los 426 euros, el contrato debe ser a jornada completa.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 16/04/2014 a las 16:04
    Permalink

    Buenas tardes , tengo 59 años, hace unos meses termine de cobrar el paro y solicite el subsidio para mayores de 55 años, me lo denegaron porque no cumplia con el requisito especifico de jubilación ( me faltaban 4 dias), entre todo esto comence a trabajar de nuevo y he estado unos dos meses y medio de contrato, he terminado y he vuelto a solicitar el subsidio de los 55 años y me dicen que tengo que cotizar 3 meses para acceder, en el paro me dijeron que podia solicitar otro subsidio que no cotizaba,y lo solicite, entonces, tengo que cotizar los 15 dias que me faltan para el de los 55 años?? en la informacion que esoy leyendo pone que prevalece el de los 55 años si cumples los requisitos de jubilacion… si me conceden este, podria acceder despues al de los 55 años sin tener los 15 dias que me faltan?
    Gracias

    Respuesta
    • el 22/04/2014 a las 11:47
      Permalink

      Buenos días Noé:

      Para poder acceder al subsidio para mayores de 55 años es necesario que se encuentre en alguna de las situaciones comentadas en la entrada, entre ellas estar cobrando o tener derecho a un subsidio. Si realmente le van a conceder un subsidio, entonces debe de ser el de mayores de 55 años ya que es el más beneficioso. Si le van a conceder otro tipo de ayuda, entonces deberá de cotizar los días que le queden hasta los tres meses para tener derecho a un subsidio y así poder solicitar el correspondiente para mayores de 55 años.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 18/04/2014 a las 15:25
    Permalink

    A) Tengo 56 años, a mi me va a finalizar el breve un contrato de 5 meses más 1 mes que tenía de antes hacen 6 meses y quiero pedir el subsidio de mayores de 55 años, mi periodo de vacaciones retribuidas y no disfrutadas van a ser de 12 y 1/2 de días, esto quiere decir:
    1º Que tengo de plazo 12 y 1/2 de días para solicitar dicho subsidio y no 15 días, o
    2º que tengo que esperar 12 y 1/2 de días y a partir de la finalización de estos días tengo de plazo a continuación otros 15 días para solicitar el subsidio o
    3º que tengo de plazo 12 y 1/2 de días o 15 días.

    B) Creo que reuno los requisitos para que me concedan el subsidio pero tengo una dudas con lo de la carencia de rentas.
    1º Usted me dijo anteriormente que: Da igual lo que haya ganado en los 12 meses anteriores, sólo se tienen en cuenta las rentas del mes anterior siempre que se mantengan en el mes de la solicitud. Yo no tengo cargas familiares y vivo sola, cuando cese en el trabajo ahora el 30 de abril, lo que venía ganando al mes por mi trabajo ha sido de 1046 euros en bruto, como esto no lo voy a cobrar en mayo porque estaré cesada del trabajo y por tanto lo que ganaba no se va a mantener en el mes de mayo que es cuando voy a pedir la solicitud ¿quiere esto decir que tendré 0 euros de renta por mi trabajo y como no tengo otras rentas me concederán el subsidio, sin tener en cuenta lo ganado por mi trabajo en los meses anteriores a mayo?.
    2º Creo que ya le he dicho que vivo sola y no tengo cargas familiares y me surge otra duda: y si me piden la declaración de la renta del 2013 y ven que no tengo otras rentas solo las de mi trabajo y que el total de lo ganado por mi trabajo en el 2013 dividiendolo por 14 meses se pasa de los 484 euros o el 75% del SMI por mes ¿quiere esto decir que no me conceden el subsidio?

    Un saludo, Isabel

    Respuesta
    • el 22/04/2014 a las 11:56
      Permalink

      Buenos días Isabel:

      Tiene 15 días hábiles una vez que se acaben los días de vacaciones retribuidas no disfrutadas.
      Como ya le dije, no se tienen en cuenta las rentas anteriores al mes de la solicitud salvo que se mantengan. Lo que percibiera por su trabajo no contará ya que no lo va a seguir cobrando.
      No le pueden denegar el subsidio basándose en la renta del 2013 salvo que contenga rentas que se mantengan a partir del mes de la solicitud.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 22/04/2014 a las 17:20
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    Hola buenas tardes, le quería preguntar, tengo 62 años y voy a pedir la ayuda para mayores de 55 años, yo he tenido siempre dos trabajos a media jornada en total nueve horas por día, al quedar en paro perdí primero el de cuatro horas y un mes después el de cinco horas, en total tengo cotizados catorce años y once meses mas un año en pluracíividad, y en Suiza catorce años. Mi pregunta es me pagarían al 100%, o por el último trabajo perdido, no tengo rentas y tengo una minusvalía del 33%.
    Le agradezco su respuesta, le mando un cordial saludo. Marga P.

    Respuesta
  • el 25/04/2014 a las 00:45
    Permalink

    Buenas noches,
    Yo tengo 55 años y he cotizado durante 14 años y media ,trabajando en Rumania,11 años,en Chipre un año y media y en España 2 años,total 14 y media dentro de la Union Europea.Tendria derecho de cobrar subsidio para mayores de 55 años,ya que he acabado de cobrar el paro?
    Muchas gracias,un saludo

    Respuesta
    • el 29/04/2014 a las 14:46
      Permalink

      Buenas tardes Estella:

      Para tener derecho al subsidio es necesario haber cotizado como mínimo 15 años.

      Reciba un cordial saludo.

      Respuesta
  • el 25/04/2014 a las 17:51
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    Hola, muchas gracias por tus aclaraciones, mi situación actual es la siguiente: Tengo 55 años, tengo cotizados 14 años y 5 meses creo, soy FIJA DISCONTINUA, que me quedé sin trabajo y sólo me llaman para sustituciones. En la Seg. Soc. me dicen que con la nueva ley del 2013 y los años que llevo como fija discontínua desde el 2.006, más los 4 meses de cotización por 1 hijo, ya tendré casi seguro los 15 años cotizados. Qué es lo más aconsejable que haga para poder acceder al subsidio de mayores de 55? Me tiene que echar la Empresa? Tengo que trabajar 3 meses a jornada completa? Los hijos mayores de 26 años que conviven en el hogar y no trabajan tambien se consideran como miembro familiar? Muchísimas gracias por todo

    Respuesta
    • el 29/04/2014 a las 14:44
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      Buenas tardes Mary Luz:

      Lo mejor es que el contrato sea a jornada completa para cobra el subsidio íntegro. Si es a jornada parcial, se cobrará en proporción a la jornada. Puede acceder al subsidio entre otras situaciones si se le acaba el contrato porque sea de duración determinada o si la despiden. Los hijos mayores de 26 años no forman parte de la unidad familiar salvo que sean discapacitados.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 26/04/2014 a las 06:55
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    Buenos dias me pararon el 1 de Septiembre 2010 , he cotizado 21 años y 9 meses despues de cobrar 2años de paro y 6 meses el subsidio de desempleo ahora estoy cobrando la 2 renta activa de inseccion por discapacidad tengo un 49%.Cuando termine de cobrar la 3 rai ,me faltaran 3 meses para los 55 años .

    Me podria decir si tendre derecho al subsidio para mayores de 55 ,pues no lo tengo claro pues me han dicho que la rai no es un subsidio y que tendria que cotizar 6 meses ,y me han dejado preocupada muchisimas gracias por adelantado por su respuesta .

    Respuesta
    • el 06/05/2014 a las 16:18
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      Buenas tardes Adela:

      Para poder tener derecho a cobrar el subsidio para mayores de 55 años es necesario estar en alguna de las situaciones enumeradas en la entrada, como tener derecho a subsidio, estar percibiéndolo o acabar de percibirlo. Si está cobrando la RAI, ésta no es un subsidio y lo más probable es que no tenga derecho a uno. Por lo tanto, deberá cotizar 3 meses como mínimo por desempleo para generar un nuevo subsidio.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 26/04/2014 a las 20:44
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    Estoy cobrando el subsidio MAYORES 55 y tengo una propuesta de trabajo. ¿QUE TIPO DE CONTRATO debo pedir para mis intereses?. La Empresa propone 1/2 jornada,¿Es compatible con dicho subsidio o lo pierdo.? Y si consigo jornada completa…¿que beneficios puede obtener la empresa . Teniendo en cuenta que tengo 60 años para convencerlos de que pueden pagar los 100€ a SS,,segun tengo entendido ???

    Respuesta
    • el 29/04/2014 a las 14:15
      Permalink

      Buenas tardes Magdalena:

      Si el contrato es a jornada parcial, se reducirá el subsidio en proporción con la jornada de trabajo. Además la cantidad que perciba por el trabajo no puede hacer que supere el límite de ingresos, si no se suspenderá el subsidio. Si el trabajo es a jornada completa podrá compatibilizarlo con el subsidio siempre que el contrato sea de más de 3 meses. Con respecto a la empresa, en función del tipo de contrato que sea, podrá obtener bonificaciones o reducciones en la cuota de la Seguridad Social.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 28/04/2014 a las 16:32
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    acabo de cumplir los 55años yestoy cobrando la ayuda familiar ,me han concedido 30 meses pero yo quiero solicitar la de los 55pues creo que esa si cotiza a la saguridad social tengo dos hijos de 18 y 24 años ,estoy diborciado y tengo la custodia de ellos ambos estan sin trabajo,en mi casa solo entra los 426e mios ,tengo derecho a que me concedan la ayuda gracias por vuestro tiempo por favor contestenme

    Respuesta
    • el 29/04/2014 a las 14:19
      Permalink

      Buenas tardes Juan:

      En principio si tiene cotizados más de 15 años y 6 de ellos son cotizando por desempleo, debe tener derecho al subsidio para mayores de 55 años.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 29/04/2014 a las 13:25
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    Hola, voy a cumplir 55 años en junio y hace 2 que deje de cobrar el subsidio de desempleo He cotizado 25 años y hace 4 que me quede en paro. Puedo solicitar la ayuda para mayores de 55. Muchas gracias

    Respuesta
    • el 30/04/2014 a las 17:10
      Permalink

      Buenas tardes Francisco:

      Si cumple el requisito de rentas también, con los datos que ha dado no debe de tener problema para solicitar el subsidio.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 30/04/2014 a las 20:18
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    El 31de marzo de 2011 deje fde cotizar al rejimen especial agrario,tengo 32años cotizados,tengo 55años.la unidad familiar soms 3 personas en edad laboral en paro con 55,51 y24 años y mi mafre con 83 años y 700 € que son todos los ingresos.me corresponde algun tipo de subsidio

    Respuesta
    • el 06/05/2014 a las 16:12
      Permalink

      Buenas tardes Nestor:

      Habría que comprobar si cumple el resto de requisitos para solicitar el subsidio para mayores de 55 años, como haber cotizado 6 años por desempleo. Los requisitos los puede examinar en la entrada. Si no los cumpliera, podría ver si puede solicitar la Renta Activa de Inserción.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 30/04/2014 a las 20:41
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    Hola:

    Me gustaría saber si después de agotar la R.A.I. por discapacidad (y habiendo transcurrido unos meses hasta cumplir los 55 años) se puede cobrar el subsidio de mayores de 55 años.

    Por supuesto, cumpliendo con los requisitos de cotización (21 años).

    Gracias y saludos.

    Respuesta
    • el 06/05/2014 a las 16:15
      Permalink

      Buenas tardes Juan Claudio:

      Para poder solicitar el subsidio es necesario estar incluido en una de las situaciones enumeradas en la entrada, entre ellas tener derecho, percibir o acabar de percibir un subsidio. Si está cobrando la RAI, ésta no es un subsidio y lo más probable es que no tenga derecho a ninguno. Por tanto, deberá de cotizar de nuevo por lo menos tres meses por desempleo para generar derecho a un nuevo subsidio.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 02/05/2014 a las 15:08
    Permalink

    Hola. Le voy a hacer una pregunta, le cuento:
    Mi padre solicitó el año pasado el subsido para mayores de 55 años, se lo concedieron po rla rama general, pues este mes de abril pasado el Sexpe (soy de extremadura) se dió cuenta del error y lo ha pasado al régimen agrario. Sigue cobrando los 426€ pero resulta que lo han llamado para el PER (aqui se dice para las calles).
    Estamos un poco descolocados porque creemos que no debería de ir al PER, ya que conocemos casos similares que al acogerse al Subsidio han dejado de ir al PER.

    Aprovechando le cuento el caso de mi madre, en Enero de 2015 hace 15 años cotizados y tiene mas de 55 años, tiene derecho a solicitar el subsidio?
    Hay una cosa que no entiendo que es lo de los 6 años en desempleo, eso como sería?
    porque mi madre paga todo los meses su sello de 86 €..
    Perdona por el tocho de comentario y muchisimas gracias por adelantado.
    Saludos

    Respuesta
    • el 05/05/2014 a las 17:34
      Permalink

      Buenas tardes Antonio:

      Lo mejor es que acudan directamente a la oficina de empleo y que les informen de cual es la situación actual de su padre, en qué subsidio está, etc. Puede que haya un error por parte del SEPE. Con respecto a su madre, debe comprobar si cumple con el resto de los requisitos señalados en la entrada. Lo de los 6 años quiere decir que dentro del total de años cotizados, es obligatorio haber estado en un Régimen en el que se cotice por desempleo como mínimo 6 años. Por ejemplo, si ha cotizado 8 años en Régimen General y 12 años como autónomo cumple el requisito de los 15 años cotizados y el de los 6 años cotizados por desempleo. En cambio, si ha cotizado 4 años en Régimen General y 12 años como autónomo, sigue cumpliendo el requisito de 15 años cotizados, pero no cumple el de 6 años cotizados por desempleo, ya que como autónomo no se cotiza por desempleo.

      Un saludo.

      Respuesta
      • el 26/07/2014 a las 14:39
        Permalink

        Ok. Entonces, el régimen Agrario sirve para completar esos 6 años?
        Es decir, mi madre tiene contizado en régimen general unos 3/4 años, lo demás todo en agrario (pagando su sello todos los meses y yendo a trabajar). Si el régimen agrario vale para cotizar desempleo, entonces no habría problema alguno, no?

        Muchas gracias

        Respuesta
        • el 01/09/2014 a las 15:20
          Permalink

          Buenas tardes Antonio:

          Efectivamente, en el régimen agrario se cotiza por desempleo por lo que no debería tener ningún problema.

          Un saludo.

          Respuesta
  • el 03/05/2014 a las 19:35
    Permalink

    Con subsidio mayor de 55 años me ofrecen un empleo a 1/2 jornada.¿Es compatible?.
    ¿Que significa ingresos de unidad familiar ?.
    El año pasado trabajé a tiempo parcial y solo me descontaban un poco de mi subención,aunque eso si, eran tan solo unas horas a la semana.

    Respuesta
    • el 05/05/2014 a las 16:58
      Permalink

      Buenas tardes Leni:

      Es compatible siempre que no supere el límite de ingresos mensuales. En caso de que pueda seguir cobrando el subsidio, lo hará en proporción a la jornada laboral.
      La unidad familiar la forman además de usted, su cónyuge y sus hijos menores de 26 años o mayores discapacitados que convivan con usted.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 03/05/2014 a las 19:39
    Permalink

    Disculpe por esta gran labor que hace, se me ha olvidado darle las gracias.

    Un saludo agradecido

    Respuesta
  • el 04/05/2014 a las 21:46
    Permalink

    Angela ,tengo 59 años ,estoy cobrando el subsidio de mayores de 55 años ,separada ,y vivo sola con una invalidez total de340 euros ,me an dicho que me obligan a jubilarme a los 61 ,tengo cotizados 21 años estoy cotizando por el minimo ,antes cotizaba el inem por mi el 125, por cien ahora es el 100 por cien o sea por unos 740 mas omenos ,mi pregunta es si cuando me jubile a 61 años el minimo que se podra cobrar en mi caso seria menor de los 740 mas o menos ,ya que dejaria de cobrar la invalidez ,muchas gracias por contestarme o orientarme ,angela

    Respuesta
    • el 06/05/2014 a las 16:33
      Permalink

      Buenas tardes Ángela:

      La cantidad que cobre de pensión de jubilación dependerá de lo cotizado en los últimos años cotizados antes de jubilarse. Los años tenidos en cuenta para el cálculo variarán en función de cuando se jubile. Si como comenta se va a jubilar dentro de 2 años, se tendrían en cuenta los últimos 19 para el cálculo.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 07/05/2014 a las 15:26
    Permalink

    Buenas tardes.
    El próximo mes termino de cobrar las prestaciones de desempleo.Cumplo los requisitos para acceder a la ayuda para mayores de 55 años?
    Tengo 56 años he cotizado al régimen general durante más de 15 años aún que los últimos la cotización se ha dividido de la siguiente forma: año 2011-2013 regimen S.S. 2001-2009 regimen de autonónomos.1990-2000 regimen S.S.
    Los ingresos mensuales netos de mi esposa son aproximadamente de 1.200 eu. tenemos una hija de 16 años y no tenemos ningún tipo más de ingreso.
    Muchas gracias por su ayuda.

    Respuesta
    • el 08/05/2014 a las 11:48
      Permalink

      Buenos días Luis:

      Debe haber cotizado como mínimo 6 años por desempleo. En el régimen de autónomos no se cotiza por desempleo. Con respecto a los ingresos hay que hacer los cálculos con el salario bruto y las pagas extras prorrateadas. La cantidad total debe dividirla por tres y si no supera los 483,98 euros, cumplirá el requisito de carencia de rentas.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 09/05/2014 a las 18:30
    Permalink

    He leído que a la hora de pedir el subsidio por mayores de 55años computan como rendimientos mensuales las acciones y los fondos de inversión pero no entiendo como hay que calcularlos ya que mientras no los venda no tengo rendimientos reales ¿podría decirme como se hace el cálculo? Muchas gracias

    Respuesta
    • el 13/05/2014 a las 17:21
      Permalink

      Buenas tardes Pilar:

      A la cantidad que tenga invertida debe aplicarle el 4%, que es el tipo de interés legal del dinero actual, y dividirlo por doce para obtener el rendimiento mensual.

      Un saludo.

      Respuesta
      • el 14/05/2014 a las 20:11
        Permalink

        Muchas gracias por su respuesta, necesito una aclaración más sobre este tema, tengo que tener en cuenta el dinero que ingrese en su día o el valor actual de mis inversiones.

        Respuesta
  • el 09/05/2014 a las 21:06
    Permalink

    Muchas gracias de antemano por dedicarnos su tiempo.

    Mi caso es que, tanto mi marido como yo tenemos 57 años y dejamos de cobrar el paro en agosto de 2013 y septiembre de 2013, respectivamente. En octubre solicitamos el subsidio para mayores de 55 y nos lo denegaron porque excedíamos el 75% del SMI. Recurrimos y nos lo volvieron a denegar. Al parecer se basaron en la declaración de la renta del 2012 en la que los dos cobrábamos paro, pero cuando lo pedimos ya no lo cobrábamos.

    Este mes, una vez realizada la declaración de la renta, hemos vuelto a presentar la solicitud y a mi me ha sido denegada otra vez por exceder mis ingresos del 75% del SMI, no siendo verdad, ya que desde septiembre de 2013 solo he cobrado intereses de capital mobiliario por importe de 2500 euros. Veo que se han basado otra vez en la declaración de la renta del año anterior, en la que es verdad que superaba los 484 euros al mes hasta septiembre del 2013.

    Me temo que a mi marido también se lo van a denegar y otra vez vamos a entrar en la misma ruleta, por lo que no sé qué hacer; si hago un recurso me van a volver a contestar lo mismo y es injusto, ya que nuestros ingresos son mínimos.
    Todas las demás condiciones las cumplimos sobradamente, en cuanto a años cotizados, etc., etc.

    Mi marido también está en las mismas condiciones en cuanto a ingresos.

    Le agradecería muchísimo su opinión al respecto.

    Gracias

    Respuesta
    • el 13/05/2014 a las 17:26
      Permalink

      Buenas tardes:

      En la solicitud inicial del subsidio para mayores de 55 años sólo se tienen en cuenta las rentas del mes anterior que se mantienen en el mes en el que se presenta la solicitud. No pueden basarse en la renta de 2013 para denegarle el subsidio salvo que aparezcan rentas que se mantengan en el mes en el que realizó la presentación.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 11/05/2014 a las 08:26
    Permalink

    Buenos días, el 1 de Junio próximo me jubilo y por lo tanto se acaba el subsidio para mayores de 55 años que estoy percibiendo. Siempre he cobrado dicho subsidio el día 10 de cada mes. Este mes de Mayo, que es el último mes que debo percibir el subsidio, todavia no me lo han ingresado. Es normal que por ser el último mes se demore más ? Muchas gracias.

    Respuesta
    • el 14/05/2014 a las 15:43
      Permalink

      Buenas tardes José:

      No tiene por qué variar. Puede que al ser el día 10 sábado lo hayan ingresado el lunes.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 12/05/2014 a las 15:26
    Permalink

    Buenos días, en caso de cobrar el subsidio parcialmente por compatibilizarlo con trabajo a tiempo parcial, ¿la cotización a la seguridad social continua también a tiempo parcial?
    gracias

    Respuesta
    • el 19/05/2014 a las 12:11
      Permalink

      Buenos días:

      Cotizará tanto por su empleo, como por el subsidio. Por tanto, seguirá cotizando como si estuviera a jornada completa.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 13/05/2014 a las 01:53
    Permalink

    Hola, en la actualidad yo tengo concedido el subsidio para mayores de 55 años, que interrumpo en los meses de verano para trabajar en el sector de la hostelería, volviendo a solicitarlo una vez finalizada la campaña de verano.
    Este año, podrían contratar también a mi mujer (mayor de 55 años, y con más de 6 años cotizados) en el mismo restaurante donde yo trabajo, por lo que en el mes de octubre, finalizada la campaña de verano, nos despedirán a los dos. Mis preguntas son:

    -¿podemos cobrar los dos a la vez el subsidio para mayores de 55 años?,

    – En el caso en que SI podamos cobrar el subsidio los dos a la vez, si cada uno cobra 420 €, por poco que aumenten los ingesos (pequeña remuneración de cuentas, etc..), y sobrepasemos los 483 € alguno de los dos, nos los denegarían, a pesar de que nuestros ingresos procedan de dichos subsidio?.

    Muchísimas gracias, un saludo.

    Respuesta
    • el 14/05/2014 a las 16:19
      Permalink

      Buenas tardes Raul:

      Lo pueden cobrar los dos mientras que cumplan los requisitos. El propio subsidio no se considera renta.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 15/05/2014 a las 18:12
    Permalink

    Buenas tardes ,tengo concedido el subsidio de mayor de 52 años desdes el 2010 hasta el 2023 que es cuando cumplire los 65,mi pregunta es si me podre jubilar a los 61 años con 21 años de cotizacion.muchisimas graciad

    Respuesta
    • el 19/05/2014 a las 12:13
      Permalink

      Buenos días Isabel:

      Para jubilarse a los 61 años debe de tener 30 años cotizados como mínimo.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 16/05/2014 a las 16:54
    Permalink

    hola,soy una mujer de 56 años.cumplo con todos los requisitos para el subsidio de mayores de 56 años.me la han concedido,aunque solo voy a cobrar 68,16 porque a ultima hora me informan que lo que vas a cobrar es proporcional a los ultimos 6 meses y yo tenia un contrato de una hora diaria de lunes a sabado,lo cual me ha pillado de sorpresa.
    MI PREGUNTA ES: en el supuesto de que este verano consiguiera un contrato de tres meses a jornada completa…cual seria mi situacion a la hora de volver a pedir esta ayuda? podria tener acceso a los 420 euros?

    Respuesta
    • el 19/05/2014 a las 12:33
      Permalink

      Buenos días María Jesús:

      En caso de acceder al subsidio de nuevo por terminar un contrato a tiempo completo, debería percibir los 420 euros.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 16/05/2014 a las 20:03
    Permalink

    Buenas tardes, tengo 57 años y he cotizado 40 años. Próximamente finaliza la prestación de 24 meses que recibo por desempleo. Quisiera saber si tengo derecho al subsidio para mayores de 55 años ya que mi esposa trabaja media jornada por la que cobra 12.400 € Brutos/año y tengo una hija de 27 años que no trabaja.
    En caso de no tener derecho a este subsidio, ¿puedo optar a algún otro?.
    En estos subsidios ¿te cotizan para jubilación?
    Gracias anticipadas.
    Un saludo.

    Respuesta
    • el 19/05/2014 a las 12:37
      Permalink

      Buenos días Miguel:

      Con los datos que aporta no tendría derecho al subsidio ya que no cumple el requisito de carencia de rentas. Su hija de 27 años no entraría en la unidad familiar, y lo que gana su mujer se dividiría entre los dos, por lo que superaría el límite de 483,98 euros mensuales. No podría optar a otros subsidios ya que todos exigen el requisito de carencia de rentas. El subsidio para mayores de 55 años es el único que cotiza por jubilación.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 16/05/2014 a las 20:15
    Permalink

    hola, quisiera saber si me pueden ayudar. Tengo 45 años, sin cargas familiares. He solicitado el subsidio de desempleo de 45 años sin cargas familiares, ya que al agotar la prestación contributiva de desempleo no me qdo mas remedio q pedir esta. He recibido la notificación estos dias y me la han denegado, según el escrito que por agotamiento de la prestación de nivel contributiva sin haber aun cumplido los 45 años. Yo un mes antes de cumplir los 45 años ya no tenia prestación y a los dias de cumplir los 45 años, me llamaron a trabajar y me hicieron contrato por un mes, al acabar el mes me echaron, quiero saber q puedo hacer.?. Antemano muchas gracias por su dedicación.

    Respuesta
    • el 19/05/2014 a las 14:05
      Permalink

      Buenas tardes Ángel:

      Podría comprobar si cumple los requisitos para cobrar la Renta Activa de Inserción.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 18/05/2014 a las 10:55
    Permalink

    Buenos días sr. SanPer, estoy cobrando el subsidio para mayores de 52, que es el que me concedieron antes de cambiar la ley,¿ es cierto que cuando llegas a los 61 años y cumples los requisitos (33años) el sepe te deja de pagar el subsidio, y tienes que ir a la jubilación forzosa.?esta norma es actual o ya era sí de ley.gracias

    Respuesta
    • el 19/05/2014 a las 12:28
      Permalink

      Buenos días Alfredo:

      Cuando se está percibiendo el subsidio para mayores de 55 años, la jubilación a los 61 no es forzosa, pero si cumple los requisitos para acceder a ella, le retiran el subsidio se jubile o no. En su caso al estar percibiendo el subsidio para mayores de 52 años y no el de 55, se lo deberían de seguir pagando hasta los 65 años.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 19/05/2014 a las 17:00
    Permalink

    hola francisco, entonces no podria alegar?

    Respuesta
    • el 20/05/2014 a las 12:50
      Permalink

      Buenos días Ángel:

      No se podría, ya que uno de los requisitos es tener 45 años en el momento en el que finaliza la prestación por desempleo.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 22/05/2014 a las 20:04
    Permalink

    Buenas. Estoy encantada de haber encontrado este sitio. El señor SanPer tiene una paciencia de santo. Abusaré un poco más:

    He leído en varias respuestas que dice con absoluta claridad que para la primera solicitud de la ayuda de los 426€ se tiene en cuenta la renta del mes anterior que se mantiene en el de la solicitud. La pregunta es ¿cómo, con qué, demuestro que no he tenido rentas en abril y tampoco en mayo y que a lo que parece tampoco las voy a tener en junio, ni en julio, ni….

    Cuando he solicitado en el SEPE la ayuda, lo único que se ha tenido en cuenta es la última declaración de la renta, cobraba el paro entonces y superaba el 75% del S.M.I.

    Gracias anticipadas!

    Respuesta
    • el 23/05/2014 a las 11:50
      Permalink

      Buenos días Carmen:

      Debe reclamar la resolución por la que le deniegan el subsidio argumentando que usted no percibe rentas en el momento de la solicitud y que los ingresos que aparecen en la renta corresponden a la prestación por desempleo y ya no la cobra.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 25/05/2014 a las 23:51
    Permalink

    Buenos dias,

    por favor estoy cobrando el subsidio para mayores de 55 años.

    Quisiera saber si es compatible con la pensión de viudedad. Estabamos registrados como pareja de hecho y mi marido cobraba 485 euros de pensión mensual.

    muchas gracias por su respuesta,
    Ana

    Respuesta
    • el 28/05/2014 a las 14:47
      Permalink

      Buenas tardes Ana:

      Es compatible siempre que no sobrepase el límite de ingresos mensuales y siga cumpliendo el requisito de carencia de rentas.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 26/05/2014 a las 11:07
    Permalink

    Tengo 56 años, dos años en paro, este se termina en julio/14, al parecer con la nueva ley no tendré ninguna a ayuda al trabajar mi marido y superar la renta fijada.
    Tengo casi cuarenta años cotizados sin interrupción alguna, no encuentro trabajo.
    ¿Es posible no tener derecho a ninguna ayuda?En principio me dijeron que igual tendría 6 meses. ¿Tendría que hacer un convenio especial con la SS si no encuentro nada de trabajo? ¿Cuanto tiempo tengo para hacerlo una vez se finalice el paro?
    En caso de no poder pagar el convenio ¿cuando me podria julilar y que años me tendrían en cuenta?

    Respuesta
    • el 28/05/2014 a las 15:02
      Permalink

      Buenas tardes Pepa:

      Si cumple con el requisito de carencia de rentas propias, le podría corresponder el subsidio para mayores de 45 años que dura 6 meses como le han dicho. Si no encuentra trabajo no tiene por qué hacer un convenio especial con la SS, aunque si tiene la posibilidad quizás le pueda interesar para su jubilación. Puede hacerlo en los 90 días siguientes a terminar de percibir el paro. Se podría jubilar a los 61 años y en ese caso se tendrían en cuenta los últimos 22 años para el cálculo de la pensión.

      Un saludo.

      Respuesta
      • el 31/05/2014 a las 12:33
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        Cuando se termine el no tendré mas que las rentas de mi marido.
        ¿A que se refieren con rentas propias?
        Respecto a lo del convenio especial para mayores de 55 con la SS dicen que si no lo hago voy a perder mucho, si aguanto hasta los 61, mas desde los 61 a los 65 los porcentajes son muy elevados.
        En la vida laboral que me han enviado incluido la prestación por desempleo mi base de cotización era de 2.029,50€.
        La verdad no se lo que mas me conviene por que me han dicho que el minimo son 875,70€ y hay que pagar 232,97€. no se si me compensa o tirar la toalla si no me sale trabajo.
        Estoy un poco perdida, lo único que se es que he cotizado 39 años y creo que para nada.
        Saludos y gracias

        Respuesta
        • el 03/06/2014 a las 16:23
          Permalink

          Buenas tardes Pepa:

          Se refiere a cualquier ingreso que tenga usted ya sea de intereses, alquiler, seguros, etc. Con respecto al convenio especial con la Seguridad Social, hay un programa en su web con el que puede realizar una simulación de la pensión que le va a quedar. Con eso se puede hacer una idea de la diferencia entre su pensión si firma el convenio o no y si le compensa.

          Un saludo.

          Respuesta
          • el 17/06/2014 a las 12:49
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            Ante todo muchas gracias por toda su ayuda.
            Me comentaba que me podría jubilar con 61 años, naci el 6/3/58 por lo que sería en el 2019. Me aplicarían la ley antigua o la nueva.
            He leído que tendría que jubilarme el 1/1/2019 si no ya no podría me aplicarian la ley nueva al cumplir los 61 años en marzo. ¿es correcto)

          • el 28/08/2014 a las 17:25
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            Buenas tardes Pepa:

            Parece que ha habido un cambio de criterio y todo aquel que esté cotizando independientemente de si está trabajando o no, se regirá por la nueva ley. Había dos excepciones, los que perdieron el empleo antes de abril de 2013 y lo que se jubilen antes de 1 de enero de 2019 provenientes de un ERE, cierre concursal o acuerdos de empresa. Con el nuevo criterio adoptado por la Seguridad Social, están denegando las prejubilaciones a los 61 años.

            Un saludo.

  • el 27/05/2014 a las 11:05
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    Tengo 55 años he cotizado 32 años,en 2010 se me acabo el paro,mi mujer también se quedo en paro,tenemos un hijo estudiante,desde el 2010 no recibo ninguna ayuda,
    estoy apuntado al inem mi mujer y voy al inem y me dicen que tengo que tener trabajo durante tres meses y luego pedir subsidio,hay alguna posibilidad de cobrar algún subsidio con mis datos ( mayor 55 años,cotizados 32 años,todos los miembros de unidad familiar sin trabajo)

    Un saludo carlos

    Respuesta
    • el 28/05/2014 a las 15:09
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      Buenas tardes Carlos:

      Si llevan más de 12 meses inscritos como desempleados y cumplen el resto de requisitos, puede que les corresponda la Renta Activa de Inserción.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 27/05/2014 a las 23:27
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    Buenas noches, el mes que viene me finaliza el tercer RAI , tengo 57 años.
    En el SEPECAM me dicen que no tengo más ayudas.Tendría que cotizar 3 meses
    y entonces volveria a cobrar y si no esperarme 1 año.

    Alguna solución ?
    Por otra parte mi mujer trabajo cuando tenía 16 años de empleada de hogar y ahora ya no aparece, antes sí , tiene una discapacidad reconocida de un 59,9% pero nunca cobró nada de paro ni subsidio , como no ha cobrado nada dicen en el SEPECAM que no tiene derecho a cobrar nada ni el RAI modificado en el 2012.
    Alguna solución ?
    Gracias.

    Respuesta
    • el 28/05/2014 a las 15:16
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      Buenas tardes Damián:

      Si va a terminar el tercer RAI, ya no corresponden más ayudas. Tendrá que generar derecho a un nuevo subsidio, y para ello como le han dicho debe cotizar como mínimo 3 meses. Con respecto a su mujer, efectivamente para cobrar la RAI es necesario haber agotado prestación o subsidio. Está en la misma situación que usted, debe generar derecho a subsidio o prestación por desempleo cotizando.

      Un saludo.

      Respuesta
      • el 29/05/2014 a las 11:33
        Permalink

        Muchas gracias Francisco , una pregunta más.
        El próximo RAI lo cobro el día 10 de junio 426 euros y luego el 10 de julio
        unos 14 euros (un día) si encuentro trabajo para volver a cobrar que tendría
        que ser a partir del 10 de junio o de julio.
        Muchas gracias.

        P.d tenía entendido que a partir de 55 años te jubilaban y yo tengo 57
        pero veo que a los de nuestra edad , nos han dejado de lado.

        Respuesta
        • el 29/05/2014 a las 15:33
          Permalink

          Buenas tardes Damián:

          El trabajo lo podría comenzar en cualquier momento. Aunque no es compatible con la RAI y dejaría de percibirla, salvo que fuera a tiempo parcial.

          Un saludo.

          Respuesta
          • el 29/05/2014 a las 21:10
            Permalink

            Muchas gracias Francisco, pero si empezara el 11 de junio a trabajar y no el 11 de julio, y estuviera 3 meses , tendría luego algún problema en cobrar de
            nuevo ?

          • el 03/06/2014 a las 16:15
            Permalink

            Buenas tardes Damián:

            Si trabajara 3 meses, generaría derecho a cobrar subsidio y por lo tanto cobraría éste.

            Un saludo.

  • el 28/05/2014 a las 19:53
    Permalink

    hola quiero preguntar si vivir con una pareja sin ningun tipo de vinculacion familiar computan las rentas de ella para cobrar el subsidio de mayores de 55 años

    Respuesta
    • el 29/05/2014 a las 15:21
      Permalink

      Buenas tardes Gonzalo:

      Depende de si tienen algún hijo en común o no. Si lo tienen, el SEPE considera a su pareja como parte de la unidad familiar, estén registrados o no como pareja de hecho, y por tanto contarán sus ingresos para comprobar el requisito de carencia de rentas.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 29/05/2014 a las 14:08
    Permalink

    Buenos dias:
    Estoy cobrando el subsidio de 426€ desde el 1/3/13 y según una resolución lo tengo reconocido hasta el 2/1/2019 que es cuando cumplo los 65 años.
    Es verdad que al cumplir los 61 años van a dejar de pagármelo y van a obligarme a
    jubilar?
    Tengo cotizados 37 años.
    Gracias.

    Respuesta
    • el 03/06/2014 a las 16:12
      Permalink

      Buenas tardes María:

      Sí se lo dejarían de pagar, ya que desde el 15 de julio de 2012 se modificó la duración del subsidio hasta que se cumpla la edad para jubilarse en cualquier modalidad para la que se cumplan los requisito. En cualquier caso, no la pueden obligar a jubilarse, simplemente dejaría de percibir el subsidio.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 01/06/2014 a las 09:28
    Permalink

    Llevo cobrando dese hace unos años el subsidio de desempleo por mayor de 52 años, ¿si me llaman del INEM para un empleo de 3 meses, me pueden denegar luego la reanudacion del subsidio, ya que con la reforma de la ley ahora se tiene en cuenta los ingresos de tu esposa como unidad familiar y cuando me lo concedieron no?
    ¿Me perjudicaría el aceptar el empleo? ¿Que hago?

    Respuesta
    • el 03/06/2014 a las 16:50
      Permalink

      Buenas tardes Antonio:

      En principio no debería tener problema ya que va a solicitar la reanudación del subsidio que tenía anteriormente que es el de 52 años. Además, en determinados casos puede compatibilizar el cobro del subsidio con el trabajo.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 05/06/2014 a las 15:02
    Permalink

    Buenas tarde, mi padre tiene mas de 55 años y cumple los requisitos para la ayuda para mayores de 55. Cuando fue a pedir dicha ayuda le dijeron que tenia que darse de alta 3 meses. Mi pregunta es si le vale un contrato a media jornada para dicha alta o tiene que ser una a jornada completa? Muchas gracias

    Respuesta
    • el 09/06/2014 a las 12:38
      Permalink

      Buenas tardes:

      Puede ser a media jornada, pero entonces percibirá la mitad del subsidio. Para cobrar los 426 euros, el contrato tendrá que ser a jornada completa.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 09/06/2014 a las 15:24
    Permalink

    Hola buenos dias , tengo 56 años y un año cobrando la ayuda a mayor de 55 , mi pregunta es cuantos dias tengo para firmar la renovacion de dicha ayuda . Tengo 32 años cotizados , esta ayuda cotiza ? . Podre jubilarme a los 61 ? Y cual seria la cuantia minima de mi jubilacion ? Muchas gracias

    Respuesta
    • el 18/06/2014 a las 17:03
      Permalink

      Buenas tardes Francisco:

      Debe presentar la declaración de rentas en los quince días siguientes a que se cumplan doce meses desde que se originó el derecho a percibir el subsidio. Mientras que se percibe el subsidio se cotiza por jubilación. En principio se podría jubilar a los 61 años si su situación sigue igual. Con respecto a la cuantía dependerá de lo que haya cotizado. Al jubilarse anticipadamente, la cantidad que le corresponde se verá reducida.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 10/06/2014 a las 01:58
    Permalink

    hola he aportado 5 años regimen general y 18 meses auotonomo tengo derecho a la ayuda para mayores de 55 años ya q en julio cumplo los 57 años
    gracias

    Respuesta
    • el 18/06/2014 a las 16:53
      Permalink

      Buenas tardes Mabel:

      No puede percibir el subsidio para mayores de 55 años ya que como mínimo es necesario haber cotizado 15 años.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 11/06/2014 a las 09:41
    Permalink

    Hola, mi caso: he trabajado por cuenta ajena mas de 20 años, posteriormente he trabajado de autonomo como 8 años, soy mayor de 60 años y creo que podria solicitar la ayuda a mayores de 55 años, pero me dicen que para solicitarla tengo que cotizar por cuenta ajena al menos tres meses y que me despidan. Podrian indicarme si es correcto ? y si consiguiera que me contrate una empresa al menos durante ese plazo tendria derecho a que me la concedieran ? Muchas gracias

    Respuesta
    • el 18/06/2014 a las 17:08
      Permalink

      Buenas tardes Arturo:

      Efectivamente, para poder acceder al subsidio de mayores de 55 años es necesario tener derecho a subsidio o haber terminado de percibir uno. Una de las formas de generar este derecho es mediante un contrato de tres meses de duración en una empresa. Para saber si se la concederían sería necesario conocer si usted o el resto de personas que forman su unidad familiar obtienen algún tipo de rentas.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 11/06/2014 a las 12:18
    Permalink

    actualmente cobro subsidio 426 hasta los 54 años.Si no encuentro trabajo que pasara conmogo?tengo cargas familiares dos hijos les paso pension alimenticia por ser diborciado.tambien si logro enganchar con el subsidio 55.tengo 31 mes y 8meses cotizados dicen que hay que tener un minimo de 2 años antes de los ultimos 15 años ultimos yo de momento creo queo tengo 1 año ,una duda esos 15 años desde cuando empieza y los 2 años cotizados si se llegara el caso que me juvilara a los 61 como la mayoria de mis compañeros del trabajo pero ellos les pillo mas mayores que yo.me quedara algo de juvilacon?(con esos 31 año y 8 meses cotizados)cotiza algo el subsidio de los 55 años?aclararme un poco la situaccion.

    Respuesta
    • el 18/06/2014 a las 17:13
      Permalink

      Buenas tardes Raul:

      Debe tener 2 años cotizados dentro de los últimos 15 años anteriores a la solicitud. Si llegase a percibir el subsidio para mayores de 55 años, cotizaría por jubilación. En caso de jubilarse a los 61 años, la cantidad percibida se vería reducida al jubilarse anticipadamente.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 12/06/2014 a las 11:21
    Permalink

    Hola, buenos dias (por decir algo) agradezco su labor dando información a todos los desempleados. Mi caso es: tengo 63 años,he cotizado en mi vida laboral 15 años y 3 meses, vivo solo, actualmente tengo concedida el salario social, aunque todavia no empece a cobrarlo. Por no cumplir algunos requisitos no tengo derecho a la ayuda para mayores de 55 años. Ahora o cuando a cabe el salario social, que son 6 meses, que hago para conseguir la ayuda para mayores de 55 años? muchisimas gracias

    Respuesta
    • el 18/06/2014 a las 17:16
      Permalink

      Buenas tardes Carlos:

      Tendría que saber el motivo por el que le deniegan el subsidio para darle una respuesta más completa, pero lo que es seguro es que como mínimo deberá trabajar tres meses por cuenta ajena para generar derecho a subsidio y así estar incluido en una de las situaciones por las que se concede el subsidio.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 13/06/2014 a las 21:28
    Permalink

    Buenas tardes,

    Tengo una consulta que hacerles.

    Mi madre esta cobrando el subsidio para mayores de 55 años. Ella tiene desde hace años unos ahorros en una cuenta-ahorro en el banco.
    Me voy a comprar una vivienda y ella me va a prestar el 20% que necesito para que me den la hipoteca. Tengo entendido que si no se trata de una “donacion” , el préstamo queda exento de impuestos y se puede acreditar y formalizar un prestamo entre familiares indicando importes de cuotas, vencimiento del préstamo y intereses, en este caso 0%. Demostrando que es real (en este caso lo es) no supone ningun problema.
    Ahora bien, teniendo en cuenta que mucha gente haría esto para ahorrarse el impuesto de donación, me recomiendan que todos los pagos que haga sean por transferencia bancaria a la cuenta de donde salió este dinero. Dando el dinero en mano, a pesar de hacer cualquier recibo firmado, el pago no queda reflejado, y Hacienda podria dudar de que el préstamo fuera una manera de encubrir una posible donación y nos traería problemas.

    La pregunta que yo tengo es:

    Si yo efectúo una transferencia cada mes a mi madre, ¿podrían cancelarle el subsidio por considerar que le estoy dando un dinero, cuando lo que en realidad estoy haciendo es devolverle un dinero prestado que ya tenía depositado en una cuenta incluso antes de que le aceptaran el subsidio?

    Haber si me podéis ayudar a aclararme, pues solo faltaría que encima de que me ayuda prestandome un dinero, a la hora de devolverselo le cancelen el subsidio por considerar que le estoy regalando el dinero…..

    Muchas gracias por su atencion y un saludo.

    Respuesta
    • el 18/06/2014 a las 17:31
      Permalink

      Buenas tardes Ana:

      No debería tener problemas ya que lo que se tendría en cuenta como renta sería el rendimiento obtenido por el dinero prestado, es decir, el tipo de interés. Si tuvieran cualquier problema bastaría con probar que los ingresos corresponden al préstamo entre ustedes.

      Reciba un cordial saludo.

      Respuesta
  • el 15/06/2014 a las 16:38
    Permalink

    hola buenas tardes: estoy cobrando el subsidio mayores de 55 años.mi pegunta es :cada cuanto tiempo se renueva .mughas gracias,

    un saludo

    Domingo.

    Respuesta
    • el 18/06/2014 a las 17:17
      Permalink

      Buenas tardes Domingo:

      Cada año hay que presentar la declaración de rentas para renovar el subsidio.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 16/06/2014 a las 22:42
    Permalink

    Hola buenas noches,
    Mi marido tiene 62 años. 28 años cotizados, unos como reg. General y otros como Autonomo. Del 2004 hasta noviembre 2013 como Autonomo, los anteriores como regimen General. En noviembre de 2013, la seg.social le dio de baja de autonomos, por tener durante los tres ultimos años impagos de cuotas, que debido a la crisis no pudo pagar, y finalmente dejo de trabajar en Agosto de 2013. Pero no se dió de baja por si volvia a hacer otro negocio. Tiene derecho al subsidio para mayores de 55 años ? El cotizaba en el maximo de autonomos por 1500€, y con la opcion de desempleo. Yo tampoco tengo trabajo ni derecho a nada, tengo 39 años, y tambien en la misma situacion que el. Tenemos un hijo menor.
    Gracias por tus respuestas.

    Respuesta
    • el 20/06/2014 a las 11:57
      Permalink

      Buenas tardes Mónica:

      No tendría derecho ya que darse de baja de autónomo no se considera situación legal de desempleo.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 18/06/2014 a las 12:25
    Permalink

    Buenos dias.
    Actualmente estoy cobrando el subsidio mayor de 55 años, vendo mi piso pero compro otro, afecta algo al cobro del subsidio

    Respuesta
    • el 22/08/2014 a las 12:43
      Permalink

      Buenos días Roberto:

      La venta del piso afectará a su subsidio ya que percibirá unas rentas que probablemente superen el límite para cobrarlo.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 19/06/2014 a las 09:26
    Permalink

    buenos dias, estoy cobrando la prestación de mayores de 55 años y tengo un plan de pensiones que quiero rescatar puesto que con 426 € no me alcanza , puedo rescatarlo sin que me quiten la prestación ?

    Respuesta
    • el 22/08/2014 a las 12:41
      Permalink

      Buenos días Josep:

      Depende de la cantidad que perciba. Debe de tener en cuenta que el rescate se considerará renta, por lo que debe cumplir el límite del 75% del SMI.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 20/06/2014 a las 16:50
    Permalink

    Buenas tardes San Per. Mi pregunta es, el paro se me termina en diciembre y tendria que pedir el subsidio para mayores de 55 años, por las rentas que tengo no me correspondería pero la empresa al despedirnos suscribió un convenio especial con la SS que tubo que abonar en un solo pago, ¿me lo podría yo deducir de las rentas para poder conseguir el subsidio, al no llegar a los 483€?, me imagino que tendria que prorratear el dinero que ingreso la empresa por los meses que me queden para jubilarme y sumario a mis rentas, ¿es así o estoy equivocado?. Muchas gracias y un saludo.

    Respuesta
    • el 22/08/2014 a las 12:40
      Permalink

      Buenos días Juan:

      Las cantidades abonadas al Convenio especial con la Seguridad Social sólo se pueden descontar de las rentas, en caso de que la persona reciba dinero destinado a usarlo para ese fin, generalmente por un acuerdo con la empresa en el despido. En su caso la empresa abonó en un pago a la Seguridad Social el convenio especial por lo que entiendo que no se debería de descontar de sus rentas.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 22/06/2014 a las 18:54
    Permalink

    Buenas tardes: tengo 57 años y en agosto termino de cobrar el subsidio de desempleo (he cobrado 24 meses) cumplo todas las condiciones requeridas, pero tengo dudas con la renta. Dispongo de una segunda vivienda que he tenido que alquilar para poder pagar la hipoteca de la misma (las cuotas hipotecarias y los gastos de comunidad prácticamente igualan lo percibido del alquiler). Mi duda es si consideran esta renta como tal y no tienen en cuenta la finalidad de la misma.
    Por otra parte mi esposa está cobrando el subsidio de desempleo y le queda algo más de un año, entiendo que cuenta como renta familiar, pero en Baleares, la comunidad donde resido, existe por defecto separación de bienes y efectuamos la declaración de la renta por separado. ¿Me pueden imputar como renta parte de sus ingresos por el subsidio que cobra?
    Gracias por su contestación y felicidades por la utilidad del consultorio.

    Respuesta
    • el 22/08/2014 a las 12:25
      Permalink

      Buenos días Gabriel:

      La renta del alquiler la tendrán en cuenta al igual que las rentas que reciba su esposa ya que se tienen en cuenta todas las que perciban los miembros de la unidad familiar que convivan con usted. Esa cantidad se dividirá por el número de miembros de la unidad familiar y si no supera el 75% del SMI, cumplirá el requisito de carencia de rentas.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 25/06/2014 a las 19:26
    Permalink

    Buenas Tardes:
    Tengo 57 años, y cobro la ayuda para mayores de 55 años.
    Mi preguta es si puedo trabajar algunas horas al mes, y seguir precibiendo la ayuda.
    En el caso de ser posible no deberia cobrar mas de 483€? y que tipo de contrato me deberian hacer?.
    Muchas gracias y un saludo.

    Respuesta
    • el 29/08/2014 a las 10:12
      Permalink

      Buenos días José María:

      Puede compatibilizar el trabajo a tiempo parcial con la percepción del subsidio. Efectivamente deberá de seguir cumpliendo el requisito de carencia de rentas por lo que no podrá cobrar en bruto teniendo en cuenta las pagas extras y el resto de rentas que pudiera tener usted y las rentas de su cónyuge e hijos si conviven con usted, más de 483 euros al mes por persona.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 27/06/2014 a las 22:00
    Permalink

    hola buenas noches,tengo 54 años, casi 55 que los cumplo en agosto.estoy cobrando la rai.¿queria saber si cuando cumpla los 55.puedo pedir la ayuda de los 55.y dejar la rai.? cumplo todos los requisitos.me gustarias que me ayudaran a informarme.muchas gracias un saludo

    Respuesta
    • el 29/08/2014 a las 10:09
      Permalink

      Buenos días Cayetano:

      Para poder cobrar el subsidio para mayores de 55 años es necesario tener derecho a subsidio o estar percibiendo uno. La RAI no se considera un subsidio, por lo que para poder solicitarlo debe generar derecho a subsidio. Como mínimo tendrá que trabajar tres meses en un régimen que cotice por desempleo.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 29/06/2014 a las 05:53
    Permalink

    Hola estupendo foro de ayuda, quería aprovechar para preguntar una duda que tengo sobre la ayuda de mayores de 55 y sobre el nuevo paro al desempleo de los autonomos, quería saber si esta ayuda tiene en cuenta la cotizacion del paro de los autonomos para completar los 6 años de cotización que se piden para acceder a esa ayuda. Gracias y espero su atenta respuesta.

    Respuesta
    • el 29/08/2014 a las 10:05
      Permalink

      Buenos días José:

      La cotización para la prestación por cese de actividad de los autónomos no cuenta para los 6 años que se debe de cotizar en un régimen que cotice por desempleo para solicitar el subsidio para mayores de 55 años.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 29/06/2014 a las 19:16
    Permalink

    Hola,buenas tardes!
    Cada ańo trabajo con una empresa 3-4 meses al ańo y tenia contrato temporal.En junio 2012 me h cambiado contrato a FIJO DISCONTINUO.Este ańo en enero h cumplido 55 anos.No puedo solicitar subsidio para mayores de 55 ańos por culpa este contrato que tengo ahora.Pero trabajo poco y solo este maximun 4 meses y no puedo sobrevivir.
    Mi pregunta es:he contrado otro trabajo,tambien para algunos meses en verano (en mismo tiempo donde trabajo como fija discontinua),pero me dan contrato temporal.?Puedo dejar voluntario este primero trabajo y ir trabajar a otro para despues de terminar trabajo poder solicitar subsidio para mayores de 55 ańos?
    Por favor dar me algun consejo para hacer todo bien.Un saludo
    Jolanda

    Respuesta
    • el 29/08/2014 a las 10:02
      Permalink

      Buenos días Jolanta:

      Podría hacer lo que comenta, dejar en primer lugar de forma voluntaria su trabajo fijo discontinuo y comenzar después a trabajar con el contrato temporal. Una vez que acabe podrá solicitar el subsidio para mayores de 55 años si cumple con los requisitos.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 02/07/2014 a las 19:06
    Permalink

    llevo tres meses que me he dado de baja de autonomo y encotrado trabajo por un mes de remplazo , por la seguridad social y tengo 57 años tengo derecho a cobrar la ayuda porque el autonomo no me entra paro por pagar el minimo drante tres ultimos años,, y tengo acotizado 16 años,, entre autonomo y seguridad social gracias

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 12:07
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      Buenos días Luisa:

      Dependerá de si está en alguna de las situaciones enumeradas en la entrada, como tener derecho a subsidio o terminar de cobrar uno. También si tienen por lo menos 6 años cotizados en un régimen en el que se cotice por desempleo.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 03/07/2014 a las 15:00
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    Hola, esta es mi consulta: tengo 55 años y 15 años cotizados, hace tres años que estoy apuntado al paro pero sin derecho a prestación. ¿puedo solicitar la ayuda de mayores de 55 años?. Mi esposo cobra una pensión de Gran Invalidez ¿afecta esta retribución para cobrar la ayuda?. gracias de antemano.

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 12:25
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      Buenos días Inmaculada:

      Si no tiene derecho a prestación o subsidio o ha terminado de cobrar alguno de ellos, salvo que esté en alguna de las otras situaciones que se enumeran en la entrada, no tiene derecho a cobrar el subsidio.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 04/07/2014 a las 18:40
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    Tengo 59 años y he pedido el subsidio para mayores de 55 años mi situacion es la siguiente:
    -Estoy en desempleo
    -Tengo unas rentas mensuales por capital inmobiliario de 611,07 €
    -Mi mujer no tiene ingresos y tenemos Regimen de Bienes Gananciales
    -He cotizado 3 meses y medio antes de solicitar la ayuda
    Y me la han denegado segun su escrito por superar el 75 % del S.M.I. cuando tengo entendido que la suma total de los ingresos se tiene que dividir entre los miembros de la unidad familiar y no superar los 483,98 € y en mi caso la suma de mis rentas dividida entre 2 personas seria de 305,54 € .
    Muchas gracias

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 12:17
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      Buenos días José Antonio:

      Hay que cumplir dos requisitos en cuanto a las rentas. Por un lados no tener ingresos personales mayores a los 483,98 euros, que es el que usted no cumple ya que gana 611,07 euros. Y por otro lado los ingresos familiares que no superen los 483,98 euros por persona que forma la unidad familiar, que es el que cumple ya que ingresan 305,54 euros por persona. Por tanto no cumple el requisito de carencia de rentas por lo que no le correspondería percibir el subsidio.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 07/07/2014 a las 11:42
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    ¿Qué significa Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años? No entiendo.

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 12:21
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      Buenos días Manuel:

      Hay determinados regímenes en la Seguridad Social en los que no se cotiza por desempleo. Por ejemplo, las empleadas de hogar y los autónomos no cotizan por desempleo. En cambio, en el régimen general si se cotiza por desempleo. Necesita como mínimo 6 años cotizados por desempleo para tener derecho a percibir el subsidio para mayores de 55 años.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 11/07/2014 a las 09:52
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    Buenos Días,
    Tengo una consulta por si me pudieran ayudar.
    Tengo 61 años y 40 cotizados, en Agosto se me acaba el desempleo.
    Puedo pedir el subsidio de desempleo para mayores de 55 años, o me obligarán a jubilarme anticipadamente.
    un saludo y Gracias.

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 12:37
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      Buenos días Manuel:

      No se lo van a conceder ya que cumple los requisitos para acceder a la jubilación anticipada. Eso no quiere decir que se tenga que jubilar anticipadamente por obligación, simplemente que no tiene acceso al subsidio.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 13/07/2014 a las 23:26
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    Hola,
    Mi marido ha pedido la ayuda mayores 55 años y la han denegado porque yo cobro 1020 de pensión. Tenemos una hipoteca de 450 € mensuales. Puedo recurrir y conseguir algo?, solo cuentan los ingresos, me parece muy injusto. Gracias.

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 12:35
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      Buenos días María:

      Efectivamente sólo se tienen en cuenta los ingresos. Si no cumple el requisito de carencia de rentas no hay nada que hacer.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 16/07/2014 a las 22:33
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    Estando cobrando la prestacion contributiva de paro dos años, el primer año de paro trabaje cuatro meses, el segundo dos meses, cuando acabe de cobrar el paro me dieron el subsidio de paro seis meses 426-€, acabado los seis meses de subsidio, si trabajo siete meses, serian trece meses trabajados y tendria derecho a prestacion contributiva de cuatro meses, o al haber cojido el subsidio se pierden los seis meses cotizados de antes. Gracias

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 12:41
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      Buenos días Esperanza:

      Entiendo que para concederle el subsidio, se utilizaron los meses que cotizó cuando trabajó durante la prestación por desempleo, por lo que esos seis meses no cuentan para generar un nuevo derecho de prestación contributiva.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 18/07/2014 a las 09:17
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    Buenos dias. Mi hermana tiene 55 años cumplidos y una incapacidad reconocida del 71 %. Actualmente está trabajando a media jornada y le mantienen la pension, pero en breve se le acabará el trabajo y de ahí la siguiente pregunta : Como no ha cotizado suficiente para cobrar desempleo, ¿Puede solicitar el subsidio para mayores de 55 años ? ¿ este subsidio será compatible con su pension de incapacidad ? Gracias anticipadas.

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 14:53
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      Buenas tardes Salvador:

      Sí que podría solicitar el subsidio si cumpliera con los requisitos. La pensión de incapacidad es compatible siempre que se cumpla el requisito de carencia de rentas.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 18/07/2014 a las 13:49
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    Estoy cobrando el subsidio de mayores de 55 anos , pero si me ofrecen un trabajo de 20 horas semanales cuando se termine dicho contrato podria poder solicitar de nuevo el subsidio de mayores de 55 y cobraria lo mismo o en funcion del ultimo empleo

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 14:47
      Permalink

      Buenas tardes Paqui:

      Si con el sueldo que va a percibir no cumple el requisito de carencia de rentas debe suspender el cobro del subsidio. Cuando se acabe el contrato puede solicitar la reanudación del subsidio suspendido, siempre que no hayan pasado más de 360 días, y debería seguir cobrándolo en las mismas condiciones.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 21/07/2014 a las 18:52
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    Hola
    Tengo 53 años, en enero de 2013 se me acabó la prestación por desempleo durante dos años y me concedieron el subsidio de 426 € con cargas familiares durante 900 días, de los cuales he consumido 1 año ya que encontré trabajo en marzo de 2014 y llevo 5 meses cotizando pero me han dicho que la empresa como mucho cerrará en diciembre.
    Si reanudo el subsidio tendré 55 cuando lo acabe, podré acogerme al subsidio de 55 años??
    Tengo cotizados 33 años, siempre por cuenta ajena.
    Muchas gracias

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 12:49
      Permalink

      Buenos días Margarita:

      Si cumple con el resto de requisitos, como el de carencia de rentas en el momento de la solicitud, podrá percibirlo. Siempre se concede éste antes que otro subsidio ya que es mas beneficioso para el trabajador.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 22/07/2014 a las 13:21
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    Buenos días, mi pregunta es la siguiente: somos un matrimonio y los dos cumpliremos 55 años a en esa fecha acabaremos con nuestro paro, la ayuda a mayores de 55 nos y cumpliendo con todos los requisitos nos corresponde a los dos o solo a uno, Gracias

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 15:02
      Permalink

      Buenas tardes:

      Si cumplen con los requisitos los dos, la pueden cobrar los dos. El problema sería el requisito de carencia de rentas, pero si no tienen ningún ingreso además del subsidio que les haga pasar de los 483,98 euros mensuales, es posible que lo cumplan los dos.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 22/07/2014 a las 15:00
    Permalink

    Buenas tardes:
    Parado de larga duración, mayor de 55 años, sin cargas familiares, extranjero perteneciente a la UE (espacio Schengen), cotizado 15 años (los últimos 5 años en España).
    Pregunta: para tener derecho al subsidio mayor de 55 años, ¿cuantos meses tengo que trabajar 3 ó 6 meses?

    Respuesta
  • el 22/07/2014 a las 15:26
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    Aclaración:
    Todo el tiempo trabajado ha sido por cuenta ajena.

    Saludos y muchas gracias por colaborar de forma desinteresada y ayudar a gente sin recursos.

    Respuesta
  • el 22/07/2014 a las 16:58
    Permalink

    Hola:
    Mi pregunta es la siguiente. Mi hermano lleva más de 25 años sin ningún tipo de ingreso y sin estar apuntado al paro. Ahora mismo tiene 58 años. Por edad sí que podría pedir el subsidio de mayores de 55 años, pero ¿puede solicitarlo sin tener ningún certificado de su último trabajo (hace mucho)?. Por lo que veo en la página del SEPE, primero es apuntarse, esperar un mes y luego solicitar el subsidio. ¿Podría solicitarlo?

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 14:54
      Permalink

      Buenas tardes Cristina:

      No le concederían el subsidio ya que no ha cotizado dos años dentro de los últimos quince años.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 23/07/2014 a las 15:05
    Permalink

    Buenas tardes:
    Olvidé aclarar que mi última prestación se me terminó en enero de 2013, entonces no completaba los 15 años cotizados para enlazar con el subsidio de mayores de 55 años. Actualmente no tengo ningún ingreso (sí 15 años cotizados por convenio especial) pregunté en el teléfono de información del sepe y me dijeron que al no tener cargas familiares tengo que trabajar 6 meses, pero según la normativa no lo tengo claro, pues éste es un subsidio especial. Sr. Sanper espero su opinión.

    Muchas gracias

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 14:59
      Permalink

      Buenas tardes:

      Al no tener responsabilidades familiares, debería trabajar por lo menos seis meses para generar el derecho a subsidio y así poder solicitar el subsidio para mayores de 55 años.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 24/07/2014 a las 14:34
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    hola : tengo 56 años y de 29 a 30 años cotizados . mi pregunta es termine el paro el 22 de junio de 2014 espere un mes y fui a pedir el subsidió o la ayuda de los 55 años , cobro una paga k esta por debajo del 75% . pero el año pasado por unas preferentes k el banco Sabadell me las paso acciones sin otra opción si no perdía el dinero , me dieron unos beneficios . resumiendo esos beneficios me los han unido a lo k cobro por la minusvalía y me dicen k no me van a conceder la ayuda de los 55 años . se supone k de esos beneficios el banco a retenido los impuestos k tocan . espero su respuesta gracias un saludo jose

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 15:29
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      Buenas tardes José:

      Se deben de tener en cuenta los ingresos en el mes de la solicitud. Si esos ingresos corresponden al año pasado no se deberían de tener en cuenta y más siendo un ingreso esporádico. Debería de presentar una reclamación sobre la resolución.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 25/07/2014 a las 12:52
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    Buenos días Francisco, le explico mi caso: tengo 54 años, más de 15 cotizados como autónomo y dos a tiempo parcial en el régimen general, creo que cumplo todos los requisitos para pedir la ayuda de mayores de 55 excepto que no tengo 6 años cotizados al desempleo, acabo de anular la ayuda familiar ya que mi hijo a empezado a trabajar, mi pregunta es si trabajando con un contrato durante 3 meses a tiempo completo tendría derecho a cobrar la ayuda de 426€, muchas gracias por su atención.

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 15:25
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      Buenas tardes Javier:

      No tendría derecho a cobrar el subsidio ya que no tiene los 6 años cotizados por desempleo.

      Un saludo

      Respuesta
  • el 28/07/2014 a las 20:00
    Permalink

    Hola,
    En Febrero/14 se me acaba la prestación por desempleo, tendré 55 años. Entiendo que puedo solicitar el subsidio, mi esposa no trabaja y tengo 2 hijos de 15 y 25 años. Este último trabaja y gana unos 1200 Euros brutos/mes. Mi pregunta es la siguiente: cuando mi hijo cumpla los 26 (Abril/14) deja de pertenecer a la unidad familiar y sus ingresos ya no se imputan a la misma? o al convivir con nosotros, se siguen computando?

    Gracias y saludos

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 15:17
      Permalink

      Buenas tardes Mariano:

      No se debe de tener en cuenta ya que no tiene menos de 26 años y por tanto no forma parte de la unidad familiar salvo que tenga algún tipo de discapacidad.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 30/07/2014 a las 22:21
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    Buenas noches, tengo cotizado 26 años de los cuales los 12 últimos son como autónoma con fecha 31.12.13 presenté mi baja en la Seguridad Social ya que la empresa entró en concurso de acreedores, solicité a mi mutua el pago de la prestación de desempleo por cese de actividad, la cual me fue concedida por un período de 6 meses, es decir hasta el 30 de junio, me he dirigido al INEM para solicitar la ayuda a mayores de 55 (me inscribí como desempleada el 27 de enero) y me comentan que necesito un contrato de 3 meses, lo cual me ha quedado claro en otras respuestas que Vd. ha dado, lo que no entiendo muy bien es que si el dinero que he percibido de la mutua (aproximadamente unos 6.600 euros) se considera renta porque en ese caso superaría los 484 euros mensuales por persona ya que vivo sola y no tengo hijos a mi cargo, si me lo pudiera aclarar le quedaría muy agradecida.

    Respuesta
  • el 02/08/2014 a las 00:35
    Permalink

    Hola, desde el año 2001 le concedieron a mi suegra ( habiendo cotizado 12 años o así) el subsidio para mayores de 52 hasta la fecha de la jubilación a los 65 en la que creíamos que iba a cobrar la jubilación entonces recibimos una carta donde dice que tras el reconocimiento del derecho a percibir ese subsidio en el año 2001 según un informe mi suegra no reúne el periodo de cotización genérico de 15 años por lo que se revoca el pago y se le insta a devolver lo cobrado en los últimos 4 años 20036 euros, La pregunta es ellos tenían la misma documentación entonces que ahora ¿Porqué concedieron el subsidio? ¿Si el error es suyo nos pueden obligar a devolver el dinero habiendo pasado 13 años desde el comienzo del cobro?

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 16:40
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      Buenas tardes Eugenia:

      Entiendo que si en su momento no cumplía con los requisitos, a pesar de que se concediera por error, debería devolver las cantidades percibidas de forma incorrecta. Como el resto de años han prescrito, sólo le solicitan cuatro. De todas maneras le recomiendo consultar con un abogado por si existiera algún recurso posible.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 02/08/2014 a las 00:35
    Permalink

    Gracias por toda la información de la web.

    Respuesta
  • el 02/08/2014 a las 07:18
    Permalink

    Hola quisiera saber si mi mama de 58 años puede obtener este plan de desempleo ya que le falta dos años para jubilarse y vive con el marido de 65 años que aun no cobra la jubilacion .gracias

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 16:14
      Permalink

      Buenas tardes Sabrina:

      Debe comprobar si cumple con los requisitos enumerados en la entrada. Como mínimo debe hacer cotizado 15 años.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 03/08/2014 a las 19:42
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    Buenas tardes, un saludo.
    Mi pregunta es la siguiente.- En la actualidad tengo cotizados en el Régimen General 38 años y 6 meses. Llevo parado desde agosto de 2011 y tengo 57 años cumplidos. Me han denegado la ayuda familiar ya que percibí una cantidad por el Fogasa y además como tengo algo de agricultura ,el año pasado me denegaron la ayuda familiar y en la declaración he tenido que pagar una cantidad excesiva de 4700 euros.
    ¿Qué requisitos necesito para cobrar la ayuda familiar?
    Hasta mi jubilación, si es que no encuentro trabajo, que me quedaría a mí de pensión si no cotizo más..?? que me aconseja hacer?
    MUCHAS GRACIAS POR TODO. UN SALUDO.

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 16:12
      Permalink

      Buenas tardes Manuel:

      Los requisitos para acceder al subsidio para mayores de 55 años los puede leer en la entrada. En la web de la Seguridad Social puede encontrar un programa con el que realizar una simulación de la jubilación que va a percibir. Para aumentar la cotización a la jubilación podría firmar un Convenio Especial con la Seguridad Social.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 04/08/2014 a las 18:59
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    Me gustaria saber si la pensión alimenticia pasada a hijos de anterior matrimonio, son deducibles de las rentas, para acceder al subsidio para personas mayores de 55 años, gracias por su atención-

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 16:06
      Permalink

      Buenas tardes Vicente:

      Este tipo de gastos no deducen para el requisito de carencia de rentas del subsidio para mayores de 55 años.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 05/08/2014 a las 19:39
    Permalink

    Mi madre solicitó en su momento el subsidio por desempleo, pero como venía de un contrato a jornada parcial lo cobró parcialmente hace un año. Posteriormente se incorporó de nuevo a trabajar con un contrato a jornada parcial de 25 hora y ahora lo ha completado con otro contrato a jornada parcial( comenzó este segundo en agosto) de 15 horas.Ambos contratos terminan el 14 de Octubre y son de dos empresas distintas y juntos suman 40 horas.Son por obra y servicio con lo que el 14 de Octubre queda en paro sin derecho a prestación porque no ha cotizado lo suficiente. Debe reanudar el subsidio de mayores de 55 años pero ahora viene de dos contratos parcialres que suman 40 horas y mi pregunta es debe reanudar el subsidio con las condiciones iniciales o se modifican al venir de otros contratos?

    Cobraría el subsidio completo al venir ahora de dos contratos parciales pero que suman 40 horas y que terminan el mismo día??

    Cobraría el subsidio sólo por el contrato de 15 horas que fue el último a pesar de que los dos terminan el mismo día.

    Gracias.

    Respuesta
    • el 02/09/2014 a las 11:42
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      Buenos días:

      Si el subsidio está suspendido, cuando se reanude al terminar los contratos, será con las condiciones que tuviera antes de su suspensión, es decir, lo cobraría de forma parcial.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 08/08/2014 a las 00:18
    Permalink

    Muy buenas noches. Antes de nada muchas gracias por la información. Tengo casi 55 años, me acabo de separar victima de violencia de genero. Tengo 12 años cotizados en mi juventud. Cobré mi desmpleo en su momento y cuando cumplí los 45 años cobré la Rai. Ahora que no tengo ningun ingreso y una hija menor, me gustaría saber si tengo derecho a algún subsidio o prestación. También he solicitado una prestación de pago único para ayuda de mujeres maltratadas y uno de los requisitos es que por edad esté en dificultad para obtener un trabajo. Me lo han denegado. Ustedes sabrían decirme cual es esta edad, porque por mas que busco no hay nada para mi. Muchas gracias.

    Respuesta
    • el 02/09/2014 a las 10:02
      Permalink

      Buenos días Isabel:

      No he encontrado Ley alguna en la que se establezca cual es la edad a partir de la cual se está en dificultades para encontrar trabajo a la hora de solicitar esta ayuda para víctimas de violencia de género. El único criterio no es la edad, puede ser también por falta de preparación general o especializada o sus circunstancias sociales.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 08/08/2014 a las 19:48
    Permalink

    Hola buenas tardes, mi nombre es Jose, tengo 54 años soy venezolano y hace 12 años llegue a España, tengo cotizados 4 años, mi pregunta es la siguiente: quiero pedir el subsidio para mayor de 55 años, cumplo con todos los requisitos menos el de 6 años cotizados, he leído que España tiene convenio bilateral de prestaciones, podría pedir las cotizaciones de Venezuela para complementar los 2 años que me faltan para totalizar los 6 años y poder pedir el subsidio para mayores de 55 años?
    muchas gracias

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 17:04
      Permalink

      Buenas tardes José:

      Debe tener 15 años cotizados como mínimo y dentro de estos, que 6 años sean en un régimen que cotice por desempleo. Los años cotizados en Venezuela le podrían servir para llegar al requisito de 15 años cotizados, pero muy probablemente no le ayudarán a alcanzar los 6 años cotizados por desempleo.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 09/08/2014 a las 19:12
    Permalink

    tengo 57 año me e llevado 10 año de autonomo ahora llevo 2 año y medio en paro e cobrado un año la rai . en los 2 año y medio e cotizado 2 mese y medio mi pregunta es puedo cobrar la ayuda de los 55 años o tengo que llegar a los 3 mese cotizados mi mujer no cobra ni trabaja esta cuidando a la madre enferma que puedo hacer

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 16:56
      Permalink

      Buenas tardes José:

      Debe tener como mínimo 15 años cotizado y dentro de esos, 6 años tienen que ser cotizados por desempleo. Si cumple con esto, como usted dice deberá trabajar por lo menos tres meses en un régimen que cotice por desempleo para generar derecho a subsidio.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 11/08/2014 a las 01:25
    Permalink

    Hola,buenas tardes!
    Cada ańo trabajo con una empresa 3-4 meses al ańo y tenia contrato temporal.En junio 2012 me h cambiado contrato a FIJO DISCONTINUO.Este ańo en enero h cumplido 55 anos.No puedo solicitar subsidio para mayores de 55 ańos por culpa este contrato que tengo ahora.Pero trabajo poco y solo este maximun 4 meses y no puedo sobrevivir.
    Mi pregunta es:he contrado otro trabajo,tambien para algunos meses en verano (en mismo tiempo donde trabajo como fija discontinua),pero me dan contrato temporal.?Puedo dejar voluntario este primero trabajo y ir trabajar a otro para despues de terminar trabajo poder solicitar subsidio para mayores de 55 ańos?
    Por favor dar me algun consejo para hacer todo bien.Un saludo
    Jolanda

    Respuesta
    • el 01/09/2014 a las 16:52
      Permalink

      Buenas tardes:

      Puede hacerlo como dice, dejar en primer lugar el trabajo como fija discontinua y posteriormente empezar en el otro empleo. Una vez que se le termine el contrato podrá solicitar el subsidio por desempleo.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 11/08/2014 a las 22:25
    Permalink

    Hola este dia 9 de agosto se me ha agotado el paro, casi 8 años de trabajo y tengo 55 años,mi marido tiene una nomina de 1.125 euros y somos su hija de 23 años que no tiene trabajo ni percive nada, el y yo..¿tendre derecho al subcidio para mayores e 55 años.
    Un saludo
    Gracias

    Respuesta
  • el 15/08/2014 a las 00:06
    Permalink

    Buenas noches:
    Actualmente tengo 57 años y percibo el el subsidio para mayores de 55 años desde Mayo 2013 (según escrito de la SS lo tengo reconocido hasta el 09.03.2018). Así mismo, suscribí, en Mayo de 2013, un Convenio especial con la SS para complementar mi futura pensión. Ayer leí que ha habido una modificación en la Ley y mi pregunta es si me podré jubilar a los 61 años con 33 años de cotización o si habré de esperar a los 63 como parece ser que la sorprendente nueva “interpretación de la Ley” especifica.
    Gracias por anticipado.

    Respuesta
  • el 15/08/2014 a las 19:41
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    no se como es esto que dan subsidio para los q no tienen trabajo con 55 años no lo creo . no ilusionen a la gente xq sale lastimada cuando se lo niegan . yo estoy igual sin trabajo vivo de la caridad como puedo .

    Respuesta
  • el 16/08/2014 a las 01:08
    Permalink

    Buenas noches, agradezco antemano su ayuda en la siguiente duda:
    Mi padre tiene 57 años. Ha trabajado más de 10 años con contrato laboral (Cuenta ajena, con derecho a paro) y ha cotizado más de 20 años en Régimen General de Autónomos.
    Vive solo (divorciado). No cobra rentas.
    COBRÓ EL DESEMPLEO INTEGRO al recibir pago único para montar la que fue su empresa
    De marzo 2013 a marzo 2014, cobró POR PRIMERA VEZ EL R.A.I.
    Actualmente desde marzo, no cobra ningun tipo de prestación.

    A tenor de lo expuesto, CREES QUE LE CORRESPONDERIA en principio este subsidio? Gracias por todo.

    PD: Mi duda principal viene reflejada por los PLAZOS para pedir dicha paga. Han pasado muchos más de 15 días desde que dejó de cotizar de autónomo, y desde que cobró la paga del RAI.

    Respuesta
    • el 02/09/2014 a las 14:39
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      Buenas tardes Javier:

      No le correspondería por dos motivos, no está en situación legal de desempleo (ya que la baja de autónomos no se considera situación legal de desempleo) y no está en alguna de las situaciones recogidas para poder solicitar el subsidio, tal como dejar de percibir la prestación por desempleo, tener derecho a subsidio,… Tendrá que trabajar como mínimo tres meses en un régimen que cotice por desempleo para generar derecho a subsidio y así poder solicitarlo.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 17/08/2014 a las 18:42
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    Buenas tardes, mi situación es la siguiente.
    Tengo 62 años y una invalidez total para mi trabajo habitual, por la que percibo 1241 € brutos mensuales. Tengo cargas familiares (mi esposa y mi hijo) que no perciben ningún tipo de rentas.
    Mi pregunta es, ¿tengo derecho a algún tipo de ayuda? ya que entre los tres no llegamos al 75 % del salario mínimo interprofesional

    Atentamente Jose Rojo

    Respuesta
    • el 02/09/2014 a las 14:36
      Permalink

      Buenas tardes José:

      Al tener ingresos personales que superan el 75% del SMI, no le corresponde ningún subsidio.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 18/08/2014 a las 19:49
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    Hola, Si por algún motivo no me pudiera jubilar a los 61 ¿se puede cobrar el subsidio mayores de 55 años, mas allá de los 61 años?
    muchas gracias

    Respuesta
    • el 02/09/2014 a las 14:35
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      Buenas tardes Andrés:

      Si cumple los requisitos para poder jubilarse anticipadamente no seguirá cobrando el subsidio aunque no se jubile. Si no los cumple , seguirá cobrando el subsidio hasta que alcance la edad en la que si que cumpla todos los requisitos necesarios para jubilarse.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 18/08/2014 a las 20:38
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    Buenas noches:
    Actualmente tengo 57 años, tengo 29 años y 7 meses cotizados y percibo el subsidio para mayores de 55 años desde Mayo 2013 (según escrito de la SS lo tengo reconocido hasta el 09.03.2018). Así mismo, suscribí, en Mayo de 2013, un Convenio especial con la SS para complementar mi futura pensión. Recientemente, he leído en el periódico “5 días” que, por parte del Ministerio de Trabajo, ha habido una modificación o “aclaración sobre la interpretación de la Ley” y mi pregunta es si me podré jubilar a los 61 años con 33 años de cotización o si habré de esperar a los 63 como parece ser que la sorprendente nueva “interpretación de la Ley” especifica.
    Gracias por anticipado.

    Respuesta
    • el 02/09/2014 a las 14:31
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      Buenas tardes Jaime:

      Pues ahora mismo están denegando las jubilaciones anticipadas a los 61 años por el motivo que usted comenta. Ha habido un cambio de criterio con respecto a la interpretación de la Ley para los que tienen firmado un Convenio con la Seguridad Social y solicitan la jubilación anticipada a los 61. Puede pasar que para cuando llegue usted a los 61 haya habido un nuevo cambio o sentencias judiciales que den la razón a los solicitantes.

      Un saludo.

      Respuesta
      • el 02/09/2014 a las 18:14
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        Muchísimas gracias por su respuesta.
        Estamos creando una plataforma de afectados y futuros afectados para intentar frenar este atropello a nuestros derechos constitucionales:
        http://www.jubilicionanticipada61.org.
        La ponemos a disposición de todos cuantos estén en nuestra situación y le rogamos le de toda la difusión que considere oportuna.
        Reiterándole mi agradecimiento, reciba un cordial saludo.

        Respuesta
  • el 19/08/2014 a las 23:09
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    buenos dias , quisiera que me aclarara una duda ,estoy cobrando el subsidio delos 52 ahora de los 55 ,tengo 60 años ,y cobro una pension de invalidez de 325 euros , y llebo cotizado a la ss 25 años incruidos los que he cotizado a traves de la prestacion, me dijeron que cobraria esa prestacion hasta los 65 años ,ahora he leido en el periodico que quitaban esa prestacion a los 61 años y ademas que te obrigaban a jubilarte a los 61 años ,ahora tiene que ser a los 63 voluntariamente ,mi pre gunta es me pueden quitar esa prestacion ,y dejarme sin ella hasta los 63 o 65 , eso me preocupa ,por cierto la tengo la tengo concedida desde el año 2006 , y mi pension de invalidez es la total permanete con un 66 por cien de invalidez ,gracias por sacarme de dudas

    Respuesta
    • el 02/09/2014 a las 14:47
      Permalink

      Buenas tardes Ángela:

      Como usted está cobrando el subsidio para mayores de 52 años proveniente de la legislación anterior, deben mantenerle el subsidio hasta que cumpla los 65 años.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 21/08/2014 a las 09:12
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    Buenos días mi pregunta es la siguiente. El 10/01/2010. La empresa cerró .desde el 10/01/2010 hasta 10/01/12.cobre el desempleo .en febrero del 2012 empecé a cobrar subsidio para mayores de 55 años. Ahora tengo 59 años y para el 2016 que cumplo los 61. tendré 40 años cotizados. Quizás venda mi casa este año, por lo tanto como me generara un ingreso segura mente me quitara el subsidio de mayores de 55 años. Que debo hacer para poder jubilarme a los 61. Ago. Un Convenio especial con la SS o simple mente espero hasta el 2016. A sabiendas que me bajara más la jubilación

    Respuesta
    • el 02/09/2014 a las 14:45
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      Buenas tardes José Antonio:

      En la actualidad están denegando las jubilaciones anticipadas a los 61 años para aquellos que tienen un convenio firmado con la Seguridad Social debido a un cambio de criterio. Si su intención es jubilarse anticipadamente a los 61 años, probablemente le convenga no firmar el convenio en estos momentos y esperar a ver si vuelven a cambiar el criterio.

      Un saludo.

      Respuesta
      • el 02/09/2014 a las 21:47
        Permalink

        Muchas gracias seguiré su consejo

        Respuesta
          • el 04/09/2014 a las 21:57
            Permalink

            Muchas gracias estaba preocupado porque la empresa que compro nuestra fabrica, nos contrato un mes para desguazarla y desmontarla ..un saludo

          • el 05/09/2014 a las 11:33
            Permalink

            De nada. Siempre que haya sido antes de 1 de abril de 2013, no debe de tener problemas.

            Un saludo.

  • el 22/08/2014 a las 19:04
    Permalink

    Buenas mi mujer a terminado de cobrar el salario social y la ultima ayuda de paro fue en junio de2013 tiene 55 años y mas de 21 año cotizado actualmente no entra ningún ingreso en la casa tendría derecho a cobrar la ayuda a mayores de 55 años? Gracias

    Respuesta
    • el 02/09/2014 a las 15:05
      Permalink

      Buenas tardes Victor:

      Depende de si cumple el resto de requisitos. Debe estar en situación legal de desempleo y también encontrarse en alguna de las situaciones protegidas como acabar de cobrar la prestación por desempleo, tener derecho a subsidio o estar cobrándolo,…

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 27/08/2014 a las 19:21
    Permalink

    Antetodo les felicito por su web y por la ayuda que prestan a los usuarios en temas legales.

    Les quería realizar la siguiente pregunta:

    Es muy factible que me concedan el subsidio por desempleo para mayores de 55 años.
    Pero estoy en el plazo de un mes de espera antes de poderla solicitar.

    Si durante este mes, me surgiera un empleo a tiempo parcial y temporal de uno o tres meses. Al acabar este empleo, solicitar el subsidio y que me lo concedieran.
    ¿Ya no cobraría el total del subsidio, es decir, solo la parte proporcional al contrato parcial?

    Atentamente les saludo.

    Respuesta
  • el 28/08/2014 a las 21:36
    Permalink

    JOSE. ANTONIO agosto 21, 2014 a las 9:12
    Perdón se me olvido comentarle que la empresa que compro en la concursa. nuestra fabrica
    nos contrató por un mes para desmontar la fabrica…Muchas gracias

    Respuesta
  • el 01/09/2014 a las 15:43
    Permalink

    Mi pregunta es la siguiente:
    El 2/02/2011 solicite el cobro del subsidio de 52años el cual me concedieron hasta 26/01/2023. Luego en el año 2012 por incurrir en una sanción por no comunicar al SEPE el cobro de un seguro vida madre ( fallecida) me lo “extinguieron” y para volver a solicitarlo de nuevo tenía que tener mínimo 6 meses trabajados y tener un alta-baja en empresas, requisito que SI reunía. Lo volví a solicitar de nuevo el “13/07/2012” y me lo concedieron de nuevo desde el 12/07/2012 – 26/01/2023, ¿El subsidio aprobado el 13/07/2012 mantiene las mismas condiciones que el aprobado el 2/02/2011 o ya está acogido a las nuevas leyes y decretos que aprobó el gobierno en el año 2012? (subsidio 55 años)
    ¿Al estar cobrando dicho subsidio tengo algún inconveniente para incorporarme a la vida laboral? ¿Al estar en el régimen general habría algún problema trabajar en el régimen agrario (campo)?

    Respuesta
    • el 03/09/2014 a las 09:55
      Permalink

      Buenos días:

      La modificación entró en vigor el 15 de julio de 2012, si se lo aprobaron antes mantendrá las condiciones de la anterior legislación. Puede compatibilizarlo con el trabajo siempre que siga cumpliendo el requisito de carencia de rentas. En función del tipo de contrato que firme, podrá seguir cobrando una parte del subsidio. Puede trabajar en régimen agrario.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 01/09/2014 a las 18:17
    Permalink

    Buenos dias
    En el mes de Agosto se me termino el subsido por desempleo por ayuda familiar.
    He cotizado entre régimen general y autónomo 14 años y 3 meses, siendo 6 de ellos por desempleo.
    Como creo que no cumplo con la condición de los 15 años cotizados.
    Quería saber si los 12 meses que hice en el Servicio Militar (mili), se podrían incluir de algún modo para completar dicho requisito de 15 años cotizados…

    Muchas gracias por su respuesta.

    Respuesta
    • el 02/09/2014 a las 17:30
      Permalink

      Buenas tardes Ramón:

      En la actualidad está suspendida la obligación de compensar las cotizaciones por el servicio militar hasta que terminen los estudios para su regulación.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 02/09/2014 a las 09:00
    Permalink

    actualmente estoy corbando la ayuda familiar me queda un año de este subdisio cuando lo finalice habre cumplido 55 años.Tendre derecho al subisido de 55 años tengo cotizados mas de 35 años enc regimen general.El penultima año de cotizacion lo tengo como autonomo.Tengo dos hijos una de ellos discapacitado 65% cobra una pension de 367 saludos

    Respuesta
    • el 02/09/2014 a las 16:31
      Permalink

      Buenas tardes Juan Luis:

      Si se refiere a que está cobrando el subsidio por desempleo con cargas familiares, y cumple con los requisitos de cotización, en principio cuando cumpla los 55 años debe empezar a cobrar el subsidio para mayores de 55 años.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 04/09/2014 a las 17:11
    Permalink

    llevo cobrando el subsidio de mayores de 55 años, y estoy hospitalizado por agresion denunciada…¿.tengo derecho a indemnizacion por los correspondientes dias de internamiento, ya que en ese periodo no puedo buscar ni atender posibles trabajos?

    Respuesta
    • el 05/09/2014 a las 12:12
      Permalink

      Buenos días Ana:

      Si se refiere a una indemnización por parte de su agresor, debería consultarlo con un abogado. Siento no poder ayudarle.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 04/09/2014 a las 19:01
    Permalink

    Agradezco su ayuda y su atención. Muchas gracias.

    Un saludo.

    Respuesta
  • el 05/09/2014 a las 14:05
    Permalink

    Hola , yo tengo 54 años, mi caso es, acabo en el mes de marzo 2015, la ayuda familiar por hijo a cargo y hago 55 años en el mes de mayo 2015, tengo derecho al subsidio de 55 años ? (cumplo todos los requisitos) , muchas gracias y un saludo

    Respuesta
    • el 08/09/2014 a las 12:11
      Permalink

      Buenos días Alberto:

      Si cumple todos los requisitos podrá solicitarlo cuando cumpla los 55 años ya que está en una de las situaciones protegidas que en su caso es terminar de percibir un subsidio.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 05/09/2014 a las 17:20
    Permalink

    Soy mujer, tengo 63 años, 14 años y 6 meses cotizados, cuando cumpla la edad legal de jubilacion, que será 65 y 4 meses, podré jubilarme, ya que tube DOS hijos antes de empezar a trabajar y creo que suman casi cuatro meses por cada uno a la vida laboral, así llevaría más de los 15 años que piden para tener derecho a pension contributiva, gracias.

    Respuesta
    • el 08/09/2014 a las 12:04
      Permalink

      Buenos días Laura:

      Le computarán 112 días cotizados por cada uno de sus hijos. Sumándolo a lo que ya tiene cotizado llegaría a los 15 años.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 06/09/2014 a las 12:15
    Permalink

    Buenos días, mi caso es el siguiente: Fui despedida antes de abril de 2013, cobré mi prestación por desempleo y después se me concedió la ayuda de 426€ hasta la edad de jubilación. Me han dicho en la Seguridad Social que si no trabajo más de 30 días me podré jubilar a los 61 años. Llevo cotizados más de 38 años. En el periodo de concesión de la ayuda, no estaba casada y no se me computó la renta familiar. Hace poco me casé y sigo con la ayuda pero mi duda es la siguiente: ¿Puedo darme de alta como autónoma unos días por un trabajo puntual que quiero realizar y facturar, sin que me quiten esta ayuda? O, como estoy casada actualmente, ¿computaría la nueva normativa en la que se tiene en cuenta el salario de toda la unidad familiar? O, simplemente se reanudaría la que se ha dejado en suspenso al ser tan pocos días? Gracias

    Respuesta
    • el 08/09/2014 a las 11:55
      Permalink

      Buenos días Maite:

      Si es un trabajo puntual no es necesario que se dé de alta como autónomo, es suficiente con darse de alta en Hacienda. Para que no se cuenten las rentas de su cónyuge, tuvieron que concederle el subsidio para mayores de 55 años con anterioridad al 16 de marzo de 2013. Cuando se suspende el subsidio y se reanuda, se hace con las mismas condiciones que antes de la suspensión.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 07/09/2014 a las 13:25
    Permalink

    Buenos días, les comento ,desde el 2006 estoy cobrando el subsidio y en marzo del 2015 cumpliré 61 años, tengo cotizados 37 años, lo que quisiera saber es si ya me jubilarían a esa edad, les doy las gracias por adelantado MARIA

    Respuesta
    • el 09/09/2014 a las 14:28
      Permalink

      Buenas tardes María:

      No le pueden retirar el subsidio a los 61 años ya que usted se rige por la legislación anterior. Deben mantenérselo por lo menos hasta que cumpla la edad ordinaria de jubilación, 65 años.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 07/09/2014 a las 21:31
    Permalink

    Tengo 64 años y cotizados a la seguridad social 14 y 6 meses, quisiera saber si cuando cumpla los 65 años y 4 meses podré jubilarme, ya que tengo dos hijos de antes de empezar a trabajar, entiendo que dan casi 4 meses por nacimiento y los añaden a la vida laboral, así tendría más de los 15 años exigidos para tener derecho a la pension contributiva. Gracias.

    Respuesta
  • el 08/09/2014 a las 17:47
    Permalink

    estimados señores

    me surge una duda en referencia al subsidio para mayores de 55 años, tengo 32 años cotizados he
    agotado la prestación contributiva de dos años y
    también he agotado dos subsidios de 6 meses cada uno, ahora he agotado la primera RAI, mi pregunta es,
    si podré cobrar el subsidio para mayores de 55 años
    ya que me faltan pocos meses.para esta edad

    saludos

    Respuesta
    • el 09/09/2014 a las 14:24
      Permalink

      Buenas tardes José:

      No le corresponde ya que no está en ninguna de las situaciones que protege el subsidio como estar cobrando prestación por desempleo o subsidio, tener derecho a cobrar algún subsidio o haber terminado de cobrar uno entre otras. La RAI no se considera subsidio por lo que tendría que generar de nuevo derecho a subsidio trabajando por lo menos 3 meses en un régimen en el que se cotice por desempleo.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 10/09/2014 a las 19:30
    Permalink

    PUDIERAN AYUDARME Y DECIRME COMO SE COMPUTAN LAS PAGAS EN UN EMBARGO Y SI GANAS 1250EU Y YA TE EMBARGAN DE LO QUE PASA DEL SMI EL 30% SI VIENE OTRO EMBARGO TENDRIA QUE ESPERAR HASTA QUE PAGUE EL 1 PARA VOLVER A EMBARGARME OTRA VEZ EL 30%.MUCHAS GRACIAS

    Respuesta
    • el 11/09/2014 a las 15:26
      Permalink

      Buenas tardes Fidel:

      El segundo embargo tendrá que esperar hasta que se pague toda la deuda del primero.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 27/09/2014 a las 18:19
    Permalink

    Hola buenas tardes,
    Le comento mi situación laboral, cobro subsidio 52 años régimen general (no REA) lo solicite en febrero de 2011 aprobándose en dicha fecha hasta enero de 2023. En abril de 2012 me lo EXTINGUIERON al hacer la declaración de renta anual (incurrir en una sanción no haber comunicado en su día al SEPE unos ingresos). El 13 de julio de 2012 solicito de nuevo subsidio 52/55 al reunir de nuevo los requisitos aprobándose desde abril de 2012 hasta enero de 2013. INFORMO mi vida laboral agosto de 2014 es 33 años 5 meses y 27 días cotizados y no tengo ningún convenio especial con la seguridad social para complementar la cotización para la jubilación (ni otro tipo de convenio) desde 2001 estoy trabajando en construcción (contratos temporales), pregunto:
    ¿Cuándo llegue a la edad 61 años el SEPE me pasa a la seguridad social? (me tengo que jubilar obligatoriamente o no)
    ¿Estoy dentro del convenio que el gobierno, a aprobado junto a los sindicatos que 35.000 trabajadores, que pueden verse obligados a retrasar su salida del MERCADO LABORAL a pesar de tenerlo autorizado? El colectivo, integrado por trabajadores que perdieron su empleo antes del 1 de marzo de 2013que no forman parte de un colectivo y que tiene un convenio con la seguridad social que les permite hacer aportaciones (estoy obligado). ¿Si trabajo me camba la situación laboral, estaría exento de lo anterior? ¿Si tengo que jubilarme a los 61 años cuentan los años que he estado cobrando subsidio 52 cuentan a la hora de hacer cálculo de la pensión?

    Un cordial saludo.

    Respuesta
    • el 03/10/2014 a las 13:11
      Permalink

      Buenas tardes:

      Por las fechas que nos ha indicado su subsidio se regula por la legislación anterior por lo que lo cobrará hasta la edad de jubilación ordinaria. Si no se da de alta en ningún régimen de la Seguridad Social podrá jubilarse anticipadamente a los 61 años. En caso de que volviera a trabajar tendría que esperar como mínimo a los 63 años. Los años que se está percibiendo el subsidio para mayores de 52/55 años se está cotizando por jubilación.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 09/10/2014 a las 14:25
    Permalink

    Hola.Le explico mi caso brevemente.A mi marido le han concedido el 87% de 426 del subsidio de los 55 años.Tenemos dos hijos menores de 26 años sin ingresos.Yo voy a cumplir los 55.He cotizado 16 años,pero hace más de 15 que no he trabajado.Mi pregunta es si puedo solicitar la ayuda de los 55 o ni lo intento.La Rai ya la he solicitado tres veces.Gracias.

    Respuesta
    • el 15/10/2014 a las 10:55
      Permalink

      Buenos días Isabel:

      No le van a conceder el subsidio ya que es necesario haber cotizado por lo menos 2 años en los últimos 15 años.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 22/10/2014 a las 16:21
    Permalink

    Gracias ante todo! Les agradeceriamos aclarasen si las parejas de hecho tienen la consideracion de unidad familiar a Efectos de percibir la ayuda a mayores de 55 años.. Ella la cobra (426) y soy funcionario con ingresos de 30.000 € anuales

    Respuesta
    • el 30/10/2014 a las 13:07
      Permalink

      Buenos días:

      Como norma general no. La única excepción puede estar en el hecho de que tengan un hijo común. Entonces podrían tener en cuenta las rentas de la pareja a la hora de calcular las rentas de la unidad familiar para subsidios que exigen el requisito de responsabilidades familiares.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 26/12/2014 a las 22:59
    Permalink

    Mi pregunta es para mi padre
    Cotizó del año 75 al 78 en España por cuenta ajena. Emigro a suiza en el 79 y trabajo por cuenta ajena hasta el 85
    Regreso a España y ha cotizado como autónomo durante 29 años. Ahora por diversas circunstancias a tenido q cerrar.
    Si consigue un nuevo trabajo por cuenta ajena podría cobrar el subsidio para mayores de 55años.
    Le computarían los años trabajados en Suiza por cuenta ajena para cumplir el requisito de los 6años
    Muchas gracias

    Respuesta
    • el 16/02/2015 a las 18:28
      Permalink

      Buenas tardes Sandra:

      Habría que solicitar a la Seguridad Social que se reconocieran los años cotizados en Suiza. Para que sumen al total de años cotizados no debe haber problema, pero tendría que consultar en el SEPE si podrían servirle para cumplir el requisito de los seis años cotizados por desempleo.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 10/03/2015 a las 13:09
    Permalink

    El 6/4/2015 cumplo 58 año. Tengo 19 años y 7 meses cotizados por régimen agrario cuenta ajena. Desde el 2012 cuento como inactiva pero sigo pagando las cuotas. Desde hace más de 10 años no declaro ninguna jornada, ni estoy apuntada al paro ni percibo ayuda alguna..
    Percibo 4750 euros al año por alquiler e intereses bancarios.
    ¿Yo podría cobrar el subsidio agrario andaluz para mayores de 52 o 55 años?. Si no es así ¿que tendría que hacer para poder cobrarlo?

    Respuesta
    • el 12/03/2015 a las 18:05
      Permalink

      Buenas tardes Francisca:

      Depende de si ha estado cotizando al subsidio agrario durante los últimos cinco años y ha percibido el subsidio también durante ese plazo. También habrá que tener en cuenta si algún miembro de su unidad familiar convive con usted y tiene ingresos. Para poder solicitarlo debe hacerlo en la oficina del SEPE que le corresponda.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 15/03/2015 a las 09:51
    Permalink

    Carecer de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluidas las pagas extras. Para 2013, supone no ingresar más de 483,98 euros al mes. Si el solicitante carece de rentas, pero convive con su cónyuge y/o con hijos menores de 26 o mayores discapacitados o menores acogidos, se tendrán en cuenta la renta de estos para determinar si se cumple el requisito o no. Se sumarán las rentas de todos los miembros de la familia y se dividirán entre el número total de ellos. La cantidad resultante no puede ser mayor a 483,98 euros al mes. Por ejemplo, si el solicitante no obtiene rentas, pero su cónyuge ingresa cada mes 1.000 euros, no cumple el requisito de carencia de rentas ya que al dividir la cantidad por dos, que es el número de miembros de la unidad familiar, da 500 que superan los 483,98 euros. Hola se calcual sobre el LIQUIDO A PERCIBIR POR EL CONYUGE O ANTES DE LOSI MPUESTOS OBLIGATORIOS, Gracias

    Respuesta
    • el 17/03/2015 a las 11:45
      Permalink

      Buenos días Montserra:

      La cantidad que se tiene en cuenta es el bruto antes de descontar los impuestos, no el líquido que se percibe.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 15/04/2015 a las 02:06
    Permalink

    Mi pregunta es que tengo 57 años tengo cotizados 14 años pero en los ultimos 20 años no he cotizado eso es inpedimento para que pida el subsidio de mayores de 55 ..gracias..

    Respuesta
  • el 24/07/2015 a las 05:04
    Permalink

    yo estoy cobrando el subsidio para mayores de 55 año me lo han concedido asta que cumpla los 61. mi pregunta es me han ofrecido un trabajo de momento es para 7, o 8 dias posivilidad de seguir si lo cojo pierdo el subsidio puedo cobrarlo si no me renoban el trabajo

    Respuesta
  • el 28/09/2015 a las 23:38
    Permalink

    En 1 gracias por la atencion y paso a mi consulta
    termine de percibir el subsidio 15 dias antes de cumplir los 55 asi que me denegaron el subsidio de mayores de 55 años..me han concedido la Rai pero estoy terminado y no encuentro ninguna clase de empleo..que puedo hacer? tengo todos los requisitos menos lo que le e explicado..donde puedo ir? quien me puede ayudar? aun soy joven y tengo ganas de trabajar y poder pagarme el alquiler y aser posible comer

    Respuesta
    • el 30/10/2015 a las 14:33
      Permalink

      Hola María:

      Algunas comunidades autónomas y ayuntamientos conceden rentas básicas sociales. Debería acudir a la suya correspondiente e informarse.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 24/01/2016 a las 11:40
    Permalink

    hola tengo 55 años e cotizado 27 y estos ultimos 4 meses no tengo cargas familiares tengo derecho al subsidio de los 55 años

    Respuesta
  • el 24/01/2016 a las 11:58
    Permalink

    perdon creo que no me e esplicado bien termine de cobrar la rai en julio del 2015 y llevo cotizados 27 años y desde octubre hasta ahora 4 meses no tengo cargas familiares pudo solicitar el subsidio de los 55 años

    Respuesta
    • el 28/03/2016 a las 16:44
      Permalink

      Buenas tardes José:

      En principio no, ya que debe de estar en uno de los supuestos enumerados en el artículo. La RAI no se considera un subsidio, por lo que no se encuentra en el caso de haber agotado un subsidio. Debería de generar otra vez derecho a percibir subsidio.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 25/01/2016 a las 22:06
    Permalink

    Buenos días.

    Tengo 52 años, estoy cobrando la prestación por desempleo y cumplo todos los requisitos, salvo el de la edad, para percibir el subsidio de mayores de 55 años. Si interrumpo la prestación, trabajando durante menos de un año por cuenta ajena, o durante menos de 5 por cuenta propia, y después de este período solicito la reanudación del subsidio para que extinga cuando tenga los 55 años, ¿puedo solicitar el subsidio para mayores de 55 años?

    Gracias por la respuesta.

    Respuesta
  • el 05/02/2016 a las 17:02
    Permalink

    Hola
    Le explico mi caso:
    He solicitado el subsidio 55 años después de agotar la prestación de desempleo. La solicitud la hice el día 4 de enero del 2016.
    La última declaración que tengo es la del 2014 y los ingresos que recibí superan la cuota para la concesión de este subsidio. Pero los ingresos del 2015 no lo superan. Esto lo comente en el SEPE y me dijeron que llevase la documentación de los bancos que acrediten que mis ingresos no superan la cuota establecida.
    Así lo hice, presente la documentación que me pidieron incluyendo un detalle de los bancos donde acreditaba que los ingresos no superaban la cantidad exigida.
    Me he conectado online y veo que me han denegado el subsidio y pone que la resolución fue hecha el 28 de enero y en causas de la denegación pone “Sus rentas superan en cómputo mensual el 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional” pero esto no es cierto, a no ser que hayan tenido en cuenta la última declaración que es la de 2014, pero en el 2015 mi situación es diferente.
    Me dijeron que la comunicación se hacía por correo postal y todavía no he recibido nada
    Podría decidme que puedo hacer en este caso?
    Puedo recurrir? Debo esperar a recibir comunicación oficial? Que plazos hay para esto?
    Que posibilidades tengo?
    Muchas gracias por adelantado

    Respuesta
    • el 28/03/2016 a las 17:14
      Permalink

      Buenas tardes Sol:

      Puede recurrir la resolución cuando le llegue la notificación. En la misma le indicará el plazo que tiene para hacerlo. Si como usted dice no supera las rentas límite, tiene toda la razón y deben de concederle el subsidio.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 16/02/2016 a las 17:09
    Permalink

    Hola, es incompatible un convenio especial de cuidadores no profesionales y cobrando la rai? Y sino ,¿se puede hacer otro convenio especial? ¿Que requisitos para hacer el.convenio? Gracias

    Respuesta
    • el 14/09/2016 a las 16:04
      Permalink

      Buenas tardes Pilar:

      Para suscribir el convenio especial de cuidadores profesionales no se puede estar en situación de desempleo, por lo que no es compatible con la RAI.

      Un saludo

      Respuesta
  • el 22/02/2016 a las 19:18
    Permalink

    Buenas tardes, cobro 400 euros de mi exmujer por alimentos del hijo común de 23 años estudiante que vive conmigo, y a su vez pago 400 euros a mi exmujer por alimentos del hijo común de de 21 años que vive con ella. De cara a las rentas a computar para solicitar subsidio mayores de 55 años, los 400 euros que cobro se considera renta?

    Respuesta
  • el 09/03/2016 a las 11:13
    Permalink

    Hola,mi padre ha cobrado la RAI,y ya no tiene derecho a ninguna prestación,tiene 55 años cumplidos,y mas de 15 trabajados.Tenemos entendido que para solicitar la prestación de mayores de 55 tendría que trabajar mínimo 3meses a jornada conpleta.Nos podría decir si es verdad?A esta edad nadie lo contrataría.Gracias

    Respuesta
  • el 11/03/2016 a las 20:24
    Permalink

    Hola. Mi caso: He pedido subsidio para mayores de 55 años y lo tenia aprobado desde 19/04/2015 hasta 18/08/2020.En el mes encontre un trabajo de un mes para cubrir vacaciones. En 20/11/2016 pedi la reanudacion y me concedio.En 01/12/2016 entre otra vez a trabajar hasta en 04/02/2016. Cuando he vuelto a la oficina de empleo la trabajadora de alli me ha puesto:alta inicial para recalcular la cuantia del subsidio.Antes he tenido 50%,porque mi ultimo contracto era de media jornada. Lo tengo denegado y no entiendo el porque.Me pone:Hechos y fundamentos de derecho a cumplimentar en la propia transaccion de alta de denegaciones.¿ Que pasa con el subsidio que lo tenia aprobado hasta 18/08/2020? Por favor,que puedo hacer?Gracias y un saludo.

    Respuesta
  • el 28/03/2016 a las 22:59
    Permalink

    hola,comencé ha cobrar el subsidio mayor de 52 años en Diciembre del año 2004, tuve bajas y reanudaciones en diferentes años, 2005, 2006, el último periodo del subsidio fue del 08/12/2009 al 30/04/2010. Comencé un contrato de Relevo ha tiempo parcial 80% hasta el 30/12/2014. Decidí
    cobrar los 18 meses de prestación contributiva, ahora en Julio se me agota el paro,¿podré reanudarlo?

    Respuesta
    • el 14/09/2016 a las 16:41
      Permalink

      Buenas tardes Rafael:

      Debe solicitar el subsidio para mayores de 55 años. Al haber cobrado prestación por desempleo no se reanuda el subsidio para mayores de 52 años que tenía concedido, si no que debe solicitar uno nuevo.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 28/03/2016 a las 23:11
    Permalink

    ¡Olvidé dar las Gracias!.
    Saludos a todo el Equipo, y ánimos a todos los afectados

    Respuesta
  • el 22/04/2016 a las 00:17
    Permalink

    Muy buenas,
    Quería comentarle algo que me ha dejado un poco perplejo. Solicité el subsidio para mayores de 55 años en Abril del 2015, me dijeron que tenía que volver en un año, Abril del 2016, para revisar el subsidio. He ido tal como me dijeron este mes de Abril para revisarlo y me han dicho que como salí al extranjero en Diciembre del 2015 (salí 6 días) el subsidio se interrumpió y se reanudó en Diciembre, por lo que el año de revisión empieza a contar desde Diciembre del 2015, con lo cual no tengo que hacer la revisión hasta Diciembre del 2016 (el subsidio se me pagó normalmente porque el tiempo que salí al extranjero fue menor de 15 días, pero se ve que el sistema considera interrupción una salida al extranjero, aunque sea menor de 15 días).
    Como me ha parecido muy raro he insistido en que alguien más lo confirmara. La persona que me ha atendido lo ha estado hablando con otra compañera y las dos decían que es así.
    Me sigue pareciendo muy raro, si cada vez que sales al extranjero, aunque sea un par de días, el año empieza a contar de nuevo, te puedes pasar años sin revisar el subsidio. Las funcionarias me dijeron que es así.
    ¿Me podría confirmar que es así?, me preocupa que de repente el Sepe me envíe una comunicación con alguna sanción.
    No es que desconfíe del todo, pero el año pasado en el Sepe una funcionaria se equivocaba al informarme. Fui a informarme sobre la exportación del subsidio, la funcionaria que me atendió decía que el subsidio no se puede exportar, solo el paro. No entendía por qué el paro sí y el subsidio no, y ante mi insistencia preguntó a su jefe, y resulta que sí, que el subsidio se puede exportar.
    Perdón por la extensión del comentario.
    Muchas gracias y un saludo

    Respuesta
    • el 14/09/2016 a las 17:15
      Permalink

      Buenas tardes Francisco:

      Si sólo salió esos seis días durante el año, el subsidio se mantiene y no se interrumpe. El máximo de días que se puede estar fuera durante un año es 15. Deberá pedir permiso al SEPE antes de viajar.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 24/04/2016 a las 10:47
    Permalink

    hola! si vendo mi piso que es mi vivienda habitual ¿ me retiraran el subsidio para mayores de 55 años que estoy cobrando? gracias

    Respuesta
  • el 02/05/2016 a las 15:20
    Permalink

    Hola. Tengo 56 años, 31 años cotizados, minusválido al 42% desde hace 36 años y no he vuelto a hacerme ninguna revisión. Ahora estoy mucho peor (físicamente). Hay alguna posibilidad de jubilarme pues estoy cobrando subsidio de 55 años?

    Respuesta
    • el 15/09/2016 a las 09:53
      Permalink

      Buenos días Rafael:

      Para poder jubilarse ya tendría que tener una minusvalía superior al 45% y cumplir el resto de requisitos para ello. Si continua con el 42%, tendrá que esperar como mínimo hasta los 61.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 06/05/2016 a las 15:20
    Permalink

    Hola tengo 57 años, agoté un subsidio por desempleo en noviembre de 2011 y desde entonces he trabajado (a tiempo parcial) desde el 1 de febrero de 2012 al 6 de junio del 2012, además firmé un convenio especial con la seguridad social desde el 7 de junio hasta el 31 de enero de 2013, tengo 25 años cotizados a la Seguridad Social, estoy en desempleo pero ha pasado mucho tiempo desde que dejé de trabajar y cotizar ¿Tengo derecho a un subsidio para mayores de 55 años?¿es necesario estar trabajando, o cobrando un subsidio para pedirlo? Tengo algún derecho? Gracias.

    Respuesta
    • el 15/09/2016 a las 09:58
      Permalink

      Buenos días Manuel:

      Debería de haber terminado de percibir la prestación por desempleo, estar cobrando un subsidio o tener derecho a uno. Además debe de cumplir el resto de requisitos comentados en el artículo. Podría comprobar también si cumple los requisitos para cobrar la RAI.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 20/05/2016 a las 15:35
    Permalink

    Buenas tardes: Tengo 55 años cumplidos en marzo de este año. Fui despedida en junio de 2013, cobrando la prestación contributiva por desempleo hasta el 19 de junio de 2015, pero el 20 de mayo de 2015 me dieron la baja por enfermedad que ha día de hoy todavia sigo en ella (después de pasar por dos operaciones y tratamiento complementario que he finalizado el pasado 31 de marzo). Me ha citado el Tribunal Medico el pasado 17 de mayo, que me ha comunidado que procederán a darme el alta en breve. Me gustaria saber: una vez recibida el alta, puedo acogerme a la ayuda de mayores de 55 años?
    Tengo cotizados 25 años y tres meses a tiempo completo, solo que desde el 19 de junio de 2015 hasta el dia de hoy no he cotizado. La prestación por desempleo finalizo el 19 de junio de 2015 y he cumplido 55 años el 8 de marzo de 2016.
    Muchas gracias

    Respuesta
  • el 26/05/2016 a las 18:06
    Permalink

    Buenas,en el año 2015 he percibido durante 5 meses la prestación de mayores de 55 años,he rescatado un plan de pensiones de 5.000 €, y mi mujer ha tenido unos igresos de trabajo de unos 9.000€anuales, y somos en total 3 personas en la familia (matrimonio + hija). Estoy obligado ha presentar la declaraión de la renta, aún que no supere la cantidad
    mínima, solo por el hecho de recibir la prestación?

    Respuesta
    • el 15/09/2016 a las 10:07
      Permalink

      Buenos días Luis:

      Usted está obligado anualmente a informar de las rentas percibidas durante el último año para poder seguir percibiendo el subsidio. Si le piden que justifique dichas cantidades tendrá que hacerlo.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 12/06/2016 a las 12:02
    Permalink

    BUENAS TARDES ,MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE; HE AGOTADO EL PARO EN ABRIL DEL 2015 Y CONTINUÉ CON EL SUBSIDIO PARA MAYORES DE 55 ,ME CONSEDIERON , DE MAYO DEL 2015 HASTA EL 14/10/ 2016 Y AHORA RESULTA QUE NO ME HAN DEPOSITADO EL MES DE MAYO DE ESTE AÑO QUE PUEDO HACER EN ESTE CASO , LE AGRADESCO SU RESPUESTA

    Respuesta
    • el 12/06/2016 a las 12:06
      Permalink

      ME OLVIDABA , ME DIJERON HASTA MI JUBILACIÓN ,QUE ES A LOS 61 AÑOS ,TENGO COTIZADO EN PERU 20 AÑOS Y EN ESPAÑA 17 AÑOS

      Respuesta
  • el 09/08/2016 a las 17:03
    Permalink

    Buenas tardes.
    Mi padre para completar los 15 años cotizados, le faltan 15 días para poder cobrar lo de los 55 años.
    Cuántos meses o días tendría que trabajar para completar los 55 años en la seguridad social?
    Gracias.

    Respuesta
    • el 15/09/2016 a las 10:23
      Permalink

      Buenos días Chantal:

      Depende de lo que necesite para generar derecho a subsidio. En principio 3 meses, pero dependería de lo que tenga cotizado últimamente y si ha agotado otros subsidios o prestaciones por desempleo.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 02/09/2016 a las 14:55
    Permalink

    Hola buenas tardes estoy cobrando la ayuda a mayores de 55 años me lo suspendieron y en Enero de 2016 me reanudaron el pago la tengo asignada desde el 19 de Septiembre de 2014, cuando puedo presentar la declaración de renta por Internet? Un mes antes de la fecha de asignación o fecha de reanudación?. Muchas gracias

    Respuesta
  • el 10/09/2016 a las 22:43
    Permalink

    ¡Hola! Quisiera saber si mi padre me va a donar su casa y quedarse él el usufructo e irme yo a vivir como vivienda habitual en esa casa ( ya que voy a vivir allí con él para cuidarlo) me va a repercutir en el subsidio de mayores de 52 años. Gracias.

    Respuesta
  • el 15/10/2016 a las 13:52
    Permalink

    Estoy cobrando el subsidio mayores de 55 años desde el 1/09/2014, necesito sacar un plazo fijo de 12.000 euros que me cumple ahora y ingresarlo en la cuenta corriente para poder seguir pagando mis gastos.Mi pregunta es si debo comunicar el ingreso al SEPE y si me descontarian el subsidio un mes.Muchas gracias y un saludo

    Respuesta
    • el 25/10/2016 a las 16:50
      Permalink

      Buenas tardes Manuel:

      El capital que usted va a recuperar no debe de tenerse en cuenta a la hora de calcular los ingresos, los intereses generados por ese capital sí.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 26/10/2016 a las 14:51
    Permalink

    Hola
    Soy perceptor del subsidio para mayores de 55 años. Mensualmente, un familar ingresa en mi cuenta corriente 200€, como ayuda para mis gastos. He solicitado una ayuda municipal para el pago de las facturas del consumo de energía eléctrica que, en caso de ser concedida, supondría un único ingreso, en mi cuenta corriente, de 350€. En el mes de dicho ingreso tendría unos ingresos totales de 550€, cantidad que supera el 75% del SMI. Esta circunstancia, ¿supondría que dejarían de pagarme el subsidio durante un mes o, dada su naturaleza, esos ingresos no tendrían la consideración de rentas?
    Muchas gracias por su atención. Un saludo

    Respuesta
    • el 07/11/2016 a las 15:18
      Permalink

      Buenas tardes Daniel:

      Dado que la ayuda municipal sería un pago único, habría que prorratearlo en los meses a los que corresponde la ayuda con lo que probablemente seguiría cumpliendo el requisito de carencia de rentas.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 09/11/2016 a las 16:19
    Permalink

    hola buenos días Daniel:Tengo 55 años y 37 años cotizados de los cuales 26 son del régimen especial del mar puedo ya jubilarme y cuanto me quedaría , un saludo .

    Respuesta
    • el 16/11/2016 a las 18:20
      Permalink

      Buenas tardes Pedro:

      Depende del tipo de trabajos que haya estado haciendo en el Régimen especial del mar. En función de esto es posible adelantar la edad de jubilación. La cantidad que percibiría depende de lo que haya estado cotizando durante todos estos años.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 27/11/2016 a las 23:39
    Permalink

    Cobraba el paro 24 meses q m aprobaron,interrumpidamente una 15 meses y después m hise autónomo y estuve 29 mesesy me quedé sin trabajo volví a recuperar m desempleo y m lo habían quitado por no. Cobrarlo dentro d un plazo, eso es así o me han engañado. Grasia

    Respuesta
  • el 28/11/2016 a las 23:11
    Permalink

    Después d 37 años cotizados voy al paro m apreva 24 meses de los cuales cobro 15 y m hago autónomo.. Estoy 29 meses y m quedó sin trabajo .vuelvo a rescatar los9 restantes y m dicen q los he perdido, eso es así gracias.

    Respuesta
  • el 15/12/2016 a las 18:10
    Permalink

    Estimado señor:
    Le explico el motivo de mi correo. El dia 3 de Noviembre de 2016 fue el ultimo dia que cobre la prestación por desempleo. Fui a la oficina del Sepe a preguntar sobre la ayuda de 6 meses para mayores de 45 años, me informaron que había que pasar un mes de espera y poder pedirla a partir del 3 de Diciembre y a partir de este dia había 15 días para solicitarlo. La pedi el 7 de Diciembre y estoy a la espera de que me confirme o no si me la conceden
    El 13 de Junio de este año fallecio mi padre y el 13 de Noviembre firmamos la aceptación de la hererencia mi madre pasa a ser usufructuaria de la vivienda donde residia con mi padre y mi hermana como tenemos la parte nuda de la misma, aparte de una pequeña cantidad de dinero que nos corresponde. Firmamos la aceptación dentro del llamado mes de espera, hay que comunicarlo al sepe? Aparte de que la escritura sigue en tramitación y yo todavía no dispongo del dinero que me corresponde en mi cuenta, y la gestoría aún no nos ha entregado toda la documentación definitiva y el sepe como le decía antes no ha confirmado aún si me conceden la prestación.
    Muchas gracias de antemano por su colaboracion

    Respuesta
  • el 15/12/2016 a las 19:38
    Permalink

    Hola:
    Me podria aclarar una duda? en el importe que dice el sepe de 491,40 euros/mes de renta que no hay que superar para pode seguir cobrando el subsidio para mayores de 55 años, es aparte de dos 426 euros mensuales que se cobra de subsidio? o hay que sumarlo a esa cantidad.

    Muchas gracias.

    Respuesta
  • el 12/01/2017 a las 17:53
    Permalink

    Hola que tal? Si me paso por poco del tope de carencia de rentas porque voy a cobrar una prestación social,mi madre que vive conmigo y cobra el Subsidio de mayores de 55 años,lo pierde o cobraría una parte proporcional?Gracias

    Respuesta
  • el 26/01/2017 a las 20:06
    Permalink

    Hola:A continuación expongo mi consulta.
    En Mayo de 2014 me concedieron un subsidio de 6 meses por haber agotado prestación contributiva de 24 meses. En Octubre del mismo año, o sea, 4 meses después me di de alta como autónoma. En Julio de 2016 paseé de nuevo al desempleo y me concedieron los 2 meses restantes del subsidio.
    Como en Enero de 2017 ya podía optar al subsidio de mayores de 55 años (tengo 57) porque el tope de rentas cambió, lo solicité y me ha venido denegado, porque según el SEPE, han pasado mas de 12 meses desde la fecha del hecho causante hasta que lo solicito.
    Y yo me pregunto, ¿que fecha se tiene en cuenta, la de cuando me conceden el subsidio en Mayo 2014, o por el contrario la de la reanudación en Julio 2016?
    Les comento, que cuando fui a mi oficina del SEPE a consultar, había discrepancia entre dos compañeros, ni ellos mismo lo tenían claro. Me dicen que ponga reclamación, pero me da que no va a servir para mucho.
    ¿Me podrían dar su opinión al respecto? Lo que está claro es que algo tendré que hacer. No estoy dispuesta a tirar 30 años cotizados por unas leyes tan injustas.

    Gracia. Saludos

    Respuesta
    • el 06/02/2017 a las 11:50
      Permalink

      Buenos días Pepi:

      Se puede considerar como fecha la correspondiente a 2016 ya que entre los requisitos está el haber finalizado un subsidio y este hecho se produce durante dicho año. Por tanto estarías dentro de plazo para solicitar el subsidio.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 29/01/2017 a las 11:52
    Permalink

    Buenos dias,tengo 58 años,fui autonomo en régimen especial agraRio tengo 34años cotizados,en febrero de 2010 cese en la actividad por problemas sanitarios de la ganaderia y consecuntemente inviabilidad economica¿tengo derecho a acceder a algun tipo de prestacion?pues el unico ingreso es el salario de mi hija con 365€mes inclyendo las pagas prorrateadas.somos tre persona.gracias

    Respuesta
    • el 06/02/2017 a las 11:55
      Permalink

      Buenos días Néstor:

      Si únicamente ha sido autónomo no hay prestación o subsidio al que tenga derecho. Puede informarse en su ayuntamiento o comunidad autónoma si tienen algún tipo de renta básica para ver si cumple con los requisitos.

      Un saludo.

      Respuesta
  • el 31/01/2017 a las 12:22
    Permalink

    Hola buenos días, mi pregunta es, porque estoy muy preocupada, estoy cobrando la ayuda mayor de 52 años desde Junio del 2010 y ahora me quiero casar en Septiembre y me han dicho que al casarme, me la quitan, porque mi futuro marido cobra 1200 euros al mes, no tenemos hijos menores y somos los dos solos.
    También me dicen que como yo la tengo concedida antes del 2013 que eso no me afecta…Por favor me puede sacar de dudas?
    Muchas gracias…Feliz día…

    Respuesta
  • el 20/02/2017 a las 18:49
    Permalink

    Buenas tardes, me llamo María Carmen, soy parada de larga duración con la ayuda de 426 € para mayores de 45 años y mi marido tiene la ayuda de 426 € de mayores de 55 años. Mi pregunta es saber si al obtener yo empleo le quitarían la ayuda a mi marido? Y si vuelvo al paro se la volverían a conceder? El año pasado vendimos la casa de mi madre que falleció recientemente. El ingreso en mi cuenta por la venta de la casa computa como ingreso para que nos quiten la ayuda a los dos? Muchas gracias por su respuesta.

    Respuesta
    • el 07/09/2017 a las 13:54
      Permalink

      Buenas tardes María:

      Que su marido siga cobrando el subsidio si usted obtiene un empleo dependerá de los ingresos que tenga a partir de ese momento. Si esa situación fuese temporal y luego volviera a cumplir los requisitos para solicitar el subsidio, lo podría hacer. La venta de la casa contaría como un ingreso puntual. Deberían de haberlo informado cuando se produjo por si les tuvieran que haber suspendido el subsidio durante un mes.

      Un saludo.

      Respuesta

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